Espa?a bloquea la nueva legislaci¨®n anti- 'overbooking' por un conflicto diplom¨¢tico
Las compa?¨ªas a¨¦reas admiten pagar hasta 830.000 pesetas por la demora de los vuelos
Espa?a mantiene bloqueada la reforma del reglamento que protege a los pasajeros frente al overbooking -el privilegio de las compa?¨ªas a¨¦reas de vender m¨¢s billetes que asientos- por su negativa a reconocer el aeropuerto de Gibraltar en este preacuerdo comunitario. Esta reforma es el primer paso de una profunda reestructuraci¨®n en favor de los derechos de los viajeros, iniciada la pasada semana por la Comisi¨®n de Transportes de la UE. Entre las nuevas medidas destaca la posibilidad de indemnizar con 830.000 pesetas a los pasajeros con demora en sus vuelos.
Las compa?¨ªas quieren seguir vendiendo m¨¢s billetes que plazas porque hay pasajeros que deciden no viajar y no cancelan la reserva, con el consiguiente perjuicio econ¨®mico. La Comisi¨®n de Transportes de la UE acepta esta pr¨¢ctica siempre que se informe al pasajero y se aumente la indemnizaci¨®n. El m¨¢ximo actual de 300 euros (49.800 pesetas) en trayectos superiores a los 3.500 kil¨®metros sube a 370 (61.400) a partir de los 3.000, m¨¢s la inflaci¨®n anual de cada pa¨ªs. Tambi¨¦n proh¨ªbe la obligatoriedad de reconfirmar el vuelo -treta utilizada por algunas compa?¨ªas para eludir las indemnizaciones- y exige que cuando queden plazas libres en las clases superiores ¨¦stas sean ocupadas por las v¨ªctimas de la sobresaturaci¨®n, aunque su billete sea de tarifa m¨ªnima.El nuevo reglamento, refrendado por los Quince, obliga tambi¨¦n a las compa?¨ªas a anunciar por megafon¨ªa el lugar al que deben dirigirse los usuarios para hacer valer sus derechos. Este aspecto ha sido especificado al detalle tras constatar los t¨¦cnicos de la UE que una mayor¨ªa abrumadora de pasajeros no reclama porque desconoce que tiene ese derecho y d¨®nde ejercerlo. Por esta misma raz¨®n se exige la colocaci¨®n de un gran panel en lugar visible que especifique el alojamiento, comida, llamadas tel¨¦fonicas, traslados y dinero que debe ser abonado a los pasajeros. Asimismo se alerta a los gobiernos de cada pa¨ªs comunitario a aplicar fuertes multas -"medidas disuasorias", dice el texto- para quienes incumplan los nuevos requisitos.
Esta reforma, que no afecta s¨®lo a los Quince sino a cualquier vuelo con destino o escala en territorio comunitario, se encuentra bloqueada ante la negativa de Espa?a a aceptar la menci¨®n expresa al aeropuerto de Gibraltar. Fuentes de la Oficina de Informaci¨®n Diplom¨¢tica (OID) aseguran que el Gobierno espa?ol no piensa "modificar un ¨¢pice" su postura y descargan la responsabilidad del bloqueo en el Reino Unido. "Cuando a los brit¨¢nicos les interesa sacar adelante una norma se apresuran a suprimir cualquier alusi¨®n a Gibraltar. Si ahora no lo hacen, ellos sabr¨¢n por qu¨¦", se?ala un portavoz de Exteriores.
Al margen de este conflicto diplom¨¢tico, la reforma sobre las condiciones del overbooking constituye el primer paso de un cambio global en el sector que, seg¨²n la comisaria de Transportes, Loyola de Palacio, pondr¨¢ fin a muchas situaciones de "total indefensi¨®n de los pasajeros", entre quienes se incluye. Dice que son "incalculables" las horas de espera consumidas en aeropuertos de todo el mundo, y muchas las molestias padecidas. Desde el extrav¨ªo del equipaje -apareci¨® en Delhi aunque su destino era Madrid-, que no le caus¨® gran transtorno porque, recuerda, "me cogi¨® de regreso a casa y gracias a Dios ten¨ªa mudas", hasta el d¨ªa en que fue v¨ªctima de overbooking en Mil¨¢n, en una escala entre China y Espa?a. En aquella ocasi¨®n la comisaria sac¨® su genio y acab¨® viajando acurrucada en el asiento plegable que utilizan las azafatas para despegar y aterrizar. Entonces era s¨®lo la ciudadana Loyola de Palacio, tan consciente como ahora de que el caos a¨¦reo est¨¢ colmando la paciencia de millones de pasajeros. Tal vez por ello le ha otorgado prioridad en la comisi¨®n que preside.
Los t¨¦cnicos comunitarios trabajan tambi¨¦n con un reciente documento de la OACI, el organismo internacional de la aviaci¨®n civil, firmado por 118 pa¨ªses en Montreal, sobre el que dise?an el futuro de los derechos de los pasajeros. ?stas son algunas de las novedades:
- RETRASOS. El art¨ªculo 19 reconoce que "el transportista es responsable del da?o ocasionado por retrasos en el transporte a¨¦reo de pasajeros, equipaje o cargo", salvo que "haya adoptado todas las medidas posibles". Sobre esta disposici¨®n de la OACI pesa una doble interpretaci¨®n. Las compa?¨ªas afirman que toda demora responde a "causas de fuerza mayor" no atribuibles a sus gestores. Las organizaciones de consumidores europeas y norteamericanas sostienen, en cambio, que muchos retrasos pueden evitarse con una planificaci¨®n adecuada. Por ejemplo, suprimiendo vuelos en casos de huelga, plantilla insuficiente o exceso de slots (movimientos de aterrizaje y despegue). O renunciando a amortizar un pasaje exiguo endos¨¢ndolo al vuelo siguiente. La OACI limita a 4.150 derechos especiales de giro -830.000 pesetas- la indemnizaci¨®n por pasajero. El retraso con derecho a pago, a¨²n en discusi¨®n, a partir de los 30 minutos.
- P?RDIDA DE EQUIPAJE. La compensaci¨®n econ¨®mica por maleta perdida asciende de las actuales 57.000 pesetas hasta 200.000.
- FALLECIMIENTO. Veinte millones por cada pasajero fallecido o gravemente lesionado si el accidente no es atribuible a la compa?¨ªa. En caso contrario, el l¨ªmite lo fijar¨¢n los tribunales de cada pa¨ªs. Algunas compa?¨ªas, entre ellas Iberia, aplican ya a t¨ªtulo voluntario esta norma en sus vuelos internacionales.
- RECLAMACIONES. EEUU, bajo presi¨®n de la poderosa Asociaci¨®n de Familiares de V¨ªctimas en Accidentes A¨¦reos, ha impuesto que las reclamaciones judiciales se tramiten en el pa¨ªs de origen del pasajero, independientemente del lugar donde se produzca el accidente. El resto de pa¨ªses se resisti¨® en un principio ante las multimillonarias sentencias tan habituales en la justicia norteamericana.
El billete del rev¨¦s
Las compa?¨ªas ¨²nicamente se comprometen a transportar al viajero a su destino sin contraer obligaciones de cu¨¢ndo, c¨®mo y en qu¨¦ medio. Es lo que se desprende de la lectura de los 13 art¨ªculos que figuran en el reverso de los billetes, uno de los cuales -el d¨¦cimo en los vuelos nacionales, noveno en los internacionales-, acapara las denuncias de usuarios, organizaciones de consumidores y partidos pol¨ªticos.Su texto dice: "El transportista se compromete a esforzarse todo lo posible para transportar al pasajero y equipaje con diligencia razonable. Las horas indicadas en los horarios o en cualquier otra parte no se garantizan ni forman parte de este contrato. En caso de necesidad y sin previo aviso, el transportista puede hacerse sustituir por otros transportistas, utilizar otros aviones y modificar o suprimir puntos de parada previstos en el billete. Los horarios est¨¢n sujetos a modificaci¨®n sin previo aviso. El transportista asume la responsabilidad de garantizar los enlaces".
Este art¨ªculo centr¨® el debate, el pasado d¨ªa 5, en el Pleno del Senado que aprob¨® por unanimidad instar al Gobierno a que agilice ante la UE una nueva redacci¨®n sobre los deberes de las compa?¨ªas y los derechos de los usuarios m¨¢s acorde con los tiempos que corren. "Leer ese art¨ªculo es como viajar a la prehistoria de la aviaci¨®n", dice el senador del Grupo Popular ?lvaro Someso, autor de la iniciativa parlamentaria.
El senador Someso recuerda que las condiciones del contrato del billete datan de 1929 y 1955, cuando Iberia a¨²n volaba con aviones de h¨¦lice. Hoy la flota de la compa?¨ªa de bandera espa?ola dispone de 214 naves, transportan 26,5 millones de pasajeros anuales y sus destinos sobrepasan el centenar. El contrato, sin embargo, apenas ha variado.
200 denuncias
Las organizaciones de consumidores OCU y OCUC han denunciado seis art¨ªculos de dicho contrato ante el tribunal 45 de Madrid. La demanda, ampliada a 200 pasajeros v¨ªctimas del caos a¨¦reo del pasado verano, acaba de ser admitida a tr¨¢mite. Y mientras el proceso judicial sigue su curso, el portavoz de la OCU, Jos¨¦ Mar¨ªa M¨²gica, propone un juego para dejar patente el anacronismo de la norma: volverla del rev¨¦s. Si las condiciones del transportista pasaran al pasajero el art¨ªculo 10 deber¨ªa quedar redactado de la siguiente manera: "El viajero se compromete a esforzarse todo lo posible para atender al pago del billete con diligencia razonable. El pago del importe total no forma parte de este contrato y el viajero se reserva el derecho de pagar cuando pueda si por razones de fuerza mayor no puede hacerlo de una sola vez. El pasajero se reserva el derecho de modificar la hora de su embarque, ya que la puntualidad no forma parte de este contrato. En este caso, la compa?¨ªa deber¨¢ disponer de los medios alternativos para cumplir estrictamente la hora de llegada".
M¨²gica es el primero en reconocer que resulta "grotesco". Pero eso es exactamente, dice, "lo que padecemos los consumidores desde hace d¨¦cadas".
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