La fiscalidad espa?ola facilita la llegada de 'gal¨¢cticos' a la Liga
Espa?a es el pa¨ªs fiscalmente m¨¢s favorable para los futbolistas extranjeros
El f¨²tbol es un juego de ni?os que los adultos han convertido en un negocio. Todo lo que gira entorno al bal¨®n se magnifica y es terreno abonado para el enfrentamiento, trufado en muchas ocasiones de demagogia. El retorno de Florentino P¨¦rez a la presidencia del Real Madrid ha venido acompa?ado de dos fichajes estelares: Kak¨¢ y Cristiano Ronaldo. La cuant¨ªa de las contrataciones, el brasile?o ha costado 65 millones de euros y el portugu¨¦s 94 millones, ha generado un intenso debate con tres derivadas econ¨®micas. ?Es moral pagar semejantes cifras en plena crisis econ¨®mica? ?C¨®mo se debe interpretar que los bancos presten a un club de f¨²tbol cuando el acceso a la financiaci¨®n para empresas y familias se ha complicado? ?Por qu¨¦ unos profesionales con sueldos estratosf¨¦ricos gozan de una fiscalidad privilegiada?
Un expatriado tributa al 24% por las rentas que genere en Espa?a
Un club espa?ol paga cinco veces menos impuestos que uno franc¨¦s
La tercera derivada de este debate, el tratamiento fiscal de las estrellas del bal¨®n, ha contribuido a avivarla un estudio publicado esta semana por Ernst & Young que compara los costes tributarios de los expatriados en Alemania, Reino Unido, Francia, Italia, Holanda y Espa?a. La principal conclusi¨®n de este trabajo es que nuestro pa¨ªs es el que tiene menores costes fiscales para los futbolistas extranjeros. Las mayores diferencias entre los tratamientos fiscales de los pa¨ªses analizados radican en que algunos tienen reg¨ªmenes especiales aplicables a personas que trasladan su residencia a dicho pa¨ªs, como es el caso de los jugadores de f¨²tbol.
En Espa?a, este r¨¦gimen especial existe desde 2004 para las personas que con motivo de un desplazamiento labora a nuestro pa¨ªs, adquieran la residencia fiscal y siempre que cumplan determinados requisitos. Entre ellos, no haber sido residente fiscal en Espa?a en los diez a?os anteriores al a?o del desplazamiento y que el empleo se desarrolle en nuestro pa¨ªs.
Esta legislaci¨®n se conoce como la Ley Beckham porque coincidi¨® con la llegada del futbolista ingl¨¦s al Real Madrid, aunque el objetivo era m¨¢s amplio: promover la entrada de empresas, directivos y profesionales extranjeros a Espa?a tomando como modelos beneficios fiscales semejantes a los vigentes en otros pa¨ªses europeos para los expatriados.
Con car¨¢cter general, este beneficioso r¨¦gimen permite tributar como no residente al tipo fijo del 24% s¨®lo por las rentas que se generen en Espa?a. Este tratamiento se puede aplicar hasta un m¨¢ximo de seis a?os y debe solicitarse dentro de los seis meses siguientes desde la fecha del inicio de la actividad en nuestro pa¨ªs.
"Pagar el 24% y s¨®lo por rentas de fuente espa?ola, permite un important¨ªsimo ahorro de impuestos frente a lo que pagar¨ªa cualquier contribuyente espa?ol que tributa a los tipos marginales del IRPF y adem¨¢s pagar¨ªan por toda su renta mundial", advierten desde Ernst & Young.
Espa?a no es el ¨²nico pa¨ªs en disfrutar de estos beneficios fiscales. En Holanda los expatriados tienen el 30% de su salario exento de tributaci¨®n durante 10 a?os, siempre y cuando cumplan tambi¨¦n determinadas condiciones. Pero adem¨¢s gozan de importantes beneficios fiscales sobre determinadas retribuciones en especie como la de la escolaridad de los hijos.
En Francia y Reino Unido el mecanismo es m¨¢s complejo. Los expatriados tributan a tipos progresivos (siendo el marginal del 40% en ambos casos, aunque en el Reino Unido lo subir¨¢n al 50%) pero tienen determinadas exenciones. Por ejemplo, en Londres y si se dan ciertas condiciones, los expatriados pueden tributar como residentes no ordinarios durante los tres primeros a?os por los rendimientos que generen en suelo brit¨¢nico, pero se considera exenta la parte del salario correspondiente a los d¨ªas que el jugador trabaje en otros pa¨ªses distintos del Reino Unido.
En Francia, en enero de 2004 se aprob¨® un paquete de medidas gracias a las cuales, si se cumplen ciertas condiciones, est¨¢n exentos los complementos de expatriaci¨®n (casa, colegio, etc¨¦tera). Asimismo, queda exento con el l¨ªmite del 20% el salario correspondiente a los d¨ªas trabajados fuera del territorio franc¨¦s. En Alemania, sin embargo, tributan a la misma escala que los residentes con un tipo m¨¢ximo del 45%.
Florentino P¨¦rez ha acu?ado una frase que utiliza siempre que presenta a alg¨²n fichaje en el Santiago Bernab¨¦u: "Ha nacido para jugar en el Real Madrid". Puede que sea verdad, pero seguro que en la decisi¨®n de venir al club blanco tambi¨¦n tenga un peso importante el beneficio fiscal que disfrutar¨¢ el gal¨¢ctico de turno.
"Las diferencias expuestas ponen de manifiesto que el efecto de los impuestos puede ser relevante para los clubes a la hora de realizar los fichajes, m¨¢s si se tiene en cuenta que los jugadores suelen negociar el salario neto, es decir, una vez deducidos los impuestos y los costes de la Seguridad Social, que en algunos pa¨ªses pueden resultar decisivos, como es el caso de Francia", se?alan desde Ernst & Young.
En este sentido, y seg¨²n el informe de este despacho de abogados, en el caso de un jugador con unos ingresos netos al a?o de 500.000 euros, en Espa?a el club pagar¨ªa en impuestos 180.059 euros; mientras que para una retribuci¨®n de dos millones de euros, la suma ascender¨ªa a 680.059 euros.
En ambos casos, Espa?a es el pa¨ªs de los analizados por este trabajo en donde se pagar¨ªan menos impuestos. Le seguir¨ªa de cerca Holanda -con un coste fiscal de unos 275.000 euros para el salario neto de 500.000 euros y de poco m¨¢s de 1.130.000 euros para unos ingresos de dos millones-, mientras que en el extremo opuesto estar¨ªa Francia con un coste cercano a los 822.000 euros y de 3.430.000 euros, respectivamente.
David Beckham, que dio nombre al regimen fiscal especial para los expatriados, lleg¨® a Espa?a acompa?ado por su tambi¨¦n famosa esposa, Victoria. Sin embargo, la ex Spice Girl no goz¨® de las ventajas fiscales de su marido ya que este r¨¦gimen tiene car¨¢cter individual, es decir, a las esposas de los futbolistas que se trasladen a Espa?a, no les ser¨¢ de aplicaci¨®n el citado r¨¦gimen, y deber¨¢n tributar por su renta mundial a los tipos progresivos, ya que su desplazamiento a Espa?a no viene motivado por una relaci¨®n laboral.
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