La Audiencia sentencia que el juez no debi¨® cerrar el diario 'Egunkaria'
Absuelve a todos los acusados y califica de "incomprensible" la imputaci¨®n
La Audiencia Nacional repar¨® ayer un error de hace siete a?os. El 20 de febrero de 2003, el juez Juan del Olmo, bas¨¢ndose en un informe de la Guardia Civil y con los mismos documentos de ETA que hab¨ªan servido al juez Garz¨®n para cerrar Egin, clausur¨® Euskaldunon Egunkaria, el ¨²nico diario que se editaba ¨ªntegramente en euskera en esos momentos y que recib¨ªa subvenciones del Gobierno vasco como promoci¨®n al citado idioma. Adem¨¢s, detuvo a todos sus directivos, orden¨® su incomunicaci¨®n, clausur¨® la sociedad editora y liquid¨® sus bienes. Todo ello porque seg¨²n expon¨ªa, Egunkaria fue "creada, financiada y dirigida por ETA, teniendo un lugar en las estructuras de la banda y unos enlaces determinados para recibir las directrices de la misma y poder remitir informaci¨®n".
La clausura del peri¨®dico "no ten¨ªa habilitaci¨®n constitucional"
Todo lo relacionado con el euskera "no est¨¢ controlado o fomentado por ETA"
Siete a?os despu¨¦s, la Audiencia ha desmontado el montaje. Javier G¨®mez Berm¨²dez, presidente y ponente; Manuela Fern¨¢ndez Prado y Ram¨®n S¨¢ez, en una resoluci¨®n valiente y documentada, han puesto las cosas en su sitio. "Las acusaciones no han probado que los procesados tengan la m¨¢s m¨ªnima relaci¨®n con ETA, lo que por s¨ª determina la absoluci¨®n con todos los pronunciamientos favorables", dice la sentencia, que a?ade: "Pero, m¨¢s all¨¢ de esto, tampoco se ha acreditado ni directa ni indirectamente que el peri¨®dico Euskaldunon Egunkaria haya defendido los postulados de la banda terrorista, haya publicado un solo art¨ªculo a favor del terrorismo o de los terroristas ni que su l¨ªnea editorial tuviese siquiera un sesgo pol¨ªtico determinado; esto ¨²ltimo, adem¨¢s, no ser¨ªa delictivo".
Por si no fuera poco, agrega que "incluso los miembros de la Guardia Civil que comparecieron como peritos reconocieron que no se hab¨ªa investigado si la l¨ªnea del peri¨®dico era o no de apoyo a ETA, lo que hace incomprensible la imputaci¨®n".
El tribunal critica al juez instructor al precisar: "El cierre provisional o cautelar de Euskaldunon Egunkaria, ¨²nico diario que exist¨ªa en euskera, no ten¨ªa habilitaci¨®n constitucional directa y carec¨ªa de una norma legal especial y expresa que la autorizara".
Los magistrados recuerdan que "el derecho a comunicar y recibir informaci¨®n veraz, cuyo paradigma es la prensa, es un derecho doble, de tal manera que toda injerencia o limitaci¨®n en la libre potestad de emitir informaci¨®n va a afectar al derecho de todos a recibirla".
Para los jueces, en el campo de la legalidad ordinaria, cuando se trata de medios de comunicaci¨®n, no hay ninguna norma que habilite de manera precisa y directa al juez para suspender provisionalmente su actividad. "Los medios de comunicaci¨®n desarrollan una actividad imprescindible en una sociedad democr¨¢tica al ser veh¨ªculo de los derechos fundamentales b¨¢sicos de los ciudadanos", dice la sentencia, que puntualiza que el quebranto de los derechos, desde el punto de vista del pluralismo, es mayor en el caso de Egunkaria, al ser la ¨²nica publicaci¨®n diaria en euskera.
La sentencia excluye la omnipresencia de ETA en la sociedad vasca y subraya que "la estrecha y err¨®nea visi¨®n seg¨²n la cual todo lo que tenga que ver con el euskera y la cultura en esa lengua tenga que estar fomentado o controlado por ETA conduce, en el proceso penal, a una err¨®nea valoraci¨®n de datos y hechos y a la inconsistencia de la imputaci¨®n".
La sentencia critica a las acusaciones y se?ala que primero han decidido cu¨¢l era la conclusi¨®n que se predica, sin base, y luego se buscan las se?ales que coincidan, rechazando las explicaciones que no apoyen la conclusi¨®n.
La sentencia no dar¨¢ lugar a indemnizaci¨®n econ¨®mica.
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