El juez archiva el 'caso Ercros' al no pronunciarse el Supremo sobre la imputaci¨®n de Piqu¨¦
El juzgado n¨²mero 5 de Barcelona considera que esta circunstancia hace "inviable" la continuaci¨®n de la causa
El Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 5 de Barcelona ha decidido archivar provisionalmente el denominado caso Ercros debido a que el Tribunal Supremo no se ha pronunciado sobre la imputaci¨®n del ex consejero delegado y actual ministro Josep Piqu¨¦, lo que a su juicio "hace inviable" la continuaci¨®n de la causa.
El Tribunal Supremo devolvi¨® en abril de 2000 al Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 5 de Barcelona el caso Ercros, empresa de la que fue consejero delegado el actual ministro de Ciencia y Tecnolog¨ªa, para que investigara un supuesto delito de alzamiento de bienes en la suspensi¨®n de pagos de la compa?¨ªa, ocurrida en 1992.
El presunto delito se habr¨ªa cometido cuando los responsables de Ercros incluyeron en la lista de acreedores de su suspensi¨®n de pagos una deuda de casi 2.000 millones de pesetas que pertenec¨ªan a otra sociedad, la petrolera Ertoil, que no suspendi¨® pagos, causando un grave perjuicio a los titulares de esos cr¨¦ditos.
Condici¨®n de aforado
En un breve auto dictado el pasado 20 de diciembre, la juez Asunci¨®n Gonz¨¢lez se?ala que tom¨® declaraci¨®n a todas las personas que eran miembros del consejo de administraci¨®n de Ercros en el momento de adoptarse la decisi¨®n de instar la suspensi¨®n de pagos de la empresa, salvo del entonces consejero delegado, Josep Piqu¨¦, que "no pudo practicarse en este juzgado dada la condici¨®n de aforado del interesado".
La juez a?ade que "seg¨²n el auto del Tribunal Supremo de 11 de abril de 2000, la decisi¨®n sobre su competencia se condiciona al resultado de la investigaci¨®n del Juzgado Central de Instrucci¨®n n¨²mero 3 sobre el destino del precio de la venta de la empresa Ertoil". "Por tanto -a?ade la juez Gonz¨¢lez- en tanto el Alto Tribunal no adopte la decisi¨®n anunciada, y se pronuncie sobre la imputaci¨®n a uno de los miembros del consejo de administraci¨®n, que condiciona la de todos los dem¨¢s, procede el archivo provisional de la causa, por ser inviable la continuaci¨®n de la misma por separado".
El Supremo remiti¨® la causa al Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 5 de Barcelona, "no habi¨¦ndose pronunciado este Tribunal sobre su competencia para conocerlo y al efecto de garantizar los derechos de los presuntos perjudicados y de las personas que ya han prestado declaraci¨®n ante dicho Juzgado con las pertinentes garant¨ªas legales".
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