Telef¨®nica deber¨¢ dar informaci¨®n de los n¨²meros de sus competidores
De acuerdo a una resoluci¨®n del pasado 28 de diciembre de 2000, Telef¨®nica 'debe proceder a la inclusi¨®n, en sus servicios de informaci¨®n, de los datos, debidamente actualizados, de los abonados de los restantes operadores de telefon¨ªa fija disponible al p¨²blico en las mismas condiciones en las que vine incorporando y actualizando los datos correspondientes a sus propios abonados'.
Aunque esta doctrina ya hab¨ªa sido fijada en anteriores resoluciones, la CMT da un paso m¨¢s al se?alar en su ¨²ltima decisi¨®n que Telef¨®nica tiene que realizar este servicio de manera gratuita, es decir, no puede exigir ninguna remuneraci¨®n en concepto de contraprestaci¨®n econ¨®mica al resto de operadoras.
Conflicto por el pago
En realidad, Telef¨®nica de Espa?a ya ven¨ªa incluyendo los datos de los abonados de algunos operadores en sus servicios de informaci¨®n, pero la ausencia de criterios relativos a los costes del servicio dejaba abierta la posibilidad de que les exigiera un pago por dicho servicio, cuyo importe pod¨ªa fijar unilateralmente la operadora dominante.
Seg¨²n la CMT, la consideraci¨®n de la inclusi¨®n de los datos de abonados como parte integrante del ¨¢mbito del servicio universal implica el car¨¢cter incondicionado y no sujeto a contraprestaci¨®n econ¨®mica alguna de dichas prestaciones.
Es m¨¢s. La resoluci¨®n estima que ni siquiera la existencia de un d¨¦ficit econ¨®mico para Telef¨®nica por la obligaci¨®n de incorporar los datos de los operadores competidores justifica la exigencia por parte del antiguo monopolio de una remuneraci¨®n por las prestaciones citadas.
Para el organismo regulador, ese d¨¦ficit y el resto que se derive de las prestaciones incluidas en el servicio universal s¨®lo puede compensarse a trav¨¦s del Fondo Nacional de Financiaci¨®n del propio servicio universal, que deben sufragar todos los operadores proporcionalmente a sus cuotas de mercado.
Ese fondo a¨²n no se ha puesto en pr¨¢ctica debido a que no se ha realizado el c¨¢lculo del coste del servicio universal, una de las principales exigencias de Telef¨®nica al Gobierno.
La resoluci¨®n de la CMT se produce en respuesta a una petici¨®n de la Asociaci¨®n de Empresas Operadoras y de Servicios de Telecomunicaciones (ASTEL), que hab¨ªa alertado sobre la imposici¨®n de un precio por parte de Telef¨®nica a las compa?¨ªas que quer¨ªan que los datos de sus abonados figuraran en las gu¨ªas o se ofreciera informaci¨®n mediante el servicio de consulta telef¨®nica a trav¨¦s del n¨²mero 1003.
El regulador tambi¨¦n recuerda a Telef¨®nica la obligaci¨®n de no discriminar a los abonados de las compa?¨ªas rivales y, en concreto, a actualizar sus datos en las mismas condiciones y con igual periodicidad con que lo hace a sus propios abonados.
Por otra parte, la CMT ha dictado otra resoluci¨®n prohibiendo a Avasa, concesionaria de la autopista vasco-aragonesa, que establezca y explote una red de telecomunicaciones sin tener previamente una licencia individual.
La empresa ya hab¨ªa sido expedientada por este tipo de pr¨¢ctica.
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