El Constitucional rechaza los recursos de los condenados en el 'caso Lasa-Zabala'
Siete magistrados negaron el amparo al ex general Galindo y cinco lo defendieron
El pleno del Constitucional desestim¨® ayer, por siete votos frente a cinco, el recurso de amparo interpuesto por el ex general Enrique Rodr¨ªguez Galindo y los otros cuatro condenados por el Supremo -a penas de entre 75 y 71 a?os de c¨¢rcel- como autores del secuestro y asesinato en 1983 de los supuestos etarras Jos¨¦ Antonio Lasa y Jos¨¦ Ignacio Zabala. Aunque no se ha notificado la sentencia ni el voto particular del presidente, Manuel Jim¨¦nez de Parga, y de otros cuatro magistrados, el punto clave es si las personas que mataron a los presuntos etarras fueron los mismos que los secuestraron.
Fuentes del Tribunal Constitucional informaron de que los ponentes Tom¨¢s S. Vives y Eugenio Gay rehac¨ªan en la tarde de ayer el texto de la sentencia definitiva para introducir algunos matices tras la deliberaci¨®n, concluida a mediod¨ªa, sobre los recursos de amparo de los condenados por el caso Lasa y Zabala contra la sentencia del Supremo, que elev¨® en cuatro a?os de c¨¢rcel a cada uno la inicial condena impuesta por la Audiencia Nacional.
Los recurrentes son el ex general Rodr¨ªguez Galindo, condenado a 75 a¨®s de c¨¢rcel; el ex gobernador civil de Guipuzcoa Julen Elgorriaga, condenado tambi¨¦n a 75 a?os de prisi¨®n; el comandante de la Guardia Civil ?ngel Vaquero, condenado a 73 a?os de c¨¢rcel, y el ex sargento Enrique Dorado Villalobos y el ex cabo del mismo cuerpor armado Felipe Bayo Leal, condenados a 71 a?os y ocho meses de c¨¢rcel cada uno de ellos.
Los hechos por los que los ahora recurrentes de amparo fueron condenados se remontan a 1983 y consistieron, seg¨²n declar¨® probado la Audiencia Nacional, en la detenci¨®n ilegal de Lasa y Zabala, su traslado a un local de San Sebasti¨¢n denominado La Cumbre y la desaparici¨®n de ambas v¨ªctimas hasta que, en 1995, fueron encontrados los cad¨¢veres en Busot (Alicante). Relacionados los cad¨¢veres con los j¨®venes desaparecidos 12 a?os antes, finalmente se comprob¨® que coincid¨ªan.
Prueba indirecta
La sentencia de la Sala Penal del Supremo, de la que fue ponente el magistrado Joaqu¨ªn Gim¨¦nez, tras estimar suficientemente probada la detenci¨®n ilegal y el interrogatorio al que fueron sometidos los dos j¨®venes en La Cumbre, admite que no existe 'prueba directa' de la participaci¨®n de los acusados en el asesinato de los dos secuestrados o detenidos ilegalmente.
El razonamiento del Supremo, que se ha convertido en punto clave de los recursos de amparo desestimados, es el siguiente: 'La muerte de las personas que se encuentran bajo el dominio de quien, vulnerando toda la legalidad, las detuvo, no constando su puesta en libertad, no dando ninguna explicaci¨®n, y negando incluso el hecho de la detenci¨®n, acreditado por prueba directa, constituye, en opini¨®n de la Sala, un fort¨ªsimo indicio de que dicha muerte le es imputable a t¨ªtulo de autor a aquelos que probadamente practicaron la detenci¨®n'.
La sentencia del Constitucional que avalan siete de los 12 magistrados que lo componen, considera, seg¨²n fuentes del Tribunal, que esa prueba por indicios, desde la probada detenci¨®n ilegal, es suficiente para condenar por asesinato y recuerda que igual criterio aplic¨® a los recursos de amparo presentados por los polic¨ªas condenados por la desaparici¨®n de Santiago Corella, El Nani, tras permanecer en dependencias policiales en noviembre de 1983, el mismo a?o del secuestro de Lasa y Zabala.
Tambi¨¦n avala esa condena, seg¨²n las mismas fuentes, una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de mayo de 2001, que en una sentencia condenatoria de Turqu¨ªa, dio por muertos a 11 ciudadanos turcos desaparecidos.
En cuanto a la alegada vulneraci¨®n por parte del Supremo, de la presunci¨®n de inocencia, por haber dado validez a la declaraci¨®n de un coimputado, Felipe Bayo, para condenar a los dem¨¢s acusados, la sentencia recoge que tal declaraci¨®n se someti¨® en el juicio oral a la contradicci¨®n de las partes, que tuvieron ocasi¨®n de examinarala y discutirla.
En cuanto a los votos particulares -que suscribe el presidente Jim¨¦nez de Parga y los magistrados Roberto Garc¨ªa-Calvo, Vicente Conde Mart¨ªn de Hijas, Guillermo S¨¢nchez y Fernando Garrido Falla, ¨¦ste ¨²ltimo desde su domicilio, donde se encuentra enfermo-, las mismas fuentes informaron que negar¨¢n validez a la prueba de indicios para condenar por asesinato. En cambio, estimaron poco probable que avalen que la declaraci¨®n del coimputado Bayo atente contra el derecho de defensa.
El pleno del Tribunal Constitucional, antes de votar sobre los recursos de amparo de los condenados por el caso Lasa y Zabala, desestim¨® los recursos de s¨²plica interpuestos por los abogados de los condenados contra la resoluci¨®n que rechaz¨® la recusaci¨®n del ponente Tom¨¢s S. Vives, por su amistad con el instructor del caso, el entonces juez Javier G¨®mez de Lia?o. La recusaci¨®n de Vives qued¨®, as¨ª, definitivamente rechazada.
Recurso a Estrasburgo
El ex general Rodr¨ªguez Galindo demandar¨¢ al Estado espa?ol ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, dependiente del Consejo de Europa y con sede en Estrasburgo, seg¨²n fuentes de su defensa.
La futura demanda, seg¨²n tales fuentes, invocar¨¢ el art¨ªculo 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que declara que 'toda persona tiene derecho a que su causa sea o¨ªda (...) por un tribunal independiente e imparcial', as¨ª como que 'toda persona acusada de una infracci¨®n se presume inocente hasta que su culpabilidad haya sido legalmente declarada'.
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