Resuelve tus dudas sobre la jornada de huelga general
Una gu¨ªa pr¨¢ctica de preguntas y respuestas para el 29-S
1. ?Qui¨¦n convoca la huelga? ?Por qu¨¦?:
La convocan, entre otras organizaciones, los dos sindicatos mayoritarios (CCOO y UGT). Los principales motivos de la huelga son la reforma laboral y la congelaci¨®n de las pensiones.
2. ?Qui¨¦n tiene derecho a hacer huelga?:
Todos los trabajadores independientemente de si pertenecen o no a alg¨²n sindicato. El art¨ªculo 28.2 de la Constituci¨®n Espa?ola establece como derecho fundamental el derecho de huelga; es decir, la cesaci¨®n concertada y colectiva del trabajo por parte de asalariados.
3. ?Me pueden despedir por hacer huelga?:
No. La ley dice: "El ejercicio del derecho de huelga no extingue la relaci¨®n de trabajo, ni puede dar lugar a sanci¨®n alguna, salvo que el trabajador, durante la misma, incurriera en falta laboral.
4. ?Me pueden quitar dinero de mi salario por ir a la huelga?:
S¨ª. Durante el tiempo que dure la huelga queda suspendido el contrato de trabajo y el trabajador no tendr¨¢ derecho al salario. Tambi¨¦n pierde la parte proporcional de las pagas extra. Durante el periodo que dure el paro no se cotiza a la Seguridad Social.
5. ?Y si mi empresa cierra porque es muy peque?a, pero yo quiero trabajar?
En ese caso, no te pueden descontar el salario, ni las vacaciones.
6. ?Estoy obligado a recuperar tras la huelga las horas que no he trabajado?:
No.
7. ?Qu¨¦ pasa si no quiero secundar la huelga?:
La ley establece que se respete la libertad para no secundar las convocatorias de huelga.
8. ?Puedo pedirme libre el d¨ªa de la huelga?
S¨ª, pero es potestad de la empresa conceder o no la libranza
9. ?Qu¨¦ pasa si me pongo enfermo?
En caso de ausencia por enfermedad, deber¨¢ aportarse un justificante
10. ?Y si llego tarde?
En caso de utilizar transporte p¨²blico, hay que pedir justificante
11. ?Son ilegales los piquetes?:
No, siempre que sean informativos. Seg¨²n la ley, los trabajadores en huelga podr¨¢n efectuar publicidad de la misma, en forma pac¨ªfica, y llevar a efecto recogida de fondos sin coacci¨®n alguna.
12. ?Tengo que avisar a la empresa de que se va a hacer huelga?:
No de manera individual. El preaviso se realiza colectivamente. La ley dice que el acuerdo de declaraci¨®n de huelga habr¨¢ de ser comunicado al empresario o empresarios afectados y a la Autoridad laboral por los representantes de los trabajadores, por escrito y con 5 d¨ªas naturales de antelaci¨®n [10 d¨ªas si afecta a servicios p¨²blicos], al menos, a su fecha de iniciaci¨®n. Cuando el acuerdo de declaraci¨®n de huelga lo adopten directamente los trabajadores mediante votaci¨®n, el plazo de preaviso comenzar¨¢ a contarse desde que los representantes de los trabajadores comuniquen al empresario la celebraci¨®n de la misma.
13. ?Qu¨¦ son los servicios m¨ªnimos?, ?qui¨¦n los decide?, ?qui¨¦n debe cumplirlos?
Los servicios m¨ªnimos esenciales para la comunidad son aquellos cuya interrupci¨®n puede poner en peligro la vida, la seguridad personal o la salud de la totalidad o parte de la poblaci¨®n. Suelen recaer en empresas y organismos p¨²blicos. En el resto de empresas suelen referirse a tareas de seguridad y mantenimiento de las instalaciones.
Lo ideal es que las Administraciones P¨²blicas y los representantes de los trabajadores pacten los servicios m¨ªnimos en el caso de organismos p¨²blicos. Si no hay acuerdo, la Administraci¨®n puede imponer unos servicios m¨ªnimos (recurribles ante los tribunales).
En el ¨¢mbito privado, es la empresa la que decide en qu¨¦ puestos y qu¨¦ trabajadores deben prestar servicios m¨ªnimos. El incumplimiento de los servicios m¨ªnimos puede acarrear el despido.
14. La huelga empieza a las 0.00 horas del d¨ªa 29 y mi turno de trabajo empieza antes de esa hora...
La convocatoria de los sindicatos establece que para los turnos de noche la huelga empieza antes de las 0.00 horas del d¨ªa 29.
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