Las aerol¨ªneas deben pagar por los retrasos de m¨¢s de tres horas
El Tribunal de la UE considera que la tardanza equivale a la cancelaci¨®n
Un vuelo retrasado m¨¢s de tres horas da derecho al pasajero a cobrar una compensaci¨®n de la aerol¨ªnea igual que la establecida en caso de cancelaci¨®n: 250 euros en vuelos de hasta 1.500 kil¨®metros; 400 euros hasta 3.500 kil¨®metros y 600 en viajes m¨¢s largos. El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas hizo ayer p¨²blica una sentencia en la que avala que se d¨¦ un trato igual a quienes sufren un retraso importante que el que reciben los que soportan una cancelaci¨®n, dado que los perjuicios son an¨¢logos. La consecuencia: m¨¢s derechos para los ciudadanos pero un coste enorme para las aerol¨ªneas.
El tribunal dirime con su fallo las consultas remitidas por la justicia alemana y la austriaca en relaci¨®n a demandas interpuestas por ciudadanos que sufrieron retrasos con Air France y Condor de 22 y 25 horas respectivamente. El reglamento europeo sobre derechos de los pasajeros establece que los retrasos dan derecho a asistencia y a reembolso del billete, pero no a indemnizaci¨®n.
El tribunal europeo aclara que no existe cancelaci¨®n si s¨®lo cambia la hora de salida pero se mantiene la programaci¨®n del vuelo (por ejemplo, el destino), pero aunque mantiene la distinci¨®n de conceptos, equipara el perjuicio sufrido. Al igual que en el caso de las cancelaciones, el importe de la indemnizaci¨®n se puede reducir en un 50% si se ofrece un transporte alternativo en menos de cuatro horas.
Esa compensaci¨®n no se devengar¨¢ si la aerol¨ªnea puede probar que el retraso se debe a "circunstancias extraordinarias". El tribunal europeo aclara que los problemas t¨¦cnicos no lo son, a menos que por su origen (por ejemplo, un sabotaje) no sean inherentes a la actividad de transporte y escapen al control de la aerol¨ªnea.
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