Condenada una asociaci¨®n de la Guardia Civil por difundir datos de un afiliado
Un juzgado de Madrid ha condenado a la Asociaci¨®n Independiente de la Guardia Civil (AIGC) por intromisi¨®n en la intimidad de uno de sus afiliados al publicar en 2004 en la revista de la asociaci¨®n y colgar en su p¨¢gina web los datos personales del agente, su domicilio y profesi¨®n "sin su consentimiento". Y esa es la cuesti¨®n clave: que ha quedado constatado que el denunciante "no prest¨® su consentimiento", ni "expreso ni t¨¢cito" para la difusi¨®n de sus datos, seg¨²n refleja la sentencia, notificada el pasado 9 de junio. La resoluci¨®n no es firme.
La juez Mar¨ªa Rosario San Juan Matesanz, magistrada sustituta de Primera Instancia e Instrucci¨®n 6 de Valdemoro (Madrid), tambi¨¦n valora que el afiliado denunciante hubiese estado adscrito a la unidad de investigaci¨®n contra la organizaci¨®n terrorista ETA del instituto armado. La difusi¨®n de su domicilio puso en peligro "no s¨®lo su integridad, sino la de su familia o personas que convivan con ¨¦l", apunta en su sentencia.
La defensa de la asociaci¨®n del instituto armado denunciado recalc¨® en la vista que el agente era "una persona a la que le gusta destacar y aparecer en actos p¨²blicos sin ocultar su condici¨®n de guardia civil y habiendo aparecido en otras publicaciones en el a?o 2000 con ocasi¨®n de un encuentro en Vitoria contra la banda terrorista ETA, apareciendo el denunciante fotografiado e identificado con su nombre".
Informaci¨®n personal
La juez recuerda que el art¨ªculo 18.1 de la Constituci¨®n garantiza "la intimidad personal y familiar" y que el propio Tribunal int¨¦rprete de la Carta Magna mantiene que el derecho a la intimidad alcanza a "todas aquellas manifestaciones de la vida de una persona que constituyen su esfera m¨¢s personal en sus tres facetas: la personal, la familiar y social", seg¨²n apunta la resoluci¨®n judicial.
Considera acreditada la juez la vulneraci¨®n de la intimidad del agente, "dada la naturaleza privada y el car¨¢cter personal de los datos" difundidos. Adem¨¢s, la magistrada sustituta recuerda que "la notoriedad p¨²blica" del afiliado -tambi¨¦n ha sido un conocido colaborador del Movimiento contra la Intolerancia y del colectivo V¨ªctimas del Terrorismo- en el ¨¢mbito profesional "no le priva de mantener un ¨¢mbito reservado de su vida.
El denunciante solicit¨® a la asociaci¨®n demandada una indemnizaci¨®n de 120.000 euros y la juez la ha fijado finalmente en 90.000 euros.
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