Un juez permite cobrar los fondos internos de los empleados de banca
La decisi¨®n puede beneficiar a 180.000 trabajadores que se prejubilaron en el sector
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) cree que los trabajadores de banca tienen derecho a cobrar sus fondos de pensiones, aunque sean internos. La sala ha dado la raz¨®n a un ex empleado de Bankpyme que solicitaba su fondo, pero lo m¨¢s relevante es que afirma que "es doctrina general" y aplicable para el resto de trabajadores de bancos y cajas, unos 180.000, que abandonaron su entidad de forma pactada sin cobrar los fondos porque eran internos. Ahora el Supremo tendr¨¢ que pronunciarse.
Se trata una disputa judicial que dura ya m¨¢s de 10 a?os. Los problemas empezaron a principios de los noventa, cuando miles de trabajadores de bancos y cajas dejaron sus puestos por las fusiones del sector. No cobraron los fondos de pensiones internos precisamente porque eran "internos y no rescatables". Unos a?os m¨¢s tarde comenzaron los juicios en la mayor¨ªa de los tribunales superiores de las diferentes comunidades aut¨®nomas, con sentencias muy variadas. En 2006 se produjo un hecho clave, cuando el Tribunal Supremo ratific¨® que no prescribe el derecho de los ex empleados de La Caixa a rescatar y disponer del fondo interno de pensiones, aunque hayan abandonado voluntariamente la entidad o hayan sido despedidos. La entidad abon¨® 39 millones de euros a sus ex empleados.
Esta sentencia no se ha aplicado de forma general porque se entend¨ªa que los empleados de La Caixa ten¨ªan un convenio espec¨ªfico que no existe en otras entidades. Ahora hay una bolsa de unos 180.000 ex empleados de banca que se prejubilaron y reclaman cientos de millones de euros en fondos internos, seg¨²n Antonio ?lvarez-Ossorio, del despacho ?lvarez-Ossorio Miller & Co., que ha llevado una buena parte de estos casos.
El pasado junio lleg¨® otra sentencia clave: el TSJM fall¨® a favor de un ex empleado de Bankpyme, expresando de forma literal que la doctrina del Tribunal Supremo de 31 de enero de 2001 (la sentencia de La Caixa) es general y por tanto de aplicaci¨®n directa para el resto de empresas. Es la primera vez que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid da la raz¨®n a un ex empleado de banca en relaci¨®n con una reclamaci¨®n de fondo interno de pensiones. En la sentencia se condena a Bankpyme (Banca de la Peque?a y Mediana Empresa) y se permite al demandante el rescate de su fondo. El fallo se dio a conocer en septiembre.
Lo relevante del pronunciamiento es que, si Bankpyme lo recurre, ser¨¢ el Tribunal Supremo el que tenga que dictar sentencia y as¨ª ser¨¢ aplicable para todos los ex empleados, sin excepci¨®n, comenta Antonio ?lvarez-Ossorio.
El tribunal argumenta que fue la empresa la que tuvo que pagar una indemnizaci¨®n al empleado. "El responsable de la situaci¨®n no es el empleado, sino la otra parte, por lo que no puede derivarse de ello ning¨²n perjuicio a?adido como ser¨ªa el verse privado, adem¨¢s del trabajo y de la retribuci¨®n salarial, de las prestaciones complementarias pluriconsensuadas". Tambi¨¦n dice que "las mejoras voluntarias de la Seguridad Social son voluntarias en su creaci¨®n, pero que una vez establecidas, no pueden suprimirse".
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