El sector conservador del Poder Judicial impone su informe favorable a la Ley de Partidos del PP
Los vocales progresistas piden que s¨®lo denuncie el fiscal y decida la Sala Civil del Supremo
La Comisi¨®n de Estudios e Informes del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) concluy¨® ayer su reuni¨®n sin consensuar el informe sobre el anteproyecto de Ley de Partidos sobre el que el pr¨®ximo 15 de abril decidir¨¢ el pleno. El sector conservador impuso el apoyo a la iniciativa del Gobierno de que una Sala Especial del Supremo decida la disoluci¨®n de un partido, a instancias del Gobierno, 50 diputados, 50 senadores o el Ministerio Fiscal. El sector progresista mantuvo que s¨®lo pueda denunciar el Ministerio Fiscal y que decida la Sala Civil del Supremo.
El ponente Adolfo Prego, propuesto en su d¨ªa por el PP, con el apoyo de dos vocales del mismo sector conservador -Jos¨¦ Luis Requero y Enrique L¨®pez-, impuso ayer su propuesta de informe sobre el anteproyecto de la Ley de Partidos.
El otro ponente, Luis Aguiar, propuesto por el PSOE, logr¨®, con la colaboraci¨®n del vocal progresista Jos¨¦ Antonio Alonso, el acercamiento entre ambos informes a prop¨®sito, especialmente, de la redacci¨®n del art¨ªculo 8, cuya indeterminaci¨®n de conductas, plantea 'ciertas dudas acerca de la correcci¨®n constitucional del anteproyecto', en palabras de Aguiar, catedr¨¢tico de Derecho Constitucional.
Los pol¨ªticos denunciantes
La legitimaci¨®n para instar la disoluci¨®n de un partido, que el anteproyecto atribuye al Gobierno, 50 diputados, 50 senadores o el Ministerio Fiscal, resultar¨¢ apoyada en el pleno del CGPJ por el sector mayoritario, que valora esa opci¨®n 'positivamente, en la medida en que ello posibilita un control democr¨¢tico en la iniciativa judicial de la ilegalizaci¨®n de un partido'.
Por el contrario, el sector progresista cree 'de todo punto desaconsejable' esa opci¨®n, ya que, como razona Aguiar, 'conferir a quienes son los los rivales en el juego pol¨ªtico, tanto en el terreno electoral como en el parlamentario, un instrumento tan poderoso como la posibilidad de solicitar la ilegalizaci¨®n de un partido pol¨ªtico, introduce un elemento extremadamente perturbador en la leg¨ªtima competencia entre las distintas opciones pol¨ªticas en que descansa el pluralismo, que en el futuro puede abocar a situaciones insospechadas'.
Alonso a?adi¨® que el art¨ªculo 66 de la Constituci¨®n, que enumera las funciones de las Cortes Generales, no ampara que los parlamentarios denuncien a un partido.
Frente a que una Sala Especial del Supremo, prevista para otras funciones, decida la disoluci¨®n de un partido, el sector minoritario propone la Sala Civil del Supremo.
Tanto Aguiar como Alonso manifestaron la voluntad de ayudar al Parlamento a que elabore una ley democr¨¢tica, para lo que insistieron en la necesidad de que las conductas que pueden desencadenar la disoluci¨®n de un partido sean 'precisas y tajantes', sin lugar para t¨¦rminos como el apoyo 't¨¢cito' al terrorismo o la obtenci¨®n de 'beneficio pol¨ªtico' del mismo, muy dif¨ªciles de 'medir y probar'.
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