Elecciones sindicales
El proceso de elecci¨®n de quienes van a constituir la representaci¨®n legal de los trabajadores en la empresa es lo que se conoce usualmente por "elecciones sindicales". Calificaci¨®n puede conducir a "equ¨ªvocos", puesto que no se elige a ning¨²n ¨®rgano de gobierno de un sindicato, ni se deciden cuestiones de ¨ªndole interna de las organizaciones sindicales, sino que designan a quienes legalmente deben representar a los trabajadores en la empresa, es decir, los delegados de personal y comit¨¦s de empresa.
La utilizaci¨®n de tal denominaci¨®n obedece a que, en la pr¨¢ctica, sobre todo en medianas y grandes empresas, las candidaturas concurren a las elecciones bajo siglas sindicales, y sus resultados van a servir de gu¨ªa para medir la "representatividad" de esas organizaciones, valor de singular importancia ya que en funci¨®n de ella se atribuir¨¢ al sindicato una cierta posici¨®n jur¨ªdica que afectar¨¢ a su participaci¨®n institucional, su acci¨®n sindical, y a la negociaci¨®n colectiva.
Las elecciones se promover¨¢n cuando se haya agotado el mandado legal de los anteriores representantes. Se impone entonces la renovaci¨®n de miembros del comit¨¦ de empresa y delegados de personal. Tambi¨¦n podr¨¢n promoverse en las empresas de reciente creaci¨®n, o en aquellas que no contaban hasta ahora con ¨®rganos de representaci¨®n.
Corresponde a los trabajadores, por decisi¨®n mayoritaria, y a los sindicatos m¨¢s representativos promover el proceso. Deber¨¢n entonces comunicar al empresario su prop¨®sito de celebrar elecciones.
El empresario est¨¢ obligado, en primer lugar, a constituir las mesas electorales, realizando las oportunas comunicaciones a los trabajadores que deban ser miembros de aqu¨¦llas. La funci¨®n de presidente recaer¨¢ sobre el trabajador m¨¢s antiguo; la de vocal, en el de m¨¢s edad; y la de secretario en el m¨¢s joven. La empresa estar¨¢ adem¨¢s obligada a confeccionar el censo laboral.
Confeccionado el censo y constituidas las mesas, cesar¨¢n las obligaciones del empresario. Corresponder¨¢ entonces a las propias mesas vigilar el proceso, presidir la votaci¨®n, realizar el escrutinio, atribuir los resultados y resolver, en su caso, las reclamaciones.
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