Aut¨®nomos
Las bajas de los trabajadores aut¨®nomos presentan numerosas especialidades que las apartan de lo establecido con car¨¢cter general para los trabajadores por cuenta ajena. La falta de una tercera persona interesada, la empresa, que pueda ejercer un cierto control sobre la veracidad de la enfermedad o accidente que sufre el trabajador, ha supuesto una b¨²squeda de una mayor vigilancia sobre la realidad de tales situaciones. De esta forma, se permite a los trabajadores del R¨¦gimen Especial de Aut¨®nomos optar por acogerse a la protecci¨®n por incapacidad temporal, o excluirla. Igualmente, pueden optar por cubrir las contingencias profesionales, o no.
Pero, especialmente, se va a exigir al trabajador aut¨®nomo en baja que presente la denominada Declaraci¨®n de Situaci¨®n de Actividad, un documento donde determine cu¨¢l va a ser el destino de la actividad o negocio que hasta el momento desarrollaba: qui¨¦n es la persona que en su ausencia lo va a gestionar, o si se va a producir un cese temporal o definitivo.
Esta declaraci¨®n debe presentarse en un plazo m¨¢ximo de 15 d¨ªas a contar desde el inicio de la baja, junto con el parte m¨¦dico correspondiente, y es preceptiva para el reconocimiento del derecho a la prestaci¨®n econ¨®mica, de forma que la falta de presentaci¨®n de dicho documento en plazo va a producir la suspensi¨®n del pago del subsidio, pudiendo, en este caso, iniciarse las actuaciones pertinentes para verificar la situaci¨®n en la que queda el establecimiento del que es titular el beneficiario de la prestaci¨®n de incapacidad temporal.
Si como consecuencia de tales actuaciones, se dedujese el car¨¢cter indebido de la prestaci¨®n que se hubiese comenzado a percibir, el trabajador deber¨¢ proceder al reintegro de la misma. Todo ello, sin perjuicio de los posibles expedientes sancionadores que por la no presentaci¨®n en plazo de la declaraci¨®n, as¨ª como, en su caso, por haber percibido indebidamente la prestaci¨®n, pudieran tramitarse.
Tal declaraci¨®n deber¨¢ presentarse semestralmente mientras se mantenga la situaci¨®n de incapacidad temporal. Ser¨¢ tambi¨¦n obligatoria para quienes se encuentren en situaci¨®n de maternidad y riesgo durante el embarazo.
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