Catedr¨¢ticos de Derecho Penal califican la reforma del C¨®digo como un "brindis al sol"
Los juristas critican que se endurezcan las penas s¨®lo para tranquilizar a la sociedad
La reforma penal y penitenciaria que proyecta el Gobierno ha sido calificada como "un brindis al sol" por expertos penalistas consultados por este peri¨®dico, que coinciden en que se trata de elevar fuertemente las penas para tranquilizar a una opini¨®n p¨²blica muy sensibilizada por la inseguridad ciudadana, al precio de pr¨¢cticamente abandonar el ideal rehabilitador, recortar los beneficios penitenciarios y alargar unas penas hasta la frontera de la degradaci¨®n y la muerte civil de la persona. Los pron¨®sticos abundan en que se producir¨¢ un aumento imparable, y conflictivo, de la poblaci¨®n reclusa.
Gonzalo Quintero Olivares, catedr¨¢tico de Baleares: "El conjunto de la reforma es un brindis al sol que no resuelve grandes cosas. Junto al endurecimiento generalizado de las penas y la ampliaci¨®n de la prisi¨®n provisional se introducen o reforman una catarata de delitos que abarcan desde el tel¨¦fono m¨®vil al cl¨ªtoris. La reforma no tiene un tratamiento compacto; consiste en un picoteo escandaloso, cuyo ¨²nico com¨²n denominador se encuentra en la hemeroteca, en dar respuesta a los casos que han sorprendido a la opini¨®n p¨²blica en el ¨²ltimo a?o. El C¨®digo vigente ha sido totalmente endurecido, pero la reforma da una imagen de tener una fe absolutamente ingenua en la institucionalizaci¨®n de las normas, porque elevar una pena de tres a cuatro a?os no cambia el amueblamiento mental de un delincuente".
Carlos Garc¨ªa Vald¨¦s, catedr¨¢tico de Alcal¨¢ de Henares: "Lo que se ha aprobado en Consejo de Ministros son dos reformas distintas. Una, la que hizo la Comisi¨®n de reforma del C¨®digo Penal, a la que yo pertenec¨ª, y que apoy¨® suprimir la pena de arresto de fin se semana, tipific¨® la violencia familiar como delito y agrav¨® las penas por pornograf¨ªa infantil y con la que m¨¢s o menos me identifico. Todo lo dem¨¢s es nuevo y esa reforma de acompa?amiento no entra en la comisi¨®n y no se discute, porque ni lo propone el Gobierno. Me refiero a subir a 40 a?os el m¨¢ximo de penas, que es m¨¢s preocupante no por la cifra en s¨ª, sino por la supresi¨®n de los beneficios penitenciarios, que yo no habr¨ªa aceptado desde un punto de vista cient¨ªfico".
Desde el punto de vista de la eficacia, Garc¨ªa Vald¨¦s cree que la reforma va a ser eficaz, "lo mismo para la prisi¨®n provisional que para la expulsi¨®n de extranjeros que hayan cometido delitos penados con hasta seis a?os de c¨¢rcel".
Borja Mapelli Caffarena, catedr¨¢tico de Sevilla: "Las proyectadas reformas del C¨®digo Penal dejan la gravedad de las penas m¨¢ximas al borde de la pena de muerte. Asegurar que determinados condenados pasen un tiempo de encierro de 40 a?os equivale a la muerte civil de una persona. Las convenciones internacionales consideran inhumano y degradante para la persona cualquier estancia en una prisi¨®n por un tiempo superior a los 15 a?os. Lejos de disuadir, las penas de tan larga duraci¨®n como las que se proponen han demostrado una considerable fuerza crimin¨®gena, de manera que el delincuente consciente de esa amenaza inexorable preferir¨¢ seguir cometiendo delitos con la esperanza de eludir ser descubierto. A partir de cierta intensidad punitiva y de ciertos modos de ejecuci¨®n abiertos el efecto de disuasi¨®n se vuelve negativo.
"Ni siquiera son aceptables los ¨²ltimos retoques paliativos pactados por el Gobierno y el PSOE, que tratan de soslayar un posible recurso de inconstitucionalidad. En todo caso, por tratarse de beneficios asociados a la prevenci¨®n especial o resocializaci¨®n, cualquier intento de convertirlos en instrumentos policiales de la lucha contra el terrorismo no deja de ser una perversi¨®n del sistema".
Guillermo Portilla, catedr¨¢tico de Ja¨¦n: "Los recientes anteproyectos de reforma del C¨®digo Penal y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal publicados por el Gobierno responden a la construcci¨®n de un Estado penal de control social - pol¨ªtica de tolerancia cero- que reprime con dureza a los sectores no productivos de la sociedad.
El origen de estas modificaciones legales -algunas de las cuales son meramente simb¨®licas- reside en la quiebra del pacto social, la desaparici¨®n del Estado asistencial y la flexibilizaci¨®n del mercado laboral.
Es esta crisis econ¨®mica la que motiva la aparici¨®n de las pol¨ªticas de seguridad con la ret¨®rica moralista de la defensa de la seguridad ciudadana y el orden p¨²blico. La consecuencia de tales medidas no es s¨®lo el abandono del ideal rehabilitador y la adopci¨®n de la prisi¨®n como instrumento que contribuye exclusivamente a la desaparici¨®n de los ya invisibles, de los que no participan en los procesos de producci¨®n, sino, adem¨¢s, el aumento progresivo e imparable de la poblaci¨®n carcelaria, que engendrar¨¢ conflictos insuperables para el sistema.
Tampoco me parece acertado vincular los beneficios penitenciarios con el arrepentimiento moral, como si se tratara de expiaci¨®n del pecado, en lugar de criterios objetivos de reinserci¨®n social".
"Retroceso al inicio del siglo XIX"
Los beneficios penitenciarios existen desde la Ordenanza de Presidios del Reino de 1834, antes de la ley de Indulto, que es de 1870, y fueron el mecanismo para evitar que nadie "se pudra en prisi¨®n", recuerda Carlos Garc¨ªa Vald¨¦s. Y a?ade: "Suprimir esa esperanza supondr¨ªa un retroceso al inicio del siglo XIX que va en contra de nuestro esp¨ªritu penitenciario, de la Constituci¨®n y de nuestra ley penitenciaria. Se puede elevar la pena m¨¢xima a la cifra de a?os que se desee, pero no se puede decir que se van a cumplir sin remisi¨®n"."Se puede discutir m¨¢s o menos sobre la pena, pero no suprimir toda esperanza o hacerla imposible en la pr¨¢ctica", afirma Garc¨ªa Vald¨¦s, disgustado con el resultado en que la proyectada reforma penal deja los beneficios que ¨¦l plasm¨® en la Ley General Penitenciaria. "A diferencia de otras Constituciones, la espa?ola contiene la declaraci¨®n de que la pena est¨¢ orientada a la reinserci¨®n, por lo que si se prescinde de la reinserci¨®n, o se restringe extraordinariamente, esa reforma plantea serias dudas de constitucionalidad", dice Garc¨ªa Vald¨¦s, a la vista de los retoques pactados por el Gobierno con el PSOE.Gonzalo Quintero Olivares sostiene que en el momento de decretar la prisi¨®n provisional, el juez debe fijar su extensi¨®n, es decir, "por cu¨¢nto tiempo" se acuerda, en vez de fijarla, como establece la reforma, "por no m¨¢s de un a?o, o de a?o y medio". Seg¨²n el catedr¨¢tico de Baleares, la prisi¨®n provisional "debe tener al menos las mismas garant¨ªas en cuanto a su duraci¨®n que la prisi¨®n definitiva".El catedr¨¢tico y director del Instituto de Criminolog¨ªa de Sevilla, Borja Mapelli, ironiza sobre la oportunidad de hacer depender la obtenci¨®n de beneficios penitenciarios de tener saldadas las deudas contra¨ªdas por la responsabilidad civil derivada del delito.Razona as¨ª: "Se ha querido evitar que, en el futuro, condenados como Rold¨¢n puedan ser beneficiarios sin haber devuelto las ganancias del delito. Pero la reforma propuesta adolece de un grave defecto t¨¦cnico que probablemente la har¨¢ inservible en muchos casos: en la nueva regulaci¨®n se menciona exclusivamente como condici¨®n haber saldado la responsabilidad civil, pero no el decomisado de las ganancias".Para el catedr¨¢tico de Ja¨¦n Guillermo Portilla, la reforma se basa esencialmente en "una elevaci¨®n desproporcionada de las sanciones, la ampliaci¨®n de la excepcional medida de la prisi¨®n preventiva y la aplicaci¨®n autom¨¢tica e inconstitucional de la agravante de reincidencia". "Tolerancia cero".
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