El contraindicio, en el centro de un sofisticado debate jur¨ªdico
Habida cuenta de que las pruebas son menos contundentes que en anteriores ocasiones y de que los promotores de Sortu al menos aparentan haberse reconvertido y haber apostado por la democracia, el debate jur¨ªdico tendr¨¢ que ser m¨¢s sofisticado y centrarse en si el llamado "contraindicio" es suficiente garant¨ªa o no para admitir la inscripci¨®n. El "contraindicio" es una declaraci¨®n inequ¨ªvoca de rechazo y condena del terrorismo de ETA y de sus instrumentos pol¨ªticos. Las posiciones de las partes son:
- Sortu. Se presenta como "agente activo de deslegitimaci¨®n pol¨ªtica e ideol¨®gica de la violencia y el terrorismo, contribuyendo a que se produzca el fin de la lucha armada de ETA". Asegura que "rechaza la violencia de ETA sin ambig¨¹edad ni ambages", as¨ª como "cualquier connivencia" con la banda terrorista, y sostiene que ha roto con los modelos organizativos anteriores de la izquierda abertzale. Niega que pretenda la refundaci¨®n de Batasuna y los dem¨¢s partidos ilegalizados "ni mientras subsista ETA ni cuando desaparezca". Cuestiona que tenga que producirse la disoluci¨®n "definitiva y verificada" de ETA para que la izquierda abertzale pueda tener un partido propio, y asegura que "puede rechazar y condenar la violencia de ETA, pero no puede imponer su disoluci¨®n".
- Abogado del Estado. El nuevo partido, promovido por la Izquierda Abertzale-Batasuna, nace y se presenta con un marcado alejamiento t¨¢ctico de la violencia, pero sin una sola condena real para el uso del terrorismo como instrumento de acci¨®n pol¨ªtica. Las mismas personas que hasta hace unos meses jaleaban a los asesinos de ETA en manifestaciones de la izquierda abertzale, manifiestan estar ahora lejos de la violencia y consideran "presos pol¨ªticos" a los terroristas en prisi¨®n. Su rechazo del terrorismo es "cosm¨¦tico, ret¨®rico e instrumental, no real".
- Ministerio Fiscal. Con Sortu, Batasuna vuelve a intentarlo nuevamente, en esta ocasi¨®n tratando de introducir un nuevo proyecto, "dise?ado espec¨ªficamente para este nuevo proceso electoral y rodeado de un ropaje formal y de apariencia de legalidad inteligentemente dise?ado para tratar de superar el tr¨¢mite de su inscripci¨®n en el Registro de Partidos". Si el fraude de ley consiste en el cumplimiento formal de las exigencias requeridas pero sin intenci¨®n de cumplirlas, se ha consumado el acto fraudulento.
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