Las fronteras de la mutilaci¨®n
El C¨®digo Penal espa?ol, no hace menci¨®n expresa de la ablaci¨®n, pero su pr¨¢ctica se entiende como un delito de lesiones (art¨ªculo 149) y se castiga con penas que pueden llegar a 12 a?os de c¨¢rcel. Pero la mutilaci¨®n la consuman mayoritariamente los inmigrantes en sus pa¨ªses de origen y eluden el peso de la justicia espa?ola.
Ese obst¨¢culo traslad¨® la pol¨¦mica al Congreso en junio del a?o pasado, cuando se cerr¨® un acuerdo de todos los grupos pol¨ªticos para luchar contra esta pr¨¢ctica. El PSOE propuso en el Senado que el art¨ªculo 149 recogiera expresamente el delito de mutilaci¨®n genital femenina y que fuera perseguible dentro y fuera de nuestras fronteras. Despu¨¦s se pas¨® al Congreso, donde una comisi¨®n trabaja en ello. Los grupos pol¨ªticos pidieron al Gobierno que impidiera y persiguiera esta tortura y se propusieron tambi¨¦n medidas preventivas y campa?as de informaci¨®n que hicieran saber a los inmigrantes que comet¨ªan un delito. Se instaba asimismo a reforzar la protecci¨®n de las mujeres que huyeran de esta terrible imposici¨®n.
El Grupo Popular solicit¨® al Ejecutivo que interesara al Fiscal General del Estado para que dictara las instrucciones necesarias para perseguir esta conducta.
En paralelo, el ministro de Justicia, ?ngel Acebes, encarg¨® a una comisi¨®n de expertos juristas estudiar una posible modificaci¨®n del C¨®digo Penal. Esos trabajos, aseguran en el ministerio, han concluido.
Pero ah¨ª est¨¢ el caso de las cuatro hermanas de Sant Feli¨² de Gu¨ªxols, algo que podr¨ªa haberse evitado en Francia. En este pa¨ªs se dict¨® sentencia condenatoria contra dos matrimonios de inmigrantes originales de Mali por la mutilaci¨®n de sus hijas. Fueron penados a tres y dos a?os de c¨¢rcel aun sin la certeza sobre d¨®nde se hab¨ªa practicado la ablaci¨®n, si en Francia o en el pa¨ªs de los condenados, que se negaron a comprender una sentencia as¨ª apelando a la tradici¨®n.
El 19 de junio del a?o pasado el fiscal jefe de Catalu?a, Jos¨¦ Mar¨ªa Mena, anunci¨® que se perseguir¨ªan todos los casos de ablaci¨®n aunque se hubieran practicado en el extranjero, por entender que los efectos jur¨ªdicos de esta pr¨¢ctica comienzan a gestarse en Espa?a, aunque los padres trasladen a las ni?as a sus pa¨ªses para consumar el delito.
Hasta hoy.
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