El Tribunal Superior del Pa¨ªs Vasco invoca la inviolabilidad parlamentaria y absuelve a Atutxa
Afirma que no tiene capacidad para juzgar la negativa del acusado a disolver Batasuna
El llamado caso Atutxa, el pulso mantenido entre la Mesa del Parlamento vasco y la Sala Especial del Supremo que ilegaliz¨® a Batasuna, ha concluido provisionalmente con la absoluci¨®n de los acusados, el ex presidente de la C¨¢mara vasca Juan Mar¨ªa Atutxa (PNV), Gorka Kn?rr (EA) y Kontxi Bilbao (EB). El Tribunal Superior de Justicia del Pa¨ªs Vasco (TSJPV) no ha entrado a valorar si los tres acusados cometieron el delito de desobediencia por estimar que sus actuaciones est¨¢n amparadas por la inviolabilidad parlamentaria y que, por tanto, no tiene capacidad para juzgarles.
Los afectados y sus partidos interpretan la sentencia como un refrendo judicial a su postura de no cumplir los requerimientos de la Sala Especial del Supremo para que el ¨®rgano de gobierno del Parlamento vasco disolviera el grupo de la ilegalizada Batasuna. No obstante, el sindicato Manos Limpias, que ejerci¨® la acusaci¨®n en el caso, ha anunciado que recurrir¨¢ en casaci¨®n al Tribunal Supremo por considerar que el fallo es una salida de los magistrados para "lavarse las manos". Por su parte, el PP vasco destac¨® que el Superior no ha entrado en el "fondo de la cuesti¨®n"; es decir, si hubo o no en los acusados una resistencia delictiva a obedecer las resoluciones del Supremo, con las que no estaban pol¨ªticamente de acuerdo.
La sentencia del Tribunal Superior fundamenta la absoluci¨®n de los tres miembros de la Mesa del Parlamento vasco que se resistieron a disolver la pasada legislatura el grupo parlamentario de Batasuna -Sozialista Abertzaleak (SA) era su nombre- en que su conducta est¨¢ amparada por el "privilegio de la inviolabilidad", reconocido por el Estatuto de Gernika, y por otras normas, a los parlamentarios auton¨®micos "por los votos y opiniones que emitan en el ejercicio de su cargo".
Este episodio, que se prolong¨® entre abril y octubre de 2003, fue uno de los de mayor enfrentamiento entre las instituciones vascas y las de la Administraci¨®n central durante el mandato de Aznar, con la aplicaci¨®n de la Ley de Partidos y la elaboraci¨®n del plan Ibarretxe como motivos principales.
Ausencia de jurisdicci¨®n
En la relaci¨®n de hechos probados, la sentencia recuerda la sucesi¨®n de ¨®rdenes de la Sala Especial del Supremo, que ilegaliz¨® a Batasuna, para que la Mesa del Parlamento disolviera el grupo parlamentario de SA, as¨ª como las dificultades de tipo reglamentario aducidas por los procesados para no llegar a cumplirlas. No obstante, los magistrados Pablo Sesma, Luis Javier Murgoitio y Juan Carlos Iturri advierten de que no van a juzgar indicios que puedan revelar "una voluntad renuente al cumplimiento de los mandatos" del Supremo y tampoco en sentido contrario, como alegaron la acusaci¨®n y las defensas de los tres procesados. "Ello no es arbitrario", a?aden, "sino que obedece a la consideraci¨®n de que esta Sala carece de jurisdicci¨®n para valorar si hubo o no conducta delictiva, una vez acreditado que los imputados actuaron gozando del privilegio de la inviolabilidad parlamentaria".
Los tres magistrados que integraron la Sala de lo Penal para el juicio -sus titulares fueron recusados al rechazar el sobreseimiento inicial del caso por la juez que lo instruy¨®- entran a continuaci¨®n a dilucidar si existe colisi¨®n entre esa prerrogativa de los imputados y los derechos constitucionales a la tutela judicial efectiva y a la igualdad. Su conclusi¨®n es que en este supuesto "se ha de aplicar el privilegio", al estimar que Atutxa y los otros dos miembros de la Mesa imputados -Kontxi Bilbao es la ¨²nica que mantiene su condici¨®n de parlamentaria en esta legislatura- actuaron en el conflicto "en el ejercicio de las funciones propias de tal condici¨®n". "Se trata de actos de parlamentarios, realizados en el seno de un ¨®rgano parlamentario, motivados en una raz¨®n precisamente parlamentaria" (la autonom¨ªa de la C¨¢mara, invocada por los acusados), concluye la sentencia.
En la vista oral, Manos Limpias solicit¨® una multa de 108.000 euros y dos a?os de inhabilitaci¨®n para cada uno de los tres procesados. La Fiscal¨ªa, que en 2003 tambi¨¦n se querell¨® por el presunto delito de desobediencia, retir¨® posteriormente la acusaci¨®n.
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