Tres a?os de c¨¢rcel para 'los Albertos'
El Supremo condena a Cortina y Alcocer por falsedad y estafa en la venta de los solares de las torres KIO
La Sala Penal del Tribunal Supremo notific¨® ayer la sentencia que condena a Alberto Cortina y Alberto Alcocer, los Albertos, a tres a?os y cuatro meses de prisi¨®n a cada uno, por delitos de falsedad y estafa agravada en el denominado caso Urbanor relativo a la venta de los solares de las Torres KIO en la Plaza de Castilla de Madrid. El tribunal les condena a un a?o de prisi¨®n y 6.000 euros de multa por delito de falsedad en documento mercantil y a dos a?os y cuatro meses de prisi¨®n por delito de estafa en su modalidad de especial gravedad, dada la "alt¨ªsima y descomunal" cantidad defraudada, unos 24,5 millones de euros (m¨¢s de 4.085 millones de pesetas).
La sentencia fue notificada a la una de la tarde de ayer y cuatro horas despu¨¦s los Albertos presentaban su dimisi¨®n como presidentes del Banco Zaragozano, que eligi¨® como sustituto al consejero delegado, Felipe Echevarr¨ªa Herrer¨ªas. El Banco Zaragozano cerr¨® la jornada de con una ca¨ªda del 0,78%, aunque tras conocerse la condena los t¨ªtulos de la entidad llegaron a desplomarse hasta los 9,20 euros, lo que supuso una ca¨ªda del 7,58%.
Prescripci¨®n
La Sala Penal del Supremo acept¨® los hechos consignados en la sentencia de la Secci¨®n S¨¦ptima Penal de la Audiencia de Madrid, que absolvi¨® a los primos por considerar prescritos los delitos de falsedad y estafa que hab¨ªan cometido. El Supremo ha considerado ahora que dichos delitos no hab¨ªan prescrito, seg¨²n una corriente interpretativa "sostenida en los ¨²ltimos a?os" y que "aparece bastante consolidada" por la Sala Penal.
El fallo judicial declara responsables civiles directos a Alberto Cortina y Alberto Alcocer, que responder¨¢n solidariamente y por mitad de las indemnizaciones declaradas en la sentencia de instancia a los perjudicados por la venta del solar de las torres KIO. Las indemnizaciones alcanzan los 24,5 millones de euros m¨¢s los intereses legales desde la fecha de presentaci¨®n de la querella (6 de enero de 1993), incrementados en dos puntos desde ayer, fecha de la sentencia del Supremo. Subsidiariamente han sido declaradas responsables civiles las entidades Construcciones y Contratas (ahora FCC, controlada por Esther Koplowitz y Vivendi) y Corporaci¨®n Financiera Hisp¨¢nica, en nombre de las cuales se llevaron a cabo las negociaciones con KIO.
Miguel Bajo, catedr¨¢tico de Derecho Penal y abogado de Construcciones San Mart¨ªn, una de las principales v¨ªctimas de la estafa, estim¨® que los intereses devengados alcanzar¨¢n una cuant¨ªa muy similar a la deuda principal que los Albertos tendr¨¢n que pagar alrededor de los 49 millones de euros.
Bajo sostiene que, tras la sentencia de la Audiencia de Madrid, "el Banco de Espa?a debi¨® de eliminar a estos personajes del mundo econ¨®mico-financiero". Y a?adi¨®: "Estamos muy satisfechos de que despu¨¦s de tantos a?os hayamos logrado conseguir que les condenen", informa Jos¨¦ Antonio Hern¨¢ndez.
Fuentes de la defensa, sin embargo, dijeron que ambos financieros tienen depositado un aval de 30 millones de euros desde la misma fecha de apertura del juicio oral, lo que al menos cubrir¨¢ el principal de las indemnizaciones y parte de los intereses. El Supremo se remite a la sentencia de la Secci¨®n S¨¦ptima de la Audiencia de Madrid que sit¨²a el origen del caso Urbanor en los contactos mantenidos entre los Albertos y el Grupo KIO, que quer¨ªa desprenderse de la mayor parte de sus acciones del Banco Central, de las que controlaba m¨¢s de un 12%.
En 1998, los Albertos ven la posibilidad de cerrar una operaci¨®n ventajosa vendiendo su parte en la sociedad inmobiliaria Urbanor, que era titular de cuatro amplios solares en Plaza de Castilla donde actualmente se asientan las Torres KIO y de la que eran socios mayoritarios. Los Albertos informan a los accionistas minoritarios de Urbanor del inter¨¦s de un grupo ingl¨¦s por adquirir los solares y marchan a Londres acompa?ados por Javier de la Rosa, representante de KIO en Espa?a, para cerrar la venta, con la autorizaci¨®n que los minoritarios les hab¨ªan concedido.
En el compromiso de venta ofrecen la compra de los terrenos de Plaza de Castilla a raz¨®n de 231.000 pesetas por metro cuadrado, pero al regresar a Madrid ocultan este pacto a los socios minoritarios. A ¨¦stos les env¨ªan una comunicaci¨®n con la firma falsificada del representante de KIO en Londres en la que se propone la compra a raz¨®n de 150.000 pesetas por metro cuadrado, en vez del precio verdadero. El 7 de enero de 1988 se firman las escrituras y los minoritarios perciben a raz¨®n de 150.000 pesetas y los mayoritarios hasta 388.000 pesetas el metro.
La querella de los minoritarios se presenta en el juzgado de guardia de Madrid el 6 de enero y el ¨²ltimo d¨ªa del plazo de prescripci¨®n era el 7 de enero de 1993. La querella estaba plagada de defectos de forma y los querellantes se ratificaron dos meses y dos d¨ªas despu¨¦s de rebasado el plazo de prescripci¨®n.
Corriente interpretativa
Pero el Supremo se ha apartado de la que califica como interpretaci¨®n "formalista" de la Audiencia de Madrid y ha optado por la "corriente interpretativa" que entiende que desde el momento en que se presenta la querella, ya se dirige el procedimiento contra los culpables. "Esta tendencia", dice, "es la sostenida en los ¨²ltimos a?os y aparece bastante consolidada, por lo que la Sala debe acogerla en su integridad".
Aunque las sentencias que cita en apoyo de esta interpretaci¨®n "no coincidir¨¢n exactamente con el caso que nos ata?e en cuanto ¨¦ste es un caso de querella defectuosa, ello no empece para que la doctrina proclamada se acomode plenamente a nuestra hip¨®tesis", concluyen. A partir de ah¨ª, el alto tribunal considera que los delitos no han prescrito y que los Albertos deben ser condenados.
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