El Supremo aplica el nuevo criterio para reducir las condenas a peque?os traficantes de droga
Una sentencia rebaja de nueve a cinco a?os de c¨¢rcel la pena por 176 gramos de coca¨ªna pura
Una sentencia de la Sala Penal del Tribunal Supremo notificada ayer ha aplicado por primera vez el nuevo criterio jurisprudencial que eleva la cantidad de droga de 'notoria importancia' a efectos de atenuar la penalidad sobre el peque?o traficante, que hasta ahora ven¨ªa siendo castigado con un m¨ªnimo de nueve a?os de prisi¨®n en cuanto sobrepasaba ese l¨ªmite. La sentencia conocida ayer reduce de nueve a cinco a?os la pena impuesta a un traficante de Almer¨ªa al que se le ocuparon 176 gramos de coca¨ªna pura, sustancia que, a efectos de agravaci¨®n, ha pasado de los 120 a los 750 gramos.
La sentencia estima parcialmente el recurso de un camello al que se le ocup¨® un total de 295 gramos, con distintos grados de pureza, lo que representaba en total una cantidad aproximada de 176 gramos de coca¨ªna pura. La sentencia, dictada por una sala formada por cinco magistrados presidida por Jos¨¦ Antonio Mart¨ªn Pall¨ªn y de la que ha sido ponente C¨¢ndido Conde-Pumpido Tour¨®n, aplica el nuevo criterio jurisprudencial aprobado por el Pleno de la Sala Penal el pasado 19 de octubre. Conforme al mismo, 'debe considerarse como cantidad de notoria importancia, a efectos de aplicaci¨®n del subtipo agravado del art¨ªculo 369. 3. del C¨®digo Penal, la equivalente a 500 dosis del consumo diario estimado de un adicto medio'.
El Supremo parte de un informe del Instituto Nacional de Toxicolog¨ªa emitido a instancias de la Sala Penal el pasado 18 de octubre, que cifra el consumo diario de coca¨ªna para un adicto medio en 1,5 gramos, lo que representa un total de 750 gramos para las 500 dosis. En lo que se refiere a los otras drogas y estupefacientes, el informe se?ala que las 500 dosis equivalen 300 gramos para la hero¨ªna, 2,5 kilos para el hach¨ªs y 10 kilos para la marihuana. (Ver cuadro adjunto y lista completa en Internet, www.elpais.es).
La sentencia explica que la cifra de 500 dosis se obtiene en atenci¨®n a la cantidad de droga que permita abastecer 'un mercado importante (50 consumidores) durante un periodo relevante de tiempo (10 d¨ªas)'.
El nuevo criterio es fruto de 'un prolongado y meditado debate' desarrollado por la Sala Penal para 'atemperar el concepto normativo de notoria importancia a la realidad social y a las exigencias impuestas por los principios fundamentales de legalidad y proporcionalidad'.
Penas rigurosasSeg¨²n la sentencia, desde la promulgaci¨®n del nuevo C¨®digo Penal el marco punitivo es 'sensiblemente m¨¢s riguroso', por lo que 'un elemental criterio de proporcionalidad exige interpretar el l¨ªmite entre lo habitual y lo notoriamente importante, es decir, lo que excede notoriamente de los supuestos ordinarios.
El tipo penal b¨¢sico del art¨ªculo 368 del C¨®digo Penal castiga con penas de 3 a 9 a?os de prisi¨®n a los que cultiven, elaboren, trafiquen o posean drogas t¨®xicas y estupefacientes. Pero si la cantidad es de 'notoria importancia', se aplica el art¨ªculo 369.3, que agrava las penas de 9 a 13 a?os y medio de prisi¨®n. Al elevarse ahora la 'cantidad de notoria importancia', el peque?o traficante puede ser castigado con una pena de 3 a 9 a?os y no con el m¨ªnimo de 9 que antes se le impon¨ªa.
Explica el tribunal que si la 'notoria importancia' determina un incremento ciertamente notable de penalidad (un m¨ªnimo de 9 a?os de prisi¨®n para los casos de coca¨ªna, que son los m¨¢s frecuentes), la agravaci¨®n debe aplicarse exclusivamente a supuestos de verdadera y manifiesta importancia. 'En consecuencia', agrega, 'la doctrina jurisprudencial debe evolucionar'.
El Supremo apela tambi¨¦n a 'razones de efectividad', ya que con la imposici¨®n de la pena m¨ªnima de 9 a?os de prisi¨®n se distorsiona la efectividad de la respuesta penal, 'que es eficaz cuando es afinada y no cuando es indiscriminada'. 'La consecuencia inmediata es que se prima indirectamente el gran tr¨¢fico, pues la sanci¨®n ser¨¢ la misma por cinco kilos que por 500 gramos'.
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