Un juez abre la v¨ªa para que los chal¨¦s de Medina Azahara sigan en pie
Absuelto un propietario que se construy¨® una piscina y ampli¨® su vivienda
El Juzgado de lo Penal 3 de C¨®rdoba ha absuelto al propietario de una casa ilegal del entorno protegido de Medina Azahara del delito contra la ordenaci¨®n del territorio que le imputaba la Fiscal¨ªa. El acusado reconoci¨® en la vista oral celebrada hace tres semanas que ampli¨® su casa 25 metros cuadrados m¨¢s y construy¨® una piscina entre febrero y agosto de 2006, cuando el ¨¢rea en el que se encuentra su chal¨¦ ilegal ya se estaba protegida por una declaraci¨®n de zona Bien de Inter¨¦s Cultural (BIC).
El juez destaca la "tard¨ªa reacci¨®n" de la Administraci¨®n con las casas ilegales
El fiscal hab¨ªa solicitado dos a?os de prisi¨®n, la demolici¨®n de lo construido y una sanci¨®n de 3.240 euros. Pero el juez ha rechazado imponer pena alguna al propietario. Este mismo juzgado ya absolvi¨® a otro propietario de otra urbanizaci¨®n ilegal y est¨¢ previsto que se encargue de cinco casos m¨¢s de construcciones ilegales denunciados por la Polic¨ªa Auton¨®mica.
En esta ¨²ltima sentencia, recogida ayer por Europa Press, el magistrado Jos¨¦ Antonio Carnerero reconoce que la conducta del inculpado es il¨ªcita. Pero decide absolverlo porque "no se puede afirmar que esta peque?a obra ejecutada por el acusado (...) haya modificado a alterado sustantivamente la configuraci¨®n de la zona y haya afectado a aquellos valores" paisaj¨ªsticos que se pretend¨ªan defender con la declaraci¨®n de la zona BIC aprobada en 2003.
Seg¨²n el juez, la casa "se encuentra encuadrada en una parcelaci¨®n, ilegal pero totalmente consentida por las autoridades administrativas, rodeada por todos los lados por numerosas edificaciones".
En concreto, la vivienda est¨¢ ubicada en la urbanizaci¨®n ilegal de Las Pitas, donde existen unos 155 chal¨¦s, todos construidos sin permisos ni licencias y sin que las administraciones lo impidieran. En todo el entorno protegido de Medina Azahara hay 240 chal¨¦s clandestinos.
En la sentencia se afirma que cuando esas urbanizaciones se levantaron, la mayor¨ªa a partir de los a?os noventa, s¨ª se produjo "un impacto visual y la afecci¨®n del valor paisaj¨ªstico que ahora se pretende corregir". Sin embargo, sostiene que las obras realizadas recientemente por el acusado no alteran "la configuraci¨®n de la zona".
El magistrado indica que detr¨¢s del fen¨®meno de las parcelaciones ilegales esta "la tard¨ªa reacci¨®n normativa y el consentimiento durante tanto tiempo de una situaci¨®n de hecho" por parte de las administraciones competentes. "La indisciplina urban¨ªstica generalizada y la falta de efectividad de la actuaci¨®n administrativa no debe llevar a una criminalizaci¨®n de todas las infracciones administrativas, debiendo limitarse el papel del derecho penal a aquellas que si re¨²nen un contenido de gravedad suficiente".
La delegada de de Cultura, Mercedes Mudarra, manifest¨® ayer su "respeto" a la sentencia, aunque lament¨® que ya haya habido pronunciamientos judiciales similares anteriormente. "S¨®lo nos queda actuar por la v¨ªa administrativa para proteger la legalidad vigente", a?adi¨®. Por su parte, el magistrado interpreta en la sentencia que la infracci¨®n descrita s¨ª puede ser de "naturaleza administrativa" y que incluso puede llegarse a la "demolici¨®n de la obra".
Desde hace a?os, los fiscales andaluces de Medio Ambiente y Urbanismo reclaman a los jueces m¨¢s contundencia con respecto a las construcciones ilegales. Ya en la memoria de 2004 de esta Fiscal¨ªa especializada se alertaba de que las absoluciones pod¨ªan conducir a un "vac¨ªo de la norma penal".
El art¨ªculo 319 del C¨®digo Penal establece penas de entre dos seis meses y tres a?os de c¨¢rcel para quien construya ilegalmente en zonas con especial protecci¨®n y de entre seis meses y dos a?os para quien lo haga en terreno no urbanizable.
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