El Gobierno pone l¨ªmites al sueldo de los banqueros
El Consejo de Ministros aprob¨® ayer un real decreto por el que se traspone una directiva comunitaria relacionada con las pol¨ªticas de remuneraci¨®n en el sector financiero. La nueva legislaci¨®n introduce una serie de requisitos que deben cumplir las entidades de cr¨¦dito (bancos y cajas) y las empresas de servicios de inversi¨®n. La nueva norma trata de evitar incentivos perversos que animen a los directivos a asumir riesgos que pongan en peligro la entidad.
Una de las nuevas medidas se refiere a la obligaci¨®n de que entre un 40% y un 60% del cobro de la retribuci¨®n variable se difiera como m¨ªnimo tres a?os. Adem¨¢s, al menos la mitad del sueldo variable deber¨¢ cobrarse en acciones o instrumentos similares.
Asimismo, en las entidades que reciban apoyo financiero p¨²blico, la parte variable del sueldo de los directivos solo se pagar¨¢ si a juicio del Banco de Espa?a est¨¢ "adecuadamente justificada", y la remuneraci¨®n total podr¨¢ estar limitada por el propio supervisor bancario. De esta forma, se podr¨ªa evitar el riesgo de que muchas entidades incrementaran sustancialmente el salario fijo para compensar la eliminaci¨®n de la parte variable, tal y como advirti¨® el sector que podr¨ªa pasar.
Dep¨®sitos penalizados
El real decreto tambi¨¦n incluye un nuevo r¨¦gimen de contribuciones al Fondo de Garant¨ªa de Dep¨®sitos (FGD) cuyo objetivo es enfriar la denominada guerra del pasivo al obligar a las entidades que apliquen intereses excesivamente altos a sus dep¨®sitos a realizar contribuciones adicionales al Fondo.
Los importes recibidos por los clientes que excedan los l¨ªmites fijados se ponderar¨¢n en un 500% para calcular las aportaciones al FGD, es decir, se multiplicar¨¢n por cinco. A partir del mes de la publicaci¨®n de la norma, los intereses en los dep¨®sitos de hasta tres meses no podr¨¢n superar en m¨¢s de 150 puntos b¨¢sicos el eur¨ªbor a ese plazo, lo que con los datos actuales supone un inter¨¦s m¨¢ximo del 2,934%. Para dep¨®sitos de entre tres y 12 meses, el inter¨¦s no podr¨¢ pasar de 3,214%, o de 150 puntos b¨¢sicos sobre el eur¨ªbor a seis meses, y para los de m¨¢s de un a?o, el 3,137%, 100 puntos b¨¢sicos sobre el principal referente para los pr¨¦stamos hipotecarios a 12 meses. En cuanto a los dep¨®sitos a la vista, la remuneraci¨®n no podr¨¢ rebasar los 100 puntos b¨¢sicos del eur¨ªbor a un mes, o el 2,223%.
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