Los trabajadores temporales generan derecho a pensi¨®n complementaria
El Tribunal Constitucional ha emitido su primera sentencia que refuerza los derechos de los trabajadores temporales. La m¨¢s alta instancia judicial ha decidido que los empleados temporales de una caja de ahorros, en concreto la Insular de Canarias, que pasaron a ser fijos despu¨¦s del 29 de mayo de 1986 (fecha de entrada en vigor del XIV Convenio Colectivo de Cajas), tienen los mismos derechos en cuanto a su complemento de pensi¨®n que los que estaban fijos desde el principio. El Constitucional afirma que esta pr¨¢ctica es contraria al principio de igualdad.
La Caja Insular de Ahorros de Canarias -al igual que otras entidades como La Caixa, Caixa de Catalu?a, la Caja General de Granada y Bancaja- hab¨ªa excluido del r¨¦gimen de previsi¨®n social complementaria a los trabajadores con las citadas condiciones. Ha habido sentencias favorables a empleados con contratos de aprendizaje. Fuentes de Comf¨ªa-Comisiones Obreras, sindicato que present¨® estos recursos, estiman que la sentencia "puede afectar a m¨¢s de mil empleados".
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