Prisiones
El pasado 12 de mayo, la Asociaci¨®n Pro Derechos Humanos reuni¨® en su sede de C¨®rdoba a personas de toda Andaluc¨ªa, familiares de presos y ex presos que quer¨ªan compartir sus vivencias e intercambiarse ayudas. As¨ª es: los ciudadanos que, por una u otra raz¨®n, han ingresado en prisi¨®n, necesitan ser auxiliados por otros, y esos otros suelen ser sus familiares y voluntarios que defienden el respeto por los derechos humanos.
?Auxiliados por qu¨¦? Auxiliados por la arbitrariedad con que funciona el sistema penitenciario, auxiliados por la falta de atenci¨®n jur¨ªdica, m¨¦dica, psicol¨®gica, asistencial, laboral y humana que padecen, auxiliados por el abuso de poder y por la situaci¨®n de inferioridad en la que han de permanecer en tanto sigan presos.
Alguien puede opinar que estas manifestaciones no se corresponden con la realidad. La respuesta por mi parte es contundente: no conoce a nadie que est¨¦ o haya estado en prisi¨®n. Los detenidos 'no entran por una puerta y salen por otra', y los presos no 'est¨¢n mejor que quieren en la c¨¢rcel'.
Los testimonios son escalofriantes: personas que sufren lesiones, que mueren por causas que nadie explica, que son objeto de registros y cacheos humillantes, que cumplen sanciones desmesuradas, que viven en prisi¨®n dentro de la propia c¨¢rcel mediante el r¨¦gimen de aislamiento, enfermos terminales que siguen presos, drogadictos que no reciben tratamiento, juzgados de vigilancia penitenciaria que no atienden adecuadamente la realidad carcelaria y que se comportan herm¨¦ticamente con los familiares, situaciones que no llegan a conocer los medios de comunicaci¨®n.
Hechos que no se producen en un sistema autoritario sino en un Estado social y democr¨¢tico de derecho, y que no est¨¢n siendo tratados por el ¨®rgano defensor de la legalidad vigente: el Ministerio Fiscal, ni despu¨¦s de ¨¦ste, por jueces y magistrados que, cuando se trata de personas presas, resuelven, si es que llegan a hacerlo, presumiendo la inverosimilitud de los hechos narrados por ¨¦stas.
Que nadie desconozca, ni se equivoque, ni olvide que el ¨²nico derecho fundamental del que est¨¢n privados los presos en Espa?a es del derecho a la libertad, y que siguen siendo titulares del derecho a la vida, a la dignidad, al honor, a la integridad, a la igualdad, a la intimidad, a la libertad de expresi¨®n, a la educaci¨®n, a la tutela judicial efectiva,...
Hace falta una reacci¨®n social ya, similar a la que se est¨¢ produciendo a favor de las v¨ªctimas de la violencia dom¨¦stica, de los derechos de los ni?os, de los derechos de los inmigrantes, puesto que si bien es verdad que estos no han delinquido, tambi¨¦n es verdad que la raz¨®n de ser de las penas privativas de libertad es conducir hacia la rehabilitaci¨®n y reinserci¨®n dentro de la sociedad, objetivo que no se puede alcanzar si se destruye f¨ªsica y ps¨ªquicamente al sujeto.
?Qu¨¦ diferencia existe entre la pena de muerte y esta realidad de las c¨¢rceles espa?olas? S¨®lo una diferencia cuantitativa en el tiempo en que el sujeto efectivamente pierde la vida. El condenado a muerte espera, en algunos casos mucho tiempo, hasta que finalmente pierde la vida; nuestros ciudadanos presos sufren, poco a poco, un deterioro f¨ªsico y ps¨ªquico que, a veces en menos tiempo, conduce a la aniquilaci¨®n de la persona. Dif¨ªcilmente alguien destruido puede volver a formar parte de la sociedad, ya no podr¨¢ reinsertarse. ?Cu¨¢l es entonces en la pr¨¢ctica la finalidad de las condenas? Si es la exclusi¨®n definitiva de estas personas de la vida social, mi enhorabuena a la administraci¨®n penitenciaria, el sistema funciona perfectamente. Ahora bien, si la finalidad es la que dicen nuestras leyes, las mismas en virtud de las cuales se ingresa en prisi¨®n, el fracaso es evidente y debe dar lugar a la dimisi¨®n inminente de los responsables, sin perjuicio de que deban responder frente al Estado social y democr¨¢tico de derecho que est¨¢n adulterando.
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