Cl¨¢usulas de blindaje
Las cl¨¢usulas de blindaje van ligadas a los m¨¢s altos cargos de la empresa: el personal directivo. Las cuant¨ªas de las indemnizaciones que prev¨¦n las leyes para estos privilegiados trabajadores son muy pobres. Por esta raz¨®n, resulta habitual que se introduzcan en el contrato de trabajo pactos por los cuales se acuerda el abono de elevadas compensaciones para los supuestos de extinci¨®n de la relaci¨®n contractual imputables al empresario, lo que va a suponer, en la pr¨¢ctica, el blindaje del contrato frente a determinadas decisiones injustificadas del empleador.
Estas cl¨¢usulas de blindaje no constituyen s¨®lo una compensaci¨®n econ¨®mica, sino que son una medida de persuasi¨®n o defensa del trabajador frente a un posible cambio de criterio del empresario. Mediante la inserci¨®n de una cl¨¢usula indemnizatoria en el contrato, ¨¦ste adquiere la categor¨ªa de blindado, reforzando la posici¨®n del trabajador frente a una resoluci¨®n unilateral del contrato por parte del empleador no amparada por una causa de despido disciplinario.
Los supuestos en los que opera son, por tanto, todas las circunstancias de extinci¨®n del contrato que puedan ser imputadas directa o indirectamente al empresario: desistimiento de la empresa, despido disciplinario improcedente o nulo, despido objetivo (en este caso habr¨ªa que determinar si s¨®lo cuando es improcedente o nulo o tambi¨¦n cuando es procedente), despido colectivo (es decir ERE), extinci¨®n a instancias del directivo por incumplimiento contractual de la empresa, etc¨¦tera.
Por el contrario, no suele establecerse pacto indemnizatorio cuando el contrato se extingue por desistimiento del directivo, despido disciplinario procedente o gran invalidez, incapacidad permanente absoluta o total, muerte o jubilaci¨®n del directivo.
En cualquier caso, resulta recomendable fijar en el contrato los supuestos espec¨ªficos en los va a proceder. Hay que tener en cuenta que al no estar tales cl¨¢usulas expresamente previstas en las normas, van a ser las estipulaciones pactadas las que delimiten el ¨¢mbito concreto de su aplicaci¨®n. Igualmente, el contrato deber¨¢ precisar la f¨®rmula de fijaci¨®n del importe a indemnizar.
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