La obligaci¨®n de atender a los alumnos est¨¢ en el reglamento
El inspector jefe del Servicio de Extinci¨®n de Incendios de Madrid, Juan Redondo, afirma que no exige nada extraordinario a los bomberos cuando les pide que atiendan a las visitas escolares que se realizan a los parques en las ma?anas de los d¨ªas laborables. Seg¨²n asegura, es el propio reglamento del cuerpo el que, en su art¨ªculo 3, apartado 3, establece lo siguiente: 'El Departamento de Extinci¨®n de Incendios tiene como funciones, adem¨¢s de la lucha contra el fuego: (...) 3. Realizar, dentro de las posibilidades del servicio, campa?as de divulgaci¨®n sobre las materias de su competencia para un mayor conocimiento ciudadano de la normativa contra incendios y de las funciones y misiones del Cuerpo de Bomberos'. Sobre la base de lo anteriormente citado, Redondo mantiene que 'este reglamento obliga a atender a los escolares'.
'El conflicto entre la directiva de los bomberos y los sindicatos obedece a diferencias en los traslados del personal, as¨ª como a la necesidad de una revisi¨®n salarial, y a problemas cotidianos en las funciones que desarrollan los bomberos, muchos de los cuales efect¨²an tareas que exceden de sus competencias', argumenta por su parte Jos¨¦ Antonio Arquer, de CC OO.
Un comunicado de este sindicato informaba el pasado diciembre a los directivos de los bomberos que la asamblea hab¨ªa decidido 'no atender como obligaci¨®n las visitas' de los escolares. En este mismo comunicado se solicitaba la suspensi¨®n cautelar de la atenci¨®n a las visitas, 'a la espera de que, consensuadamente, se acuerde otra forma de atender esta divulgaci¨®n del servicio'.
Al mismo tiempo, el comunicado conclu¨ªa con una propuesta: 'Como ejemplo de soluci¨®n, sugiero el sistema que utiliza el servicio de Polic¨ªa Municipal, que cuenta con un equipo de profesionales que programadamente visitan a los escolares in situ'.
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