El Supremo le quita a Iberia el uso exclusivo de la expresi¨®n "puente a¨¦reo"
El alto tribunal considera que la marca que la compa?¨ªa a¨¦rea utiliza para denominar los vuelos entre Barcelona y Madrid es de uso com¨²n, gen¨¦rico y que no de su invenci¨®n
El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia, dictada en 1996 por la Audiencia de Palma de Mallorca, seg¨²n la cual Iberia no tiene la propiedad exclusiva sobre la expresi¨®n "puente a¨¦reo", por ser un t¨¦rmino gen¨¦rico y usual en el tr¨¢fico a¨¦reo que no es creaci¨®n ni invenci¨®n de esta compa?¨ªa.
As¨ª lo acuerda el alto tribunal en una sentencia que desestima el recurso de casaci¨®n presentado por Iberia L¨ªneas A¨¦reas de Espa?a, S.A. contra la referida sentencia.
"La expresi¨®n 'puente a¨¦reo' no es creaci¨®n ni invenci¨®n propia de Iberia, pues es de total conocimiento p¨²blico que ¨¦ste t¨¦rmino apareci¨® en la ciudad de Berl¨ªn durante la Guerra Fr¨ªa para su abastecimiento en virtud de la necesidad creada por el cierre de acceso a la misma decretado por la Uni¨®n Sovi¨¦tica", concluye.
La Audiencia de Palma de Mallorca declar¨® la nulidad de la marca "puente a¨¦reo" de Iberia, con todas las consecuencias que lleva consigo respecto a los t¨ªtulos de concesi¨®n del registro. En su d¨ªa, Iberia demand¨® a Air Europa por la utilizaci¨®n de la marca "puente a¨¦reo", despu¨¦s de que la compa?¨ªa privada iniciara en marzo de 1994 sus vuelos regulares entre Madrid y Barcelona con esta denominaci¨®n.
En sus fundamentos de derecho, la sentencia de la Audiencia indicaba que la expresi¨®n "puente a¨¦reo" es una vulgarizaci¨®n conceptual de un servicio entre dos ciudades. A?ad¨ªa era hacer referencia al servicio, pero no la compa?¨ªa, y que el uso exclusivo supon¨ªa una restricci¨®n arbitraria.
La marca de la que hasta ahora era titular la compa?¨ªa a¨¦rea, constituye, seg¨²n la sentencia de la Audiencia, ahora confirmada por el Supremo, una prohibici¨®n de las contempladas en el art¨ªculo 11 de la Ley de Marcas. El referido art¨ªculo "impide el registro de marcas de signos compuestos exclusivamente por signos o indicaciones que se hayan convertido en habituales o usuales para designar los productos o los servicios en el lenguaje com¨²n o en las costumbres leales del comercio".
Seg¨²n el Tribunal Supremo, la definici¨®n de "puente a¨¦reo" que recoge el diccionario de la Real Academia Espa?ola "atiende al uso razonable que de ella se hace en la vida cotidiana, sin referencia expresa ni a la compa?¨ªa recurrente ni al trayecto Madrid-Barcelona".
Considera que la expresi¨®n es gen¨¦rica para los servicios reivindicados en las tres clases en que la compa?¨ªa ten¨ªa registrada la marca, que se refer¨ªan al transporte de viajeros, a la publicidad del mismo y a la venta de billetes en agencias de viajes.
El Supremo concluye que "puente a¨¦reo significa transporte frecuente de personas y cosas entre dos ciudades y ambas palabras son gen¨¦ricas, no s¨®lo porque as¨ª lo digan los diccionarios sino porque es una expresi¨®n vulgarizada tanto en Espa?a como en otros pa¨ªses y ello desde hace casi cincuenta a?os".
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.