Las principales reformas fiscales
En materia fiscal, el Gobierno ha aprobado un conjunto de reformas para este a?o. Entre las m¨¢s importantes, se hallan las siguientes:
- Impuestos especiales. Se mantienen los impuestos que gravan el consumo de tabaco, alcohol y combustibles en las mismas cuant¨ªas vigentes en 2000. El Gobierno renuncia a actualizarlos con la inflaci¨®n prevista (2%), lo que supone una disminuci¨®n real de estos impuestos.
- Impuesto sobre la renta. Tampoco se actualiza con la inflaci¨®n la tarifa del impuesto. En este caso, se trata de una elevaci¨®n del IRPF, ya que se gravan aumentos monetarios que no suponen mejora de la capacidad adquisitiva. Esto se notar¨¢ en la declaraci¨®n que presentar¨¢ en 2002, aunque se aplica en las retenciones desde enero de 2001, ya que ¨¦stas se rigen por la tarifa del impuesto. Tampoco se actualizan los m¨ªnimos familiares y personales, ni los correspondientes a las rentas del trabajo, lo que implica pagar m¨¢s por IRPF al no elevarse esas cuant¨ªas de acuerdo a la inflaci¨®n. Lo mismo pasa con los l¨ªmites para la deducci¨®n por vivienda. En el IRPF se modifica tambi¨¦n la cuant¨ªa m¨ªnima para no estar obligado a declarar (va de 1.250.000 pesetas a 1.300.000 para la primera renta si hay m¨¢s de un pagador y siempre que la segunda renta no supere las 100.000 pesetas).
- Planes de pensiones. El l¨ªmite de aportaci¨®n anual se fija en la menor de las siguientes cantidades: 1.200.000 (100.000 pesetas m¨¢s) o el 25% del rendimiento neto del trabajo (antes el 20%), es decir, de los ingresos una vez descontadas las retenciones y los pagos a la Seguridad Social. Para mayores de 52 a?os, el l¨ªmite de aportaci¨®n se eleva al 40% del rendimiento neto, y entre 52 y 65 se aumenta progresivamente de 1.200.000 hasta 2.500.000 pesetas. A favor del c¨®nyuge que no trabaja se pueden aportar 1.200.000 pesetas, de las que se podr¨¢n deducir 300.000 en el IRPF del trabajador.
- Plusval¨ªas. Se suaviza la fiscalidad de las plusval¨ªas; es decir, lo que hay que pagar por la diferencia entre el valor de compra y de venta de un bien (acciones, fondos de inversi¨®n, inmuebles). El tipo impositivo en el IRPF y en los dividendos pasa del 20% al 18% y el plazo se reduce a un a?o. La retenci¨®n baja tambi¨¦n del 20% al 18%.
- Pymes. El tipo reducido del Impuesto de Sociedades (el 30% en lugar del 35%) para los primeros 15 millones de beneficio se aplicar¨¢ en empresas con menos de 500 millones de cifra de negocios frente a los 250 de ahora. A las pyme que tributan en el r¨¦gimen de m¨®dulos se les ha eliminado la reducci¨®n (entre 7% y el 12%) en el rendimiento neto (el beneficio) que antes se pod¨ªan aplicar a la hora de calcular su IRPF.
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