Cinco miembros de la Audiencia avalaron las tesis del juez
El 4 de diciembre de 2008, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional dio cerrojazo definitivo a la causa abierta por el juez Baltasar Garz¨®n contra el general Francisco Franco y otros 44 miembros de sus Gobiernos a los que acusaba de "delitos contra Altos Organismos de la Naci¨®n y la forma de Gobierno", as¨ª como de "detenci¨®n ilegal con desaparici¨®n forzada de personas", en un marco de "cr¨ªmenes contra la humanidad".
Los magistrados declararon la falta de competencia objetiva de Garz¨®n y de la Audiencia para investigar los cr¨ªmenes del franquismo por entender que el levantamiento militar del 17 y 18 de julio de 1936, que desencaden¨® la Guerra Civil, no constituy¨® un delito contra Altos Organismos de la Naci¨®n y forma de gobierno, sino un delito de rebeli¨®n. Y el delito de rebeli¨®n nunca ha sido competencia de la Audiencia Nacional.
Por ello, 13 de los 17 magistrados que integraban el pleno de la Sala declararon "dejar sin efecto todos los actos y resoluciones del juzgado posteriores al 16 de octubre de 2008", en el que el juez se declar¨® competente para investigar los hechos. La Audiencia, sin embargo, validaba lo actuado por el juez con anterioridad a esa fecha, entre otras cosas la autorizaci¨®n para apertura de fosas, por considerar que se trataba de diligencias a prevenci¨®n.
Discrepantes
Garz¨®n acat¨® la decisi¨®n de la Sala y de inmediato se inhibi¨® en favor de los juzgados territoriales. Acababa as¨ª la pugna sostenida por Garz¨®n con la fiscal¨ªa, que manten¨ªa que no proced¨ªa la existencia de un proceso penal en un caso que deb¨ªa solventarse de acuerdo con la Ley de la Memoria. Sin embargo, cuatro de los magistrados de la Sala Penal, Ram¨®n S¨¢ez, Jos¨¦ Ricardo de Prada, Clara Bayarri y ?ngeles Barreiro, votaron en contra del criterio mayoritario y respaldaron que la Audiencia era competente para investigar el caso, como propugnaba Garz¨®n. Un quinto magistrado, Javier Mart¨ªnez L¨¢zaro, formul¨® un voto concurrente. Si las decisiones de Garz¨®n por este asunto pueden ser entendidas como prevaricaci¨®n, ?quiere ello decir que otros cinco magistrados de la Audiencia Nacional pudieron haber incurrido en ese delito?
La Sala Penal ha revocado en numerosas ocasiones decisiones de los jueces de instrucci¨®n, sin que ello constituya prevaricaci¨®n sino el normal sistema de recursos. La Sala ha revocado, por ejemplo, decisiones de los jueces Pedraz en el caso Couso o de Grande-Marlaska en el Yak.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.