Neutralidad fiscal
Si para otras figuras tributarias la neutralidad constituye una aspiraci¨®n, para el IVA representa una exigencia de su propia naturaleza, lo que permite orientar en dicho sentido la interpretaci¨®n de las normas reguladoras de este impuesto, incluso las que deben ser objeto de interpretaci¨®n restrictiva como ser¨ªa el caso de las que establecen las exenciones tributarias.
En este sentido se ha manifestado la Direcci¨®n General de Tributos en relaci¨®n con la exenci¨®n en el IVA de los servicios profesionales de artistas gr¨¢ficos, escritores, colaboradores literarios, gr¨¢ficos y fotogr¨¢ficos de peri¨®dicos y revistas, compositores, autores teatrales, guionistas y dialoguistas de obras audiovisuales, traductores y adaptadores.
Desde no hace mucho tiempo se admite la exenci¨®n en el IVA cuando los servicios se prestan por medio de sociedades mercantiles
As¨ª, frente al criterio reiteradamente sostenido por este ¨®rgano directivo, en el sentido de admitir la exenci¨®n ¨²nicamente cuando los servicios se prestasen directamente por personas f¨ªsicas, atendiendo a una interpretaci¨®n literal del precepto, desde no hace mucho tiempo admite igualmente la exenci¨®n cuando estos servicios se prestan por medio de sociedades mercantiles u otro tipo de entidades, que son las que los facturan en nombre propio a sus destinatarios efectivos, criterio que fundamente expresamente en la neutralidad que debe presidir la aplicaci¨®n del impuesto.
A este respecto cabr¨ªa se?alar, por otra parte, que dicho criterio se armoniza con lo dispuesto en el precepto de la normativa legal del impuesto seg¨²n el cual, cuando en las operaciones de mediaci¨®n el intermediario act¨²e en nombre propio en la prestaci¨®n de un servicio, se entender¨¢ que ha recibido y prestado por s¨ª mismo el correspondiente servicio. Por lo que deber¨¢ estarse a la naturaleza del servicio prestado m¨¢s que al aspecto formal de su prestaci¨®n.
Por similitud con el supuesto mencionado puede recordarse el criterio adoptado desde el principio en relaci¨®n con los servicios de asistencia a personas f¨ªsicas prestados por profesionales m¨¦dicos o sanitarios, al admitir la exenci¨®n aunque se prestasen los referidos servicios por medio de sociedades mercantiles.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.