Los jueces cambian sus normas para evitar que los abogados y la polic¨ªa puedan elegirles
Ni la polic¨ªa ni los abogados de Madrid pueden ya elegir a un determinado juez para que instruya un asunto. El ¨²nico hueco normativo que hab¨ªa para buscar al juez deseado -pidiendo al magistrado de guardia el registro urgente de un domicilio- ha sido abolido en una junta celebrada por los jueces de instrucci¨®n de Madrid (los que investigan delitos) el pasado febrero. Esta modificaci¨®n legal acaba de entrar en vigor porque la ha validado el Tribunal Superior de Justicia. Madrid se ajusta as¨ª a las normas de reparto que existen en Barcelona y Sevilla.
El juez de guardia de diligencias s¨®lo asumir¨¢ a partir de ahora los casos de muertes que se produzcan durante su guardia. Los dem¨¢s asuntos que le lleguen deber¨¢ remitirlos a la oficina de reparto del decanato, donde se repartir¨¢n entre los 46 juzgados de instrucci¨®n que existen en la plaza de Castilla. La norma de reparto ahora derogada permit¨ªa que la polic¨ªa, en su af¨¢n por alcanzar el ¨¦xito de sus operaciones, pudiese buscar al juez m¨¢s predispuestos para autorizar un registro.
A partir de ahora, las pesquisas sobre cualquier registro que solicite la polic¨ªa al juez de guardia, ser¨¢n repartidas, al contrario de lo que ha ocurrido desde 1992, cuando entr¨® en vigor la norma ya derogada.
En la junta de jueces que decidi¨® cambiar las normas de reparto, presidida por el juez decano, Fernando Fern¨¢ndez, s¨®lo participaron 24 de los 46 magistrados de instrucci¨®n de Madrid. La decisi¨®n fue v¨¢lida porque hubo qu¨®rum. Los 24 magistrados votaron unanimemente a favor del cambio normativo.
"La norma derogada efectivamente permit¨ªa a la polic¨ªa elegir a los jueces favorables a conceder registros. Bastaba con que los agentes esperasen a que un determinado magistrado estuviese de guardia de diligencias para solicitarle el registro urgente de un domicilio y de camino dejarle el caso en sus manos paar siempre", explic¨® una fuente judicial.
Tambi¨¦n facilitaba la misma triqui?uela a los abogados. El letrado pod¨ªa ir al juzgado deguardia con una querella y pedir, como medida cautelar urgente, la entrada y registro de una casa. Daba igual que el juez autorizase o no la entrada domiciliaria, al terminar la guardia el asunto se lo quedaba el luego y luego dirig¨ªa la posterior investigaci¨®n.
Poder Judicial
El Consejo General del Poder Judicial, ¨®rgano de gobierno de los jueces, inst¨® a los magistrados de Madrid a cambiar esta norma de reparto en una reuni¨®n que mantuvo su comisi¨®n permanente en mayo de 1998. Hizo esta sugerencia tras la investigaci¨®n que en esa fecha abri¨® la Fiscal¨ªa de Madrid contra un juez de instrucci¨®n que, estando de guardia, hab¨ªa asumido un asunto relacionado con el ex banquero Mario Conde. El letrado pidi¨® al juez que registrase una vivienda en busca de una documentaci¨®n que pod¨ªa favorecer la defensa del ex banquero. El magistrado rechaz¨® la petici¨®n y, bas¨¢ndose en las normas de reparto vigentes, se qued¨® el asunto e inici¨® la investigaci¨®n. El Tribunal Superior de Justicia dictamin¨® luego que el juez hab¨ªa actuado de acuerdo con las normas vigentes y le exculp¨® de responsabilidad.
La nueva normativa establece lo siguiente: "Cuando alg¨²n juzgado de instrucci¨®n de Madrid venga conociendo de un hecho a los que se refiera cualquier petici¨®n penal cautelar o de investigaci¨®n urgente, ser¨¢ ¨¦ste y no el juzgado de diligencias el competente para autorizarlo o denegarlo, salvo que la petici¨®n se formule en d¨ªas festivos o fuera de las horas de audiencia [entre las tres de la tarde y las nueve de la ma?ana del d¨ªa siguiente]. En ese caso, al finalizar el servicio de fuardia de diligencias se remitir¨¤n las actuaciones que al efecto haya incoado al ¨®rgano jurisdiccional competente". La norma a?ade: "Si de los hechos a los que se refiere la cuesti¨®n penal cautelar o de invstigaci¨®n urgente no conoce juzgado de instrucci¨®n alguno, ser¨¢ competente para autorizarla o denegarla el juzgado de diligencias, quien independientemete del resultado remitir¨¢ las diligencias incoadas al juzgado decano para su inmediato reparto".
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