La Conseller¨ªa de Medio Rural gestionar¨¢ el banco de tierras a trav¨¦s de una nueva empresa p¨²blica
La Conseller¨ªa de Medio Rural gestionar¨¢ el futuro banco de tierras de la comunidad gallega a trav¨¦s de una sociedad an¨®nima p¨²blica que se llamar¨¢ Banco de Terras de Galicia (Bantegal). La nueva empresa, seg¨²n las previsiones de la Xunta, tendr¨¢ como funci¨®n la gesti¨®n e intermediaci¨®n para el arrendamiento de las fincas que constituyen el fondo de tierras y estar¨¢ obligada a realizar los trabajos que se le encomienden, especialmente aquellas que sean urgentes o se le ordenen como consecuencia de situaciones de emergencia. Sus funciones incluyen tambi¨¦n facilitar el acceso a la tierra de las explotaciones que quieran incrementar su base territorial y facilitar la gesti¨®n a los propietarios que quieren arrendar sus tierras.
El proyecto de Ley de Conservaci¨®n de la Superficie Agraria ¨²til y del Banco de Tierras de Galicia que crear¨¢ esta nueva empresa fue remitido ayer al Parlamento por el Consello de la Xunta. El presidente de la Xunta, Emilio P¨¦rez Touri?o, justific¨® la creaci¨®n del banco de tierras como en la necesidad de actuar sobre uno de elementos "m¨¢s r¨ªgidos e inhabilitantes del desarrollo agrario". Seg¨²n sus datos, los cultivos ocupan en Galicia apenas el 26% de la superficie agraria ¨²til, pr¨¢cticamente la mitad que en el conjunto de Europa.
Touri?o explic¨® que la nueva ley sigue el modelo franc¨¦s de movilizaci¨®n de fincas. Bantegal estimular¨¢ el arrendamiento de tierras sin tocar la propiedad y las ceder¨¢ en alquiler a los titulares de explotaciones que las necesiten. Este mismo a?o Medio Rural conf¨ªa en incorporar al banco de tierras unas 5.000 hect¨¢reas de terreno agrario ¨²til.
El proyecto de ley, que deber¨¢ ser debatido ahora en el Parlamento, recoge sanciones en forma de gravamen para los supuestos de incumplimiento de los mecanismos de incorporaci¨®n de tierras a Bantegal. Laas sanciones van desde los 600 euros previstos para las sanciones leves a los 6.000 en el caso de las infracciones calificadas como muy graves.
La ley incluye la posibilidad de que los terrenos sin cultivar y abandonados sean incorporados al banco de tierras. Para ello ser¨¢ necesario que est¨¦n situados en zonas de especial inter¨¦s agrario y que se trate de predios incultos, abandonados o en situaci¨®n de abandono. El propietario de los terrenos que se hallen en esta situaci¨®n podr¨¢ elegir entre entregarlos a Bantegal, llevar a cabo una agricultura de conservaci¨®n o arrendar la propiedad.
En los contratos figurar¨¢ el plazo de la cesi¨®n, que no podr¨¢ ser superior a los 30 a?os, y las condiciones en que se produce. Las que superen los cinco a?os deber¨¢n contar la autorizaci¨®n expresa del propietario.
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