El Gobierno da marcha atr¨¢s en el 'decretazo', salvo en el subsidio agrario
M¨¦ndez y Fidalgo mantendr¨¢n su discrepancia hasta que se vuelva al subsidio agrario de 2001
El Gobierno, a trav¨¦s del Grupo Popular, introdujo ayer cambios sustanciales en el decretazo. Las 24 enmiendas aceptadas por el PP recogen siete de las ocho modificaciones exigidas por los sindicatos. Las centrales consideraron ayer que se trata de 'una restituci¨®n de derechos', con una excepci¨®n, las restricciones al subsidio agrario, que el Gobierno quiere mantener. El ministro de Trabajo, Eduardo Zaplana, cumple as¨ª su compromiso de la semana pasada y abre una v¨ªa para solucionar el conflicto con CC OO y UGT que el Ejecutivo arrastra desde la huelga general del 20 de junio.
El PP present¨® ayer 30 folios con enmiendas al decretazo, que contar¨¢n seguramente con el apoyo de CiU y Coalici¨®n Canaria. Se trata de un hecho ins¨®lito. Los decretos-ley enviados hasta ahora por el Ejecutivo al Parlamento para tramitarlos como leyes han sufrido s¨®lo leves retoques. En esta ocasi¨®n, el Gobierno acepta 24 modificaciones sustanciales que el ministro Zaplana explic¨® ayer a los l¨ªderes de CC OO y UGT, Jos¨¦ Mar¨ªa Fidalgo y C¨¢ndido M¨¦ndez.
Los cambios restituyen el derecho al salario de tramitaci¨®n (que se devengar¨¢ mientras la justicia falla si el despido es improcedente), as¨ª como la protecci¨®n al desempleo para los trabajadores fijos discontinuos, y suaviza las condiciones para que los parados se vean obligados a aceptar ofertas de empleo del Inem.
Fidalgo y M¨¦ndez reconocieron sin rodeos que se trata de 'modificaciones sustanciales, no meramente cosm¨¦ticas', y de 'una reconsideraci¨®n importante que hace el PP' de los efectos de la reforma del desempleo, detonante de la huelga general del 20-J. Con una salvedad. Las enmiendas no afectan a la desaparici¨®n paulatina del subsidio agrario de los jornaleros andaluces y extreme?os. Esa excepci¨®n es la que, a juicio de los sindicatos, 'impide que se cierre el conflicto abierto con el Gobierno'.
Zaplana asegur¨®: 'Si no hemos ido m¨¢s all¨¢ es porque no podemos', y se remiti¨® a las enmiendas introducidas por el Grupo Popular el pasado 16 de septiembre, que consisten en reforzar las pol¨ªticas activas y de formaci¨®n para que los jornaleros puedan buscar empleo en otras actividades.
M¨¦ndez y Fidalgo precisaron que si no se restituyen los derechos a los trabajadores del campo, los sindicatos mantendr¨¢n 'las discrepancias'. Reclaman que el desempleo agrario 'vuelva a quedar como lo dej¨® Javier Arenas' en su etapa en Trabajo. Y que los jornaleros que opten por pasar al desempleo contributivo tengan los mismos requisitos que los trabajadores del r¨¦gimen general.
Pese a esa discrepancia, Zaplana cree que ayer se abri¨® 'una etapa nueva', ante la que no pudo ocultar su satisfacci¨®n. De hecho, tiene otra cita con Fidalgo y M¨¦ndez el pr¨®ximo lunes para abordar la elevada siniestralidad laboral. Para explicar por qu¨¦ se cambia ahora el decretazo, y no antes de la huelga general, Zaplana argument¨®: 'Los momentos en la vida son distintos. En aquella etapa pudo haber alg¨²n fallo por parte del Gobierno, pero tambi¨¦n la posici¨®n de los sindicatos era distinta'. Luego matiz¨® que su opini¨®n no supone reconocer un error del Ejecutivo, pero s¨ª que 'el acaloramiento del debate de entonces no es el que nos acompa?a ahora'. El ministro expuso a los l¨ªderes sindicales las siguientes modificaciones:
- Fijos discontinuos. Los trabajadores de sectores de temporada, como hosteler¨ªa o ense?anza, recuperan el desempleo para los periodos de inactividad, que hab¨ªan perdido con el decretazo.
- Oferta adecuada. Tal como propuso CiU, los trabajadores que vayan al paro tendr¨¢n un periodo de 100 d¨ªas para buscar libremente un empleo, plazo en el que el 80% consigue por s¨ª mismo un nuevo puesto de trabajo. Es a partir de ese momento cuando deben firmar el compromiso de actividad con el Inem (por el que deber¨¢n aceptar una oferta de trabajo 'adecuada'), y el organismo debe tener en cuenta la existencia de transporte p¨²blico y que el car¨¢cter del contrato y su duraci¨®n guarden relaci¨®n con el ¨²ltimo empleo del afectado.
- Salarios de tramitaci¨®n. Tras un despido que el trabajador presume improcedente, si el empresario deposita la indemnizaci¨®n en el juzgado en 48 horas, a la espera de sentencia, queda cerrado el contencioso. Si prefiere hacer ese dep¨®sito en el acto de conciliaci¨®n (que se celebra unos 20 d¨ªas despu¨¦s) pagar¨¢ salario de tramitaci¨®n durante ese periodo. Si el empresario opta por ir a juicio y se resuelve que el despido es improcedente, pagar¨¢ salario de tramitaci¨®n durante todo el tiempo transcurrido, aunque sea m¨¢s de dos meses. Antes del decretazo, tras los dos primeros meses pagaba la Administraci¨®n, al considerarse el plazo imputable a la lentitud de la justicia.
- Compatibilidad de rentas. La indemnizaci¨®n por despido no es incompatible con el derecho al subsidio de paro, salvo la cantidad que exceda del m¨ªnimo legal.
- Vacaciones no disfrutadas. Cuando acaba un contrato, el empresario debe remunerar al trabajador por las vacaciones pendientes y abonar cotizaciones para la pensi¨®n y el desempleo por ese tiempo.
- Aut¨®nomos y minusv¨¢lidos. Los trabajadores que quieran montar un negocio pueden cobrar el desempleo de una sola vez y tendr¨¢n una rebaja de cuotas por su primer contratado fijo. La sustituci¨®n de un trabajador de baja por un minusv¨¢lido tendr¨¢ coste cero en cotizaciones a la Seguridad Social.
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