El Gobierno plantear¨¢ la ilegalizaci¨®n de Batasuna cuando se apruebe la nueva ley
El ministro de Justicia busca el apoyo de CiU y anuncia que la norma se aprobar¨¢ en oto?o
'El Gobierno intentar¨¢ que la nueva Ley de Partidos entre en vigor en el plazo m¨¢s breve posible y, a partir de ese momento, asumir¨¢ la responsabilidad que le otorga para iniciar el procedimiento de ilegalizaci¨®n del partido que la vulnere'. As¨ª de rotundo y claro se expres¨® ayer el titular de Justicia, ?ngel Acebes, tras el Consejo de Ministros, cuando se le pregunt¨® si el Gobierno iniciar¨¢ los tr¨¢mites de ilegalizaci¨®n de Batasuna, la formaci¨®n que apoya a ETA, en cuanto el Parlamento apruebe la nueva Ley de Partidos, cuyo primer borrador pactaron la v¨ªspera representantes del Ejecutivo y del PSOE.
El Consejo de Ministros remiti¨® ayer el anteproyecto de la Ley de Partidos al Consejo General del Poder Judicial y al Consejo de Estado para que se pronuncien sobre su contenido en un mes.
El ministro de Justicia y el PSOE aprovechar¨¢n ese mes de plazo para buscar apoyos al nuevo texto, que Acebes envi¨® ayer a CiU e Izquierda Unida (IU). Tanto el Gobierno como los socialistas conf¨ªan en un apoyo de CiU y en una posici¨®n, al menos no beligerante de IU. El PSOE constituir¨¢ una comisi¨®n de expertos juristas para 'pulir' el anteproyecto, cuyas l¨ªneas b¨¢sicas comparte.
El tr¨¢mite parlamentario de la Ley de Partidos se iniciar¨¢ en abril y, en previsi¨®n de alguna enmienda a la totalidad, el Ministerio de Justicia calcula que estar¨¢ aprobada en oto?o.
Si el Gobierno insta la ilegalizaci¨®n de Batasuna a partir de la aprobaci¨®n de la Ley de Partidos, la Sala Especial del Tribunal Supremo tendr¨¢ dos meses, esto es, para fin de a?o, para dictar sentencia. Si fuese favorable a la demanda del Gobierno, Batasuna no podr¨ªa concurrir a las pr¨®ximas elecciones municipales de mayo de 2003.
El ministro de Justicia precis¨® ayer que para decidir la ilegalizaci¨®n de un partido, la Sala Especial del Tribunal Supremo no se basar¨¢ en hechos aislados, dentro de la amplia casu¨ªstica de actos delictivos que propone sancionar el anteproyecto de ley, sino en una 'repetici¨®n y acumulaci¨®n de conductas' para lo que tendr¨¢ en cuenta 'todas las actuaciones que haya protagonizado en su trayectoria' la formaci¨®n pol¨ªtica.
'La ley no persigue ninguna ideolog¨ªa ni fines ni objetivos. Sanciona comportamientos', precis¨® Acebes. Tambi¨¦n aclar¨® el ministro que para evitar el fraude que supondr¨ªa refundar el partido ilegalizado con otro nombre, el anteproyecto faculta a la Sala Especial del Tribunal Supremo para impedir inmediatamente la constituci¨®n de una organizaci¨®n que sostenga id¨¦nticos objetivos y cuente con los mismos representantes. Tambi¨¦n prev¨¦ una modificaci¨®n de la Ley Electoral General que evite la sustituci¨®n de la organizaci¨®n ilegalizada por una agrupaci¨®n de electores.
El ministro de Justicia precis¨® que la ley permitir¨¢ la incautaci¨®n del patrimonio del partido ilegalizado, pero no de la parte cuyo propietario sea una persona f¨ªsica. En cuanto a los cargos electos del partido ilegalizado, podr¨¢n seguir en sus puestos institucionales siempre que no representen a la formaci¨®n disuelta y se incorporen al Grupo Mixto. En caso contrario, se?al¨® Acebes, 'podr¨ªan incurrir en responsabilidades penales'. Acebes eludi¨® entrar en el debate abierto sobre las consecuencias de la ilegalizaci¨®n de Batasuna. Se limit¨® a se?alar que el Gobierno apuesta por 'pol¨ªticas activas y ofensivas' contra ETA y su entorno y no se limita a 'pol¨ªticas defensivas', en alusi¨®n a las medidas legales de apoyo a los concejales amenazados. Tambi¨¦n ensalz¨® la posici¨®n receptiva y de consenso encontrada en el PSOE y en su secretario general, Jos¨¦ Luis Rodr¨ªguez Zapatero, que ayer reiter¨® su respaldo a las l¨ªneas b¨¢sicas del anteproyecto.
Dos meses para dictar sentencia
El Ministerio de Justicia estima en dos meses el plazo para que la Sala Especial del Tribunal Supremo dicte sentencia de ilegalizaci¨®n de un partido desde que se presente la declaraci¨®n de ilegalidad por el Gobierno, 50 diputados, 50 senadores o el Ministerio Fiscal. La acci¨®n se inicia con la presentaci¨®n de la demanda de ilegalizaci¨®n ante la Sala Especial del Tribunal Supremo a la que se adjuntar¨¢n los documentos que acrediten la concurrencia de motivos de ilegalidad. La Sala proceder¨¢ inmediatamente al emplazamiento del partido pol¨ªtico afectado para que pueda comparecer ante la misma en el plazo de ocho d¨ªas. Una vez comparecido o transcurrido el plazo sin haberla realizado, la Sala analizar¨¢ la admisi¨®n inicial de la demanda pudiendo inadmitir la misma si concurre alguna de estas causas: que se hubiera interpuesto por persona que no est¨¢ legitimada; que no se cumplan los requisitos para su admisi¨®n o que la demanda carezca de fundamento. La apreciaci¨®n de la concurrencia de alguna de las causas se pondr¨¢ de manifiesto a las partes para que puedan formular alegaciones sobre la misma en el plazo de diez d¨ªas. Una vez admitida la demanda se emplazar¨¢ al demandado, si hubiera comparecido, para la contestaci¨®n a la demanda por el plazo de veinte d¨ªas. A continuaci¨®n, se abre un periodo de prueba en el que las partes podr¨¢n formular alegaciones por el plazo de veinte d¨ªas, transcurridos los cuales, se hayan formalizado o no, el proceso quedar¨¢ concluso para sentencia en el plazo de otros veinte d¨ªas. La sentencia de la Sala Especial del Tribunal Supremo no ser¨¢ objeto de apelaci¨®n alguna, sin perjuicio del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, y ser¨¢ ejecutiva desde el momento de su notificaci¨®n.
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