La Audiencia Nacional cuestiona el recorte salarial de los empleados p¨²blicos
La Sala inicia los tr¨¢mites para llevar el decreto al Tribunal Constitucional
El conflicto de fondo es la rebaja salarial para los 1.750 trabajadores de la F¨¢brica Nacional de Moneda y Timbre. Pero la resoluci¨®n del caso de esta empresa p¨²blica podr¨ªa afectar a los 709.491 trabajadores (no funcionarios) del sector p¨²blico al servicio del Estado, las comunidades aut¨®nomas y los municipios. La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha iniciado los tr¨¢mites para preguntar al Tribunal Constitucional sobre la validez del recorte salarial establecido por el decreto ley de medidas extraordinarias de reducci¨®n del d¨¦ficit, que estableci¨® una rebaja salarial generalizada del 5% para funcionarios y empleados p¨²blicos y que aprob¨® el Gobierno el pasado 20 de mayo.
Los tres magistrados que forman la Sala —su presidente, Ricardo Bodas, Manuel Poves Rojas y Enrique F¨¦lix de No Alonso-Misol— decidieron por unanimidad el 30 de septiembre dar un plazo de 10 d¨ªas a las partes antes de presentar la cuesti¨®n al alto tribunal. "Tenemos dudas sobre la constitucionalidad de la nueva redacci¨®n" de los art¨ªculos en los que se recoge el recorte, mantienen los magistrados en su resoluci¨®n, que avisa de que esta reforma "podr¨ªa afectar al contenido esencial del derecho a la libertad sindical", as¨ª como "al derecho a la negociaci¨®n colectiva". Esas dudas se basan en los requisitos que impone la Constituci¨®n al Gobierno para aprobar un decreto ley. El primero es "la extraordinaria y urgente necesidad" de sacar adelante la norma, lo que, en principio, no se pone en duda. El segundo requisito es que no afecte a ninguno de los derechos regulados en el T¨ªtulo I de la norma fundamental.
Y el tribunal considera que el decreto de medidas urgentes puede vulnerar este ¨²ltimo. En primer lugar, porque las condiciones laborales de estos trabajadores est¨¢n reguladas por convenio colectivo y modificarlas mediante el decreto ley podr¨ªa afectar a la libertad sindical y al derecho a la negociaci¨®n colectiva (ambos del T¨ªtulo I de la Constituci¨®n). En segundo lugar, porque el decreto excluye expresamente del recorte salarial "al personal laboral no directivo" de las sociedades p¨²blicas mercantiles RENFE, ADIF y AENA, lo que, seg¨²n los sindicatos demandantes (UGT, CC OO y SATNP), vulnerar¨ªa el principio de igualdad al tratarse de entidades de naturaleza similar a la F¨¢brica Nacional de Moneda.
La Sala tiene pendientes de resolver al menos otros tres conflictos colectivos sobre personal laboral contratado por el Banco de Espa?a, AENA y la Televisi¨®n P¨²blica Andaluza.
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