Los afectados tienen derecho al reembolso del billete y compensaciones de hasta 600 euros
Aviaci¨®n Civil debe vigilar que Air Madrid atiende las reclamaciones que se presenten
A los miles de pasajeros de Air Madrid que se van a quedar sin volar les queda, al menos, el consuelo de la queja. El reglamento europeo establece que los afectados por la cancelaci¨®n de un vuelo tienen derecho a que se les busque un transporte alternativo y, si no es posible, la aerol¨ªnea les tiene que devolver el importe ¨ªntegro del billete. Adem¨¢s, el cliente puede reclamar de forma autom¨¢tica una indemnizaci¨®n de hasta 600 euros. Los afectados tienen que dirigirse a Air Madrid para exigir su dinero y Aviaci¨®n Civil, dependiente del Ministerio de Fomento, tiene la obligaci¨®n de vigilar que la compa?¨ªa cumple.
Los afectados pueden presentar una reclamaci¨®n ante Air Madrid (91 201 60 40 y 902 51 52 51) y tambi¨¦n ante Aviaci¨®n Civil. Si no logran contactar con la compa?¨ªa, pueden llamar a los n¨²meros del Ministerio de Fomento (902 36 01 38, para llamadas nacionales, y 34-954 58 96 41 para llamadas internacionales). En su comunicado de ayer, la compa?¨ªa afirmaba que la relaci¨®n de los pasajeros ha sido "facilitada a la Direcci¨®n General de Aviaci¨®n Civil, que deber¨¢ adoptar las medidas que considere convenientes". Seg¨²n el reglamento europeo que rige los derechos de los pasajeros de transporte a¨¦reo (el n¨²mero 261/2004), la responsable es la empresa, si bien Fomento tiene la obligaci¨®n de vigilar que la norma se aplique.
La norma est¨¢ bien clara (se puede consultar en www.mfom.es, la web de Fomento). Todos los pasajeros que sufren una cancelaci¨®n tienen derecho de forma autom¨¢tica a exigir una compensaci¨®n. ?stas se fijan en funci¨®n de la distancia del trayecto (suma de la ida y la vuelta): 250 euros en vuelos de hasta 1.500 kil¨®metros; 400 euros para todos los vuelos intracomunitarios de m¨¢s de 1.500 kil¨®metros y para todos los dem¨¢s vuelos de entre 1.500 y 3.500 kil¨®metros, y 600 euros el resto de vuelos.
Adem¨¢s, el pasajero tiene derecho a que la compa?¨ªa le proporcione un transporte alternativo en las mismas condiciones que el que compr¨®. Si no es posible, o no le conviene al usuario, la compa?¨ªa debe reembolsarle la totalidad del dinero del billete al precio al que se compr¨® en el plazo de siete d¨ªas (met¨¢lico, cheque o transferencia bancaria). Los que necesiten hotel -los 120.000 pasajeros que Air Madrid dice que est¨¢n con medio tramo hecho- tienen derecho a que sea gratuito. El pasajero tambi¨¦n puede reclamar a la aerol¨ªnea una compensaci¨®n adicional por los da?os y perjuicios que les ha ocasionado la cancelaci¨®n.
Fuerza mayor
S¨®lo si la compa?¨ªa puede demostrar que cancel¨® el vuelo porque no ten¨ªa m¨¢s remedio, se ver¨¢ liberada de parte de su responsabilidad. Fuentes consultadas del sector afirman que esto s¨®lo es aplicable en casos extremos e imprevisibles, como un hurac¨¢n, aunque este punto es interpretable, porque Air Madrid afirmaba ayer que el responsable es Fomento.
Sea como sea, todas las reclamaciones tienen que dirigirse a la compa?¨ªa, aunque el billete se haya comprado en una agencia de viajes. No existe un plazo para que ¨¦sta responda. Los afectados deben estar pendientes de cualquier decisi¨®n que tome Fomento al respecto, sobre todo si la compa?¨ªa se niega a devolver el dinero a los perjudicados. El reglamento establece que el responsable es la aerol¨ªnea, pero tambi¨¦n dice que cada Estado designar¨¢ un organismo responsable del cumplimiento de la normativa, que en este caso es Aviaci¨®n Civil. "Cuando proceda, este organismo adoptar¨¢ las medidas necesarias para garantizar el respeto de los derechos de los pasajeros", dice el reglamento.
De forma paralela se puede acudir a los tribunales, como sucede en muchos casos. En este sentido, la OCU present¨® ayer una denuncia ante el juzgado de guardia para pedir que se investigue si ha habido un presunto delito de estafa por parte de Air Madrid, que vendi¨® billetes hasta ¨²ltima hora.
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