El Gobierno alivia la depreciaci¨®n de activos de las empresas
El Consejo de Ministros aprob¨® ayer una modificaci¨®n excepcional y temporal de un art¨ªculo de la Ley de Sociedades An¨®nimas con el fin de minimizar los efectos de la depreciaci¨®n de los activos, un asunto especialmente importante para empresas inmobiliarias y constructoras.
En las referencias del Consejo, el Ministerio de Econom¨ªa explic¨® que la medida, que se extender¨¢ por un periodo excepcional de dos a?os, "ayudar¨¢ a las empresas a hacer frente a las dificultades que se est¨¢n planteando en estos momentos por la depreciaci¨®n de sus activos". M¨¢s concretamente, el ministerio detall¨® que la disminuci¨®n del patrimonio neto de una empresa por depreciaci¨®n del inmovilizado material, inversiones en inmovilizado y existencias, no se tendr¨¢ en cuenta a efectos de reducciones de capital o de causas obligatorias de disoluci¨®n que contemplaba la Ley.
El art¨ªculo de la Ley de Sociedades An¨®nimas en cuesti¨®n, el 163.1 -cuya aplicaci¨®n se congela autom¨¢ticamente con la entrada en vigor del Real Decreto Ley aprobado ayer por el Gobierno-, establece la obligaci¨®n de las empresas a reducir capital cuando las p¨¦rdidas disminuyan "su haber por debajo de las dos terceras partes de la cifra del capital y hubiere transcurrido un ejercicio social sin haberse recuperado el patrimonio".
El Consejo de Ministros de ayer -que aprob¨® la concesi¨®n de un cr¨¦dito de 5.000 millones de euros al Instituto de Cr¨¦dito Oficial (ICO) para la puesta en marcha de una l¨ªnea de mediaci¨®n para atender las necesidades de las pymes- tambi¨¦n modific¨® el art¨ªculo 36 del C¨®digo de Comercio. Con el cambio, las variaciones de valor en los instrumentos utilizados en las operaciones de cobertura de flujos de efectivo no se consideran p¨¦rdidas a los efectos de reducci¨®n de capital, distribuci¨®n de beneficios y causa de disoluci¨®n.
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