Los afectados por la huelga de El Prat podr¨¢n consultar en el BOE las indemnizaciones
El Gobierno publica los vuelos cancelados con derecho a reclamaci¨®n
Los ciudadanos afectados por las m¨¢s de quinientas cancelaciones de vuelos el pasado 28 de julio en el aeropuerto barcelon¨¦s de El Prat, escenario de una huelga salvaje del personal de tierra de Iberia, que interrump¨ª¨® sin previo aviso y durante 11 horas su trabajo y ocup¨® las pistas impidiendo el tr¨¢fico de aeronaves, podr¨¢n saber si tienen derecho a reclamar dinero por dichos retrasos consultando el Bolet¨ªn Oficial del Estado (www.boe.es).
El Gobierno publica hoy en el BOE los vuelos cancelados cuyos pasajeros podr¨¢n acogerse a las indemnizaciones acordadas en el ¨²ltimo Consejo de Ministros. En base a ese acuerdo, las indemnizaciones las adelantar¨¢ Aeropuertos Espa?oles y Navegaci¨®n A¨¦rea (AENA, que exigir¨¢ "el abono de las cantidades correspondientes" a "los responsables de la situaci¨®n creada". AENA se encargar¨¢ de "facilitar el ejercicio de las reclamaciones" de los pasajeros afectados por la suspensi¨®n de actividades en El Prat el 28 de julio, indica el acuerdo, y a?ade que la entidad ejercer¨¢ "todas las medidas legales a su disposici¨®n" para hacer efectivos los derechos y acciones que le hayan cedido los pasajeros.
250 euros por vuelo cancelado
Hasta finales de la semana pasada, el Ministerio de Fomento hab¨ªa tramitado 20.623 reclamaciones mediante el dispositivo especial establecido desde el 1 de agosto, pero ello no implica que todos estos afectados quieran acogerse a las indemnizaciones.
Los afectados pueden ceder sus derechos y acciones a AENA para su ejercicio "ante quien se estime responsable", a cambio de recibir de AENA, tras unas comprobaciones sumarias, las cantidades que se establecen en el acuerdo, que ascienden a 250 euros por cancelaci¨®n de vuelo y 180 euros por p¨¦rdida o destrucci¨®n del equipaje facturado, "siempre que se hubiera formulado la pertinente reclamaci¨®n".
Los pasajeros interesados deber¨¢n presentar ante AENA una oferta de cesi¨®n de sus derechos y acciones en el plazo de un mes desde la publicaci¨®n del presente acuerdo. Asimismo, AENA remitir¨¢ un ejemplar del documento normalizado de oferta de cesi¨®n a todos aquellos pasajeros que hayan formulado reclamaci¨®n ante dicha entidad p¨²blica o ante el Ministerio de Fomento.
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