No es un tr¨¢mite
El tr¨¢mite de debate de totalidad y de votaci¨®n de toma en consideraci¨®n en el Congreso de los Diputados de la proposici¨®n de ley de reforma del Estatuto de Autonom¨ªa para Andaluc¨ªa aprobada por el Parlamento de la comunidad aut¨®noma por una mayor¨ªa superior a los tres quintos de la C¨¢mara, es un acto de tr¨¢mite para todos los grupos parlamentarios menos para el grupo parlamentario popular.
Los dem¨¢s grupos parlamentarios ya votaron a favor en la Mesa del Congreso de la remisi¨®n de la proposici¨®n de ley al Pleno para su toma en consideraci¨®n, manifestando al mismo tiempo que su voto ser¨ªa favorable en dicho tr¨¢mite parlamentario. El grupo parlamentario popular, por el contrario, se abstuvo en la Mesa del Congreso y, aunque de forma poco clara, dej¨® entrever que en el Pleno votar¨ªa en contra de la toma en consideraci¨®n de la proposici¨®n de reforma.
Para todos los grupos parlamentarios excepto para el grupo parlamentario popular el tr¨¢mite parlamentario del 23 de mayo es eso, un tr¨¢mite. Se trata, simplemente, de ratificar una posici¨®n ya adoptada y p¨²blicamente anunciada. Para el grupo popular no lo es. El 23 de mayo tiene que tomar la decisi¨®n de si acepta o se opone a la tramitaci¨®n de la proposici¨®n de ley de reforma del Estatuto de Autonom¨ªa para Andaluc¨ªa.
Esta decisi¨®n va a marcar la posici¨®n del PP en Andaluc¨ªa por mucho tiempo. Si el martes el grupo parlamentario popular se opone a la toma en consideraci¨®n de la proposici¨®n de ley de reforma del Estatuto de Autonom¨ªa para Andaluc¨ªa, le va a resultar muy dif¨ªcil, por no decir imposible, rectificar esa decisi¨®n en la tramitaci¨®n parlamentaria ulterior y en la ratificaci¨®n final en refer¨¦ndum.
Pues un voto negativo el martes supondr¨¢ que el PP considera que la proposici¨®n de ley de reforma no debe ser siquiera tramitada parlamentariamente en las Cortes Generales porque es tan intr¨ªnsecamente deficiente que, por mucho que se la corrija, no puede acabar siendo aceptable. No vale la pena siquiera que se la discuta, porque el vicio de origen de la proposici¨®n de ley de reforma es de tal naturaleza, que no puede ser subsanado.
Esto y no otra cosa es lo que significa un no en el tr¨¢mite de toma en consideraci¨®n de un proyecto o proposici¨®n de ley. No hay Jord¨¢n parlamentario en el que pueda purificarse el pecado original con que llega a las Cortes Generales la proposici¨®n de ley de reforma estatutaria.
Una vez que un partido ha fijado su posici¨®n en estos t¨¦rminos, ya no tiene posibilidad de corregirla. El no del martes supone continuar diciendo no en todas las fases ulteriores de la tramitaci¨®n: en la Comisi¨®n Constitucional del Congreso, en el Senado y en el refer¨¦ndum de ratificaci¨®n del texto definitivamente aprobado por las Cortes Generales. Una vez que se dice que no a la toma en consideraci¨®n, casi no tiene sentido formular "motivos de desacuerdo" al texto, cuya toma en consideraci¨®n ha sido aprobada por los dem¨¢s grupos parlamentarios. Si un texto no debe ser tramitado porque no es susceptible de que acabe siendo aceptable independientemente de las correcciones que se introduzcan, ?para qu¨¦ se van a formular motivos de desacuerdo y se va a participar en la discusi¨®n?
Si el grupo parlamentario popular vota no el martes 23, se estar¨¢ cerrando la puerta para negociar con los dem¨¢s grupos parlamentarios en las siguientes fases de la tramitaci¨®n de la reforma. En cada una de esas fases el grupo parlamentario popular podr¨¢ fijar su posici¨®n, pero no podr¨¢ debatir con los dem¨¢s. Pues el debate presupone la aceptaci¨®n de un terreno com¨²n por parte de quienes participan en el mismo. El no del pr¨®ximo martes es un noto a todo. Definitivo e irreversible. ?Es consciente el PP a lo que se arriesga volvi¨¦ndole a decir a los ciudadanos en febrero de 2007 que el refer¨¦ndum de ratificaci¨®n de la reforma del estatuto no es su refer¨¦ndum? El pr¨®ximo martes lo decide
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