De la Rosa, condenado a 20 meses de c¨¢rcel por falsedad y estafa
El Supremo eleva la pena impuesta por la Audiencia de Barcelona
El Tribunal Supremo elev¨® ayer de cuatro meses a un a?o y ocho meses de prisi¨®n la condena impuesta por la Audiencia de Barcelona al financiero Javier de la Rosa por delitos de falsedad documental y tentativa de estafa. De la Rosa no ingresar¨¢ por el momento en prisi¨®n, al ser la condena inferior a dos a?os y no tener antecedentes penales. La situaci¨®n cambiar¨ªa si fuera condenado en los juicios que tiene pendientes en la Audiencia Nacional.
La Audiencia de Barcelona, en una sentencia de mayo de 2000, consider¨® prescrito el delito de falsedad en documentos y s¨®lo conden¨® a De la Rosa a cuatro meses de c¨¢rcel por el intento de estafa. Sin embargo, considera que el delito de falsedad no ha prescrito, puesto que se trata de dos infracciones conexas (estafa y falsedad) 'ideadas y ejecutadas con un ¨²nico designio com¨²n, cuales son las falsedades documentales, cuya exclusiva finalidad es urdir el enga?o para la consecuente acci¨®n defraudatoria lucrativa'. Por tanto, seg¨²n el Supremo, el plazo de prescripci¨®n no puede comenzar hasta que el 'conjunto complejo delictivo se comete en su totalidad'; es decir, el Supremo alega que, como en este caso no hab¨ªa prescrito la estafa, tampoco puede haber prescrito la falsedad.
El Supremo considera tambi¨¦n que ambos delitos se encuentran en relaci¨®n de car¨¢cter instrumental -la falsedad es medio para cometer la estafa- y que el C¨®digo Penal de 1995 lo castigar¨ªa con una pena m¨ªnima de cuatro a?os, dos meses y un d¨ªa de prisi¨®n; por ello, al ser el C¨®digo Penal anterior m¨¢s favorable, se sancionan los dos delitos. El Supremo mantiene la pena de cuatro meses por la estafa intentada y fija la falsedad en un a?o y cuatro meses debido a la gravedad de los hechos.
De la Rosa deber¨¢ indemnizar a Kuwait Investment Authority (KIA) con la cantidad que se determine en ejecuci¨®n de sentencia por los perjuicios que se le causaron con motivo de los procedimientos civiles incoados con apoyo en documentos falsos.
De la Rosa era hasta mayo de 1992 vicepresidente del Grupo Torras, accionista mayoritario de Quail Espa?a, administrador solidario de Folma hasta 1992 y controlaba Mira a trav¨¦s de Quail. Los accionistas de Torras eran en 1991 dos sociedades holandesas controladas por KIO y otras sociedades controladas por De la Rosa.
El 18 de diciembre de 1990 se suscribieron dos acuerdos que, pese a referirse a un id¨¦ntico negocio, conten¨ªan datos y pactos diferentes y contradictorios. En esencia, se establec¨ªa el compromiso de compra por parte de Torras de las acciones de la sociedad que estaban en poder de las restantes sociedades. En julio de 1991 las sociedades se dirigieron a Torras para que formalizara la transmisi¨®n de las acciones. En marzo de 1993, siguiendo instrucciones de De la Rosa y Narciso de Mir, ya fallecido, se interpusieron demandas contra KIO recordando el compromiso de comprar las acciones que Folma y Mira ten¨ªan del Grupo Torras. El documento que aparentaba el contrato de KIO con Folma y Mira era falso, y el 10 de julio de 1996 KIA se querell¨® contra De la Rosa por estafa y falsedad.
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