El borrador de la Ley de Ciencia crea la Agencia de Investigaci¨®n
Habr¨¢ un contrato indefinido de acceso al sistema de ciencia y tecnolog¨ªa - Se equiparan los investigadores con profesores y catedr¨¢ticos universitarios
Una de las reivindicaciones de la comunidad cient¨ªfica se recoge en el borrador de la futura Ley de la Ciencia, que habilita al Gobierno para crear la Agencia Estatal de Investigaci¨®n, dise?ada como agente de financiaci¨®n y gesti¨®n de los programas. Sin embargo, otra importante reivindicaci¨®n, la configuraci¨®n de una carrera cient¨ªfica no funcionarial, se queda a medias en el borrador elaborado por el Ministerio de Ciencia e Innovaci¨®n. Se regula la contrataci¨®n de los becarios para realizar la tesis doctoral, as¨ª como un nuevo "contrato de acceso al sistema", que tras la segunda evaluaci¨®n, al cabo de cinco a?os, se convierte en contrato indefinido, pero a partir de ah¨ª, esa v¨ªa laboral desemboca en la v¨ªa funcionarial. El borrador tambi¨¦n contempla la equiparaci¨®n de los cient¨ªficos de los organismos p¨²blicos de investigaci¨®n (OPI) y los profesores y catedr¨¢ticos universitarios.
El proyecto debe sustituir a la ley de 1986 que fue clave para el sistema
Aparecen tres nuevos consejos: de pol¨ªtica cient¨ªfica, asesor y de ¨¦tica
El Ministerio de Ciencia e Innovaci¨®n re¨²ne hoy en torno al nuevo documento a la veintena de expertos que, hace m¨¢s de un a?o, participaron en la elaboraci¨®n del primer borrador. La nueva ley fue un compromiso y objetivo prioritario del ministerio de Cristina Garmendia cuando se cre¨® hace casi dos a?os, y ha sufrido una accidentada preparaci¨®n con borradores, retrasos y sucesivos plazos no cumplidos.
La futura Ley de la Ciencia la Tecnolog¨ªa y la Innovaci¨®n, que es su nombre completo, debe sustituir a la vigente, de 1986, que ha sido clave en el desarrollo del sistema espa?ol de ciencia y tecnolog¨ªa en los ¨²ltimos 25 a?os.
El borrador del anteproyecto, al que ha tenido acceso EL PA?S, tiene 76 p¨¢ginas, con 45 art¨ªculos tras la exposici¨®n de motivos. Se refiere a la gobernanza del sistema de ciencia y tecnolog¨ªa, los recursos humanos, la innovaci¨®n, la difusi¨®n y la cultura cient¨ªfica y la coordinaci¨®n entre Administraciones p¨²blicas.
Entre las novedades resalta el cambio del actual Plan Nacional de I+D+i por el Plan Estatal de Investigaci¨®n Cient¨ªfica y T¨¦cnica, que ser¨¢ plurianual, y "cuyo fin es establecer los objetivos, las prioridades y la programaci¨®n de las pol¨ªticas a desarrollar en el marco de la Estrategia Espa?ola de Ciencia y Tecnolog¨ªa". Esta estrategia se concibe como un marco de referencia para cumplir los objetivos de las Administraciones p¨²blicas en I+D. Asimismo se crean tres ¨®rganos: el Consejo de Pol¨ªtica Cient¨ªfica y Tecnol¨®gica, el Consejo Asesor, y el Comit¨¦ de Etica de la Investigaci¨®n.
Ser¨¢n organismos financiadores la Agencia Estatal de Investigaci¨®n, "orientada prioritariamente al impulso de la investigaci¨®n cient¨ªfica y t¨¦cnica", que "utilizar¨¢ como criterio evaluativo para la asignaci¨®n de los recursos el m¨¦rito cient¨ªfico o t¨¦cnico", y el ya existente Centro para el Desarrollo Tecnol¨®gico e Industrial (CDTI) "orientado prioritariamente al fomento de la innovaci¨®n y la implantaci¨®n de nuevas tecnolog¨ªas y al impulso del desarrollo experimental". Utilizar¨¢ el CDTI para la asignaci¨®n de sus recursos "criterios evaluativos que tomar¨¢n en cuenta el m¨¦rito t¨¦cnico o de mercado y el impacto socioecon¨®mico de los proyectos".
Hay que recordar que, ya en 2006, la Ley de Agencias Estatales autoriz¨® la creaci¨®n de la Agencia Estatal de Evaluaci¨®n, Financiaci¨®n y Prospectiva de la Investigaci¨®n Cient¨ªfica y T¨¦cnica, que nunca se hizo realidad.
En cuanto a la carrera cient¨ªfica, tanto los contratos laborales de acceso al sistema como los contratos predoctorales se aplican tanto en las universidades como en los organismos p¨²blicos de investigaci¨®n (OPI).
"El personal investigador podr¨¢ ser funcionario, de carrera o interino, y personal laboral, fijo o temporal", dice el borrador. Los contratos de acceso, que deben mejorar los actuales contratos Ram¨®n y Cajal y Juan de la Cierva, pueden tener duraci¨®n indefinida. La actividad investigadora ser¨¢ sometida a dos evaluaciones, la primera al finalizar el tercer a?o y la segunda antes de finalizar el quinto. "De no ser superada esta ¨²ltima podr¨¢ ser considerada causa de extinci¨®n del contrato por causas objetivas". A continuaci¨®n, el borrador especifica que "la superaci¨®n satisfactoria de cualquiera de estas evaluaciones determinar¨¢ la posibilidad de acceso a la condici¨®n de funcionario". Tambi¨¦n se contemplan los contratos de investigador distinguido, para cient¨ªficos de reconocido prestigio.
La que si se regula en el borrador es la carrera cient¨ªfica completa de los investigadores funcionarios. Se facilita la equivalencia de las escalas de todos los OPI, que tendr¨¢n profesores de investigaci¨®n, investigadores cient¨ªficos y cient¨ªficos titulares, es decir, la escala del CSIC, en la que se reflejan las dem¨¢s.
Las claves
- Los profesores de investigaci¨®n de los organismos p¨²blicos (OPI) "se consideran acreditados para catedr¨¢tico de Universidad", y las dos escalas inferiores (investigadores cient¨ªficos y cient¨ªficos titulares) se equiparan a profesor titular de universidad.
- Se "impone a las Administraciones p¨²blicas el deber de fomentar la realizaci¨®n de actividades para mejorar el acceso de la sociedad a la ciencia".
- Se facilita el "desarrollo de la carrera investigadora en los centros del Sistema Nacional de Salud, mediante la contrataci¨®n por ¨¦stos de personal laboral dedicado a actividades de investigaci¨®n".
- Los OPI son: Consejo Superior de Investigaciones Cient¨ªficas (que ser¨¢ agencia estatal), Instituto Nacional de T¨¦cnica Aeroespacial, Instituto de Salud Carlos III, Instituto Geol¨®gico y Minero de Espa?a, el Instituto Espa?ol de Oceanograf¨ªa, Centro de Investigaciones Energ¨¦ticas Medioambientales y Tecnol¨®gicas, el Instituto de Investigaci¨®n y Tecnolog¨ªa Agraria y Alimentaria y el Instituto de Astrof¨ªsica de Canarias.
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