El etarra Pakito, condenado a 109 a?os por el atentado a la Direcci¨®n de la Guardia Civil
Francisco Mujika Garmendia, Pakito, m¨¢ximo dirigente de ETA hasta su detenci¨®n en 1992, fue condenado ayer a 109 a?os de prisi¨®n por su participaci¨®n en el atentado contra la Direcci¨®n General de la Guardia Civil el 17 de mayo de 1987, en el que result¨® muerta una persona y heridas otras cuatro. ?sta es la segunda condena al ex jefe de ETA, que supera ya ampliamente los 30 a?os de c¨¢rcel, el m¨¢ximo periodo de cumplimiento de pena previsto en la legislaci¨®n espa?ola. La anterior sentencia le conden¨® a 12 a?os por delitos de estragos y lesiones y le absolv¨ªa de atentado.
Prueba de cargo
La Audiencia Nacional considera a Pakito inductor y cooperador necesario en un delito de asesinato consumado, cuatro asesinatos frustrados, estragos y utilizaci¨®n ileg¨ªtima de veh¨ªculo a motor, porque orden¨® la acci¨®n y proporcion¨® el coche bomba que luego colocaron los franceses Henri Parot y Jacques Esnal, integrantes del comando Argala o itinerante, que depend¨ªa directamente del jefe m¨¢ximo de ETA en cada momento. Seg¨²n la sentencia, Mujika, de 46 a?os, mantuvo en 1987 una reuni¨®n con Parot y Esnal, miembros del comando de franceses para que, entre otras acciones, colocasen una bomba en las proximidades de la Direcci¨®n General de la Guardia Civil.
Pakito hizo llegar a los miembros del comando en Madrid un autom¨®vil Opel Record, sustra¨ªdo en San Sebasti¨¢n. Los terroristas colocaron en su interior una bomba compuesta por una carga de entre 15 y 20 kilos de amonal, un kilo de explosivo multiplicador y un sistema de iniciaci¨®n mediante un temporizador mec¨¢nico.
Los etarras situaron el veh¨ªculo en la confluencia de las calles de San Francisco de Sales y General Ib¨¢?ez de Ibero, a unos 25 metros de la Direcci¨®n de la Guardia Civil. Sobre las 5.25 de la ma?ana del 17 de mayo de 1987, la bomba hizo explosi¨®n causando la muerte instant¨¢nea de Carmen Pascual, que se encontraba en el interior de un coche parado en un sem¨¢foro. Tambi¨¦n resultaron gravemente lesionados su hija, Mar¨ªa de los ?ngeles Ib¨¢?ez y su yerno, Luis Mar¨ªa Villarraso, que conduc¨ªa el veh¨ªculo, y otras personas.
Los magistrados han basado la nueva condena en la misma prueba de cargo en la que fundamentaron la primera: las declaraciones realizadas por el tambi¨¦n etarra y m¨¢ximo responsable del comando Argala o itinerante de ETA, Henri Parot ante el juez Carlos D¨ªvar, al que explic¨® que el responsable del grupo era Mujika Garmendia y que hab¨ªa citado en Francia a todos los miembros del comando para que realizasen las acciones de Madrid. Parot dijo entonces que ¨¦l y su compa?ero Jacques Esnal colocaron tres veh¨ªculos con artefactos explosivos en la Direcci¨®n General de la Guardia Civil, en el Cuartel General del Ej¨¦rcito y en el Cuartel General de la Armada. Tambi¨¦n en esa fecha reconoci¨® una fotograf¨ªa en la que identific¨® a Francisco Mujika Garmendia como la persona que dirig¨ªa el comando integrado por ciudadanos franceses.
El tribunal valora la retractaci¨®n de Parot en su declaraci¨®n durante el juicio, que contradice la prestada ante el juez D¨ªvar y llega a la conclusi¨®n de que cuando implicaba a su jefe dec¨ªa la verdad. La primera declaraci¨®n en la que se autoinculpaba y que fue realizada en presencia de la letrada de su confianza, Arantza Zulueta, el 7 de abril de 1990, es muy minuciosa y detallada y aporta datos que s¨®lo una persona que haya participado en la acci¨®n pudo conocer.
El tribunal considera tambi¨¦n un indicio importante, que corrobora la prueba de cargo de la declaraci¨®n de Parot, el hecho de que la documentaci¨®n hallada en el Opel Record utilizado en el atentado fue escrita en la misma m¨¢quina de escribir que documentos hallados a Parot cuando fue detenido en Sevilla.
El hecho de que Parot hubiera denunciado que declar¨® ante la Guardia Civil bajo torturas "a 13 a?os de las declaraciones no deja de ser una simple hip¨®tesis", seg¨²n el tribunal. ?ste se?ala que no hay dato objetivo alguno que permita aventurar esa circunstancia ya que incluso los datos m¨¦dico-forenses son contrarios. La Sala concluye que, en el juicio, Parot dio "una versi¨®n interesada y exculpatoria del acusado, que no refleja la realidad de lo acontecido, lo que s¨ª acaece con la narraci¨®n anterior ante el Juzgado Central n¨²mero 4".
Por ¨²ltimo el tribunal se?ala que los delitos de asesinato obedecen "al indudable ¨¢nimo o dolo de muerte que tuvo el acusado al ordenar y poner los medios necesarios para que los autores materiales llevasen a cabo los hechos, que pone de manifiesto la clase y cantidad del explosivo utilizado en el coche bomba, necesariamente letal para las personas que se encontrasen en su radio de acci¨®n".
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