Reforma laboral
La pasada semana entr¨® en vigor la Ley de Reforma Laboral, que sustituye al real decreto-ley aprobado en junio. El Gobierno prometi¨® entonces "pasar" la reforma por el filtro del Congreso para que adquiriera "el lustre" de una norma legislativa pactada por todas las fuerzas pol¨ªticas y no impuesta por voluntad de una sola. Pero la norma no consigui¨® el apoyo del resto de grupos parlamentarios.
A juicio del Ejecutivo, el nuevo texto "elimina incertidumbres en el marco jur¨ªdico". Aunque para muchos expertos se ha dejado pasar una inmejorable oportunidad para profundizar en la reforma del mercado de trabajo. Y para los sindicatos supone un atentado contra los derechos de los trabajadores, lo que ha provocado la convocatoria de una huelga general.
?Qu¨¦ novedades trae la reforma tras su tramitaci¨®n parlamentaria? Lo primero a destacar es la nueva definici¨®n de las causas econ¨®micas del despido objetivo. El decreto ley pretendi¨® introducir mayor precisi¨®n en sus t¨¦rminos, aunque continu¨® pecando de ambig¨¹edad. En la nueva redacci¨®n se ha tratado de concretar m¨¢s estas causas, afirm¨¢ndose que la situaci¨®n negativa que justifica el despido por causas econ¨®micas no existir¨¢ solo en los casos de p¨¦rdidas actuales, sino tambi¨¦n cuando se "prevean p¨¦rdidas" y cuando haya una disminuci¨®n persistente de los ingresos que pueda afectar a la viabilidad de la empresa o a su capacidad de mantener el empleo. La empresa tendr¨¢ que acreditar los resultados alegados y justificar que de ellos se deduce la "razonabilidad" de la extinci¨®n.
La ley tambi¨¦n modifica la regulaci¨®n del contrato de fomento de la contrataci¨®n indefinida, generalizando a¨²n m¨¢s su utilizaci¨®n. Adem¨¢s, hace recaer sobre el trabajador la carga de probar que el uso del despido objetivo no se ajusta al derecho porque su causa real es disciplinaria.
Entre las medidas para favorecer la flexibilizaci¨®n interna de la empresa destaca la posibilidad de que el empresario pueda negociar cambios en las condiciones de trabajo, inaplicaci¨®n de cl¨¢usulas salariales e incluso expedientes de regulaci¨®n de empleo, con tres trabajadores de ¨¦sta, elegidos por sus compa?eros, cuando haya ausencia de representaci¨®n legal en la empresa, algo que ha suscitado tambi¨¦n abundantes cr¨ªticas. -
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