El Gobierno generaliza el contrato con 33 d¨ªas de indemnizaci¨®n
El Consejo de Ministros aprueba la reforma laboral, que ahora ser¨¢ tramitada por el Congreso.- El Fogasa tambi¨¦n pagar¨¢ ocho d¨ªas de las indemnizaciones en los contratos fijos.- El decreto no fija un plazo m¨ªnimo para los despidos procedentes
El Gobierno ha decidido finalmente extender casi sin excepciones el contrato con 33 d¨ªas de indemnizaci¨®n por a?o trabajado en caso de despido improcedente dentro del decreto ley de la reforma laboral que ha aprobado hoy el Consejo de Ministros y que ser¨¢ tramitado como proyecto de ley en el Congreso. En el borrador publicado el pasado viernes, el Ejecutivo dejaba al margen de este modelo de contrato al colectivo de hombres de entre 30 a 45 a?os con menos de tres meses en el paro. Ahora no se elimina esta restricci¨®n, pero se introduce una compleja modificaci¨®n que viene a generalizar el uso. Los hombres que quedaban al margen tambi¨¦n podr¨¢n ser contratados por esta figura si han sido despedidos de un empleo fijo.
Es una reforma "sustancial y de las m¨¢s importantes que se ha aprobado en nuestro pa¨ªs", ha destacado el titular de Trabajo, Celestino Corbacho antes de relevar que el Fondo de Garant¨ªa Salarial (Fogasa, dependiente del Estado pero financiada con cotizaciones empresariales) pagar¨¢ tambi¨¦n 8 d¨ªas de las indemnizaciones por despido improcedente y objetivo.
Hasta que entre en vigor la medida, el contrato de 33 d¨ªas, conocido como de Fomento de contrataci¨®n indefinida, est¨¢ restringido a los colectivos con m¨¢s problemas para encontrar trabajo y a ¨¦l no se pueden acoger los hombres de entre 30 a 45 a?os. Corbacho ha aclarado que su extensi¨®n no tiene car¨¢cter retroactivo. Es decir, no afecta a los indefinidos ya firmados, que siguen manteniendo su indemnizaci¨®n de 45 d¨ªas por a?o trabajado en caso de despido improcedente, que es el caso de la mayor¨ªa de las extinciones de la relaci¨®n laboral. "No afecta para nada a los contratos fijos existentes", ha insistido el ministro.
Copago del Fogasa
Adem¨¢s, en el cap¨ªtulo de novedades, el Gobierno ha extendido el pago por parte del Fondo de Garant¨ªa Salarial de ocho d¨ªas por a?o en caso de extinci¨®n de contrato a todos los indefinidos, cuando el viernes limitaba este copago a los de 33 d¨ªas. As¨ª, los ¨²nicos contratos en los que la Administraci¨®n no ayudar¨¢ a las empresas a abonar las indemnizaciones es en el caso de despido disciplinario. Con esta medida, el Gobierno pretende incentivar la v¨ªa de las causas objetivas para excindir la relaci¨®n laboral, sea procedente o improcedente. La aportaci¨®n del Fogasa ser¨¢ efectiva hasta que se cree el fondo de capitalizaci¨®n para despidos -el llamado modelo austriaco-, que se tramitar¨¢ a trav¨¦s de otro decreto ley. En el borrador se preve¨ªa que estuviese en marcha en 2012 pero, de momento, no hay plazos fijados para ello.
Por otra parte, el ministro tambi¨¦n ha revelado que, al final, no se ha fijado un plazo m¨ªnimo de p¨¦rdidas para que una empresa pueda acogerse a causas objetivas -econ¨®micas, t¨¦cnicas u organizativas- para decidir un despido procedente, que tiene una indemnizaci¨®n de 20 d¨ªas por a?o, ya sea en un contrato de fomento del empleo o de uno indefinido.
"En caso de una situaci¨®n negativa de la empresa, tendr¨¢ que acreditar sus resultados agregados y justificar que de ellos se desprende la racionalidad exigida", ha explicado Corbacho. Con esta frase se sustituye la afirmaci¨®n incluida en el borrador del viernes que afirmaba que se pod¨ªa alegar estas causas en caso de "p¨¦rdidas no meramente coyunturales". As¨ª, el t¨¦rmino "p¨¦rdidas" se ha cambiado por "situaci¨®n negativa". En cualquier caso, el ministro, que ha valorado que con la nueva redacci¨®n, sugerida por los grupos, este punto queda "m¨¢s preciso", ha matizado que las causas objetivas "siempre debe determinarlas un juez", por lo que se mantiene la tutela judicial efectiva.
Propuesta del di¨¢logo social
Sobre la posibilidad de fijar un periodo m¨ªnimo de p¨¦rdidas para acogerse a las causas objetivas de despido, el titular de Trabajo ha comentado que "nunca estuvo en la propuesta de Gobierno" determinar un plazo. Seg¨²n ha reiterado, la propuesta de que fueran 6 meses consecutivos de p¨¦rdidas estuvo en la mesa del Di¨¢logo Social, pero fue rechazada.
En cuanto a las medidas contra la temporalidad, el Ejecutivo a elevado el tiempo m¨¢ximo de los contratos de obra y servicio. Seg¨²n la nueva redacci¨®n del decreto, ha explicado Corbacho, solo podr¨¢n extenderse tres a?os m¨¢s uno m¨¢s en caso de que as¨ª se recoja en el convenio colectivo. Actualmente no tienen l¨ªmite. En el cap¨ªtulo de la liberalizaci¨®n de los servicios de empleo, se levanta la restricci¨®n a la actividad de las agencias privadas de colocaci¨®n, incluso en el sector de la administraci¨®n p¨²blica, que hasta ahora ten¨ªan vetado.
Sobre la pretendida equidad anunciada por el Gobierno tras el fracaso del di¨¢logo social, si la extensi¨®n del contrato con 33 d¨ªas de indemnizaci¨®n y el copago del Fogasa suponen movimientos a favor de las tesis de la patronal, del lado de los sindicatos se ha modificado la regulaci¨®n de la figura del ¨¢rbitro en caso de conflicto entre empresa y trabajadores. En caso de que se debata el descuelgue salarial -es decir, la no aplicaci¨®n de la subida pactada-, o su modificaci¨®n por causas geogr¨¢ficas, organizativas o funcionales y no se llegue a acuerdo, el recurso al ¨¢rbitro no ser¨¢ obligatorio, salvo en que el convenio de la empresa recoja lo contrario. Lo que no cambia frente al borrador es que si interviene esta nueva figura, su laudo ser¨¢ de obligado cumplimiento.
Seg¨²n ha afirmado la vicepresidenta, Mar¨ªa Teresa Fern¨¢ndez de la Vega, el objetivo de la reforma con "mayor calado en los ¨²ltimos 20 a?os" es "reducir la temporalidad excesiva" del mercado laboral espa?ol y "fomentar los contratos indefinidos". Aunque el decreto ley entrar¨¢ en vigor ma?ana, el propio Gobierno ser¨¢ el que pida que se tramite como proyecto de ley para que los partidos puedan incluir sus aportaciones. Esta decisi¨®n prolongar¨¢ su tramitaci¨®n.
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