Texto del acuerdo de la Sala Penal del Supremo
El acuerdo del pleno no jurisdiccional celebrado por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo el pasado 19 de octubre dice textualmente:
'1. La agravante espec¨ªfica de cantidad de notoria importancia de drogas t¨®xicas, estupefacientes o sustancias psicotr¨®picas, prevista en el n¨²mero 3? del art¨ªculo 369 del C¨®digo Penal, se determina a partir de las 500 dosis referidas al consumo diario que aparece actualizado en el Informe del Instituto Nacional de Toxicolog¨ªa de 18 de octubre de 2001.
2. Para la concreci¨®n de la agravante de notoria importancia se mantendr¨¢ el criterio seguido por esta Sala de tener exclusivamente en cuenta la sustancia base o t¨®xica, esto es, reducida a pureza, con la salvedad del hach¨ªs y de sus derivados.
3. No proceder¨¢ la revisi¨®n de las sentencias firmes, sin perjuicio de que se informen favorablemente las solicitudes del indulto para que las condenas se correspondan a lo que resulta del presente acuerdo.
4. Para facilitar la aplicaci¨®n de esta agravante espec¨ªfica, seg¨²n lo acordado, se acompa?a un cuadro -sobre la base del remitido por el Instituto Nacional de Toxicolo-g¨ªa- en el que se determinan las cantidades que resultan de las 500 dosis, atendiendo el consumo diario estimado, de acuerdo con el informe de dicho instituto.'
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