Los hoteles deber¨¢n pagar derechos por la se?al de televisi¨®n en las habitaciones
El Supremo considera que la distribuci¨®n de la se?al es un acto de comunicaci¨®n p¨²blica de las obras audiovisuales
El Tribunal Supremo ha acordado la obligaci¨®n de pago a los productores de obras y grabaciones audiovisuales por la "comunicaci¨®n p¨²blica" de contenidos televisivos en las habitaciones de hoteles. Dicha remuneraci¨®n debe ser perciba por la Entidad de Gesti¨®n de derechos de los Productores Audiovisuales (EGEDA) y podr¨ªa suponer m¨¢s de 61 millones al a?o.
As¨ª lo dictamina el alto tribunal en una sentencia dictada por la Sala de lo Civil sobre el contenciosa entre EGEDA y el Hotel Puente Romano de Marbella -gestionado por Al Rima, S.A.-, que se negaba a pagar por el uso de los contenidos televisivos.
La sentencia cierra un proceso iniciado en 1994 y ordena al establecimiento "la suspensi¨®n de las actividades de retransmisi¨®n de obras y grabaciones audiovisuales en cuanto no sean autorizadas" por la organizaci¨®n de productores, que cobra, por este canon, una media de 0,23 euros al d¨ªa por habitaci¨®n de hotel ocupada, seg¨²n fuentes del sector.
Este canon ya implantado en la Uni¨®n Europea -discutido por las asociaciones hoteleras y cadenas como Sol Meli¨¢ o Rafael Hoteles- var¨ªa su aplicaci¨®n en funci¨®n de la categor¨ªa del hotel, pues para una habitaci¨®n de un establecimiento de cinco estrellas llegar¨ªa a un euro, mientras que ser¨ªa casi nulo para uno de tres estrellas.
Seg¨²n fuentes jur¨ªdicas, esta sentencia afectar¨ªa al 70% de los hoteles en Espa?a representados por la Confederaci¨®n Espa?ola de Hoteles y Alojamientos Tur¨ªsticos (CEHAT), dado que la Federaci¨®n Espa?ola de Hosteler¨ªa y Restauraci¨®n (FEHR) y las grandes cadenas internacionales de hoteles ya hab¨ªan firmado acuerdos extrajudiciales con EGEDA.
El secretario de CEHAT, Ram¨®n Estalella, se mostr¨® en contra de la sentencia y critic¨® de EGEDA "la falta de sensibilidad absoluta hacia el turismo", que "repercutir¨¢ en un incremento de precios al cliente final".
Acto de comunicaci¨®n al p¨²blico
En la misma, el Tribunal Supremo especifica que "hay retransmisi¨®n porque el hotel recepciona o capta la se?al televisiva original o primaria y la transmite -radiodifusi¨®n secundaria- a los televisores instalados en las habitaciones". As¨ª, "esta comunicaci¨®n es a un p¨²blico nuevo, integrado por la pluralidad de personas que constituyen la clientela".
"El car¨¢cter privado de los dormitorios de un establecimiento hostelero -contin¨²a la sentencia- no impide que se considere que la comunicaci¨®n de una obra en tales habitaciones, efectuada por medio de televisores, constituye un acto de comunicaci¨®n al p¨²blico".
El director del departamento de Comunicaci¨®n P¨²blica de EGEDA, Jaime Canela, se mostr¨® "satisfecho" por esta sentencia, que "crea jurisprudencia en el sentido t¨¦cnico" a favor de la entidad propietaria de los derechos de contenido televisivos.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.