Vivenda rebaja la exigencia de pisos protegidos en municipios medios
T¨¢boas modifica a ¨²ltima hora la ley ante las peticiones de Caride y la Fegamp
Un recorte a la baja de ¨²ltima hora reducir¨¢ las obligaciones de los ayuntamientos menores de 20.000 habitantes respecto a la construcci¨®n de viviendas protegidas. La ley de medidas urgentes en materia de vivienda y suelo, que establecer¨¢ los porcentajes de pisos a precio tasado en los ayuntamientos gallegos, elevar¨¢ al 40% la reserva de suelo obligatoria en los grandes municipios, tal y como estaba previsto, pero en el resto el porcentaje desciende del 30% al 20%. El proyecto legislativo ser¨¢ aprobado por el Consello de la Xunta este mismo mes.
La reforma de la ley satisface las demandas de la Conseller¨ªa de Pol¨ªtica Territorial, la Federaci¨®n Galega de Municipios e Provincias (Fegamp) y organizaciones empresariales, que consideraban excesiva la obligatoriedad de reservar el 30% en ayuntamientos peque?os, donde la demanda de pisos a precio tasado est¨¢ muy lejos de la que se registra en las ciudades. Para que la rebaja al 20% sea efectiva, los ayuntamientos deben solicitarla a la Conseller¨ªa de Vivenda, que emitir¨¢ un informe favorable siempre que se justifique documentalmente la inexistencia de demanda de pisos sociales.
No ser¨¢ el ¨²nico cambio introducido en el ¨²ltimo momento en la ley. A petici¨®n de la federaci¨®n de municipios, y con el objetivo de desbloquear el proyecto, el departamento que dirige Teresa T¨¢boas renuncia a exigir a los ayuntamientos que destinen la mitad de su patrimonio municipal de suelo a viviendas sociales. Dicho patrimonio est¨¢ constituido por los aprovechamientos lucrativos del 10% a favor de los ayuntamientos, de car¨¢cter obligatorio. Ese porcentaje, establecido por la Ley del Suelo, se puede destinar a usos dotacionales, equipamientos y vivienda protegida, aunque en la pr¨¢ctica muchos alcaldes optan por monetarizarlo.
Seg¨²n el anteproyecto inicial, todos los ayuntamientos deber¨ªan destinar la mitad de ese aprovechamiento a construir viviendas con alg¨²n tipo de protecci¨®n, y se prohib¨ªa su sustituci¨®n por una cantidad en met¨¢lico. Finalmente, Vivenda descarta prohibir la monetarizaci¨®n de los aprovechamientos y se limita a recomendar que la mitad se destine "preferentemente" a pisos sociales.
Las reclamaciones de Fegamp y Pol¨ªtica Territorial han sido asumidas por Vivenda con poco entusiasmo, aunque con la voluntad de desbloquear un proyecto considerado crucial y que en las ¨²ltimas semanas corri¨® el riesgo de encallar. Fuentes pr¨®ximas a la negociaci¨®n de la ley sostienen que Vivenda acab¨® por aceptar ante la convicci¨®n de que los cambios no afectar¨¢n a la parte fundamental del proyecto legislativo, la que ata?e a los ayuntamientos de m¨¢s de 20.000 habitantes, donde se concentra la principal demanda de viviendas protegidas de Galicia.
Los cambios se producen, curiosamente, cuando el anteproyecto legislativo ya hab¨ªa superado todos sus tr¨¢mites previos, entre ellos los informes del Consello Consultivo y del Consello Econ¨®mico e Social. Por lo dem¨¢s, la ley mantendr¨¢ otras medidas que Vivenda considera fundamentales, entre ellas la que obligar¨¢ a los promotores de suelo urbanizable de uso residencial a ceder a la Xunta al menos el 5% de la superficie total, para destinarla a viviendas de promoci¨®n de titularidad p¨²blica y ofrecerlas en r¨¦gimen de alquiler a las familias con rentas m¨¢s bajas.
Otra de las novedades de la ley, que seg¨²n declar¨® T¨¢boas se podr¨ªa aprobar en el Consello del pr¨®ximo jueves, consiste en la obligaci¨®n a los promotores de construir acompasadamente las viviendas libres y protegidas, para evitar que ¨¦stas se posterguen indefinidamente, como es habitual. Las reservas de suelo para pisos a precio tasado deber¨¢n localizarse de forma que se evite su concentraci¨®n.
Los peque?os, exentos
Los ayuntamientos m¨¢s peque?os, los que no alcanzan los 5.000 habitantes, quedar¨¢n exentos de realizar reserva de suelo para pisos de protecci¨®n. Aunque tambi¨¦n con condiciones. Si con el anteproyecto legislativo, que presentaron en abril de 2007 las conselleiras de Vivenda y Pol¨ªtica Territorial, se establec¨ªa un porcentaje del 30%, la redacci¨®n final los libera de esa obligaci¨®n siempre y cuando los planes generales que elaboren renuncien a la expansi¨®n urban¨ªstica.
Para medir este par¨¢metro, la ley de medidas urgentes establecer¨¢ el list¨®n en cinco viviendas anuales por cada mil habitantes a lo largo del horizonte temporal del planeamiento propuesto. Un ayuntamiento de 5.000 habitantes con un plan general a 20 a?os, por ejemplo, podr¨ªa renunciar a la reserva obligatoria si no rebasa en sus previsiones de 500 nuevas viviendas. Si el mismo ayuntamiento pretende superar esa cifra, deber¨¢ atenerse al 20% de reserva de suelo obligatoria que regir¨¢ para los ayuntamientos inferiores a 20.000 habitantes.
La ley promovida por Vivenda se tramit¨® conjuntamente con Pol¨ªtica Territorial, ya que se basa en la modificaci¨®n de ocho art¨ªculos de la Ley del Suelo de Galicia, que depende de la conseller¨ªa que dirige la socialista Mar¨ªa Jos¨¦ Caride.
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