El fantasma de Herodes
La persecuci¨®n cuasi-inquisitorial lanzada durante las ¨²ltimas semanas contra pr¨¢cticas abortivas sospechosas de infringir el C¨®digo Penal ha desbordado las fronteras del celo administrativo, policial y judicial propio de un Estado de derecho para invadir los terrenos del fundamentalismo religioso, el particularismo ¨¦tico y el sectarismo pol¨ªtico. El primer objetivo de la ofensiva han sido varias cl¨ªnicas de Barcelona especializadas en los tres supuestos de interrupci¨®n voluntaria del embarazo legalmente autorizados: a finales del pasado noviembre, un grupo de m¨¦dicos y de personal sanitario fue acusado de burlar los requisitos exigidos -plazos, certificados, titulaciones, etc.- para esas intervenciones.
El hostigamiento se transmiti¨® luego a las cl¨ªnicas de Madrid a trav¨¦s de suspensiones temporales o inspecciones administrativas. Una veintena larga de antiguas pacientes fueron citadas a trav¨¦s de la Guardia Civil como testigos de diligencias judiciales, poniendo as¨ª en peligro su derecho a la intimidad.
La Asociaci¨®n de Cl¨ªnicas Privadas para la Interrupci¨®n del Embarazo (los abortos practicados en ese sector representan casi el 98% de los 100.000 realizados anualmente en Espa?a) respondi¨® la semana pasada a esas presiones e intimidaciones con un cierre de protesta. Adem¨¢s de las interferencias procedentes de los poderes estatales, varias concentraciones convocadas en Madrid el 28 de diciembre -la conmemoraci¨®n religiosa de la matanza herodiana de los Santos Inocentes- exigieron de forma amenazadora ante diversos establecimientos especializados en la interrupci¨®n voluntaria del embarazo la derogaci¨®n de los tres supuestos despenalizados -grave peligro para la vida o salud de la mujer, violaci¨®n, graves taras f¨ªsicas o ps¨ªquicas del feto- fijados por la ley de 1985.
La sentencia del Constitucional que resolvi¨® el recurso previo interpuesto por el Grupo Popular puso de manifiesto c¨®mo la ley impugnada hab¨ªa logrado un punto de equilibrio entre dos bienes constitucionalmente protegidos: la vida del nasciturus y la dignidad de la persona. Aunque el debate nunca se haya apagado del todo, ni los populares ni los socialistas han utilizado desde entonces su estancia en el Gobierno para modificar la soluci¨®n dada al conflicto hace m¨¢s de dos d¨¦cadas. Durante su segundo mandato, el presidente Aznar no aplic¨® la mayor¨ªa absoluta del PP para hacer tablar rasa de las innovaciones en materia de costumbres de legislaturas anteriores ni tampoco para volver a incluir dentro del C¨®digo Penal los tres supuestos de interrupci¨®n voluntaria del embarazo. Y aunque dispuesto a gravar la Administraci¨®n del Estado con un Ministerio de Familia si gana las elecciones, Mariano Rajoy no parece dispuesto por ahora a tomar compromisos sobre el aborto, ni el divorcio-expr¨¦s, ni el matrimonio homosexual.
Esa apuesta por la continuidad legislativa en materias cargadas de contenido emocional, sin embargo, podr¨ªa sufrir durante la campa?a electoral del PP un serio sobresalto. Varias asociaciones cat¨®licas -Hazte O¨ªr, La Vida Importa y M¨¦dicos por la Vida- ya significadas por su belicosidad en la campa?a contra las cl¨ªnicas de interrupci¨®n voluntaria del embarazo est¨¢n preparando para finales de febrero -pocos d¨ªas antes de las elecciones- una manifestaci¨®n "por la vida y contra el aborto". Conectadas con el Arzobispado de Madrid a trav¨¦s del Consejo de Laicos, la Conferencia Episcopal podr¨ªa aprovechar esa iniciativa para hacer una nueva prueba de fuerza movilizadora en v¨ªsperas de las elecciones; en tal caso, los dirigentes del PP tal vez fuesen arrastrados a manifestarse otra vez en las calles tras las banderas vaticanas y a endurecer sobre la marcha su programa.
Las dos d¨¦cadas largas transcurridas desde la aprobaci¨®n de la ley de despenalizaci¨®n parcial del aborto permite un balance de su funcionamiento a la luz de la experiencia. La descriminalizaci¨®n de la interrupci¨®n voluntaria del embarazo deber¨ªa razonablemente incluir un nuevo cuarto supuesto como las leyes de plazo de otros pa¨ªses. El cumplimiento de los requisitos exigidos para los tres casos hoy en vigor podr¨ªa ser estudiado por una comisi¨®n parlamentaria; la asunci¨®n por los servicios p¨²blicos de salud de unas pr¨¢cticas derivadas masivamente al sector privado ayudar¨ªa a su control.
En cualquier caso, ese debate no podr¨ªa ser llevado a cabo civilizadamente mientras unos ciudadanos llamen asesinos y degolladores de los Santos Inocentes a quienes discrepen de sus rigoristas posiciones sobre el aborto. La sentencia Roe v. Wade dictada en 1973 por el Supremo de Estados Unidos advert¨ªa de que las opiniones sobre esa materia est¨¢n condicionadas "por la propia filosof¨ªa, la experiencia frente a los sinsabores de la vida, la educaci¨®n religiosa, la visi¨®n de la familia y las pautas morales que cada cual desear¨ªa ver respetados": un tribunal, sin embargo, s¨®lo puede aplicar criterios constitucionales "al margen de las inclinaciones personales y de las pasiones".
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