La CMT sanciona a los principales operadores por no facilitar datos de abonados
En total, las multas ascienden a 193.000 euros y van desde los 80.000 a Yoigo hasta 3.000 al servicio 11888 de Telef¨®nica
La Comisi¨®n del Mercado de Telecomunicaciones (CMT) ha sancionado a, entre otros, los principales operadores de telefon¨ªa m¨®vil -Telef¨®nica, Vodafone, Orange y Yoigo- por no facilitar correctamente datos de sus abonados para la prestaci¨®n de servicios de directorio en competencia.
En concreto, la CMT considera que estas compa?¨ªas han incurrido en una infracci¨®n "muy grave" por incumplir la Ley de Telecomunicaciones, que estable que los operadores que asignen un n¨²mero a sus abonados por la prestaci¨®n de un servicio telef¨®nico deben facilitar toda la informaci¨®n sobre estos datos a la CMT para la confecci¨®n de los ficheros de emergencias y de los ficheros del Sistema de Gesti¨®n de Datos de Abonado (SGDA).
La SGDA es una plataforma que se encarga de la prestaci¨®n de los servicios de gu¨ªas telef¨®nicas, consulta telef¨®nica sobre n¨²meros de abonado y servicios de emergencia. Adem¨¢s de estos operadores, la CMT declara "responsables directos" de esta infracci¨®n a 11888 Servicio Consulta Telef¨®nica, Cablesur, Colt Technology, Grupalia Intenet, Iberbanda, Idecnet, Incotel Ingenier¨ªa y Consultor¨ªa, Operadora de Telecomunicaciones Opera, Neo-Sky 2002, Procono y Xtra Telecom.
De acuerdo con la resoluci¨®n del ¨®rgano regulador de telecomunicaciones, las multas por este tipo de infracci¨®n van, dependiendo del tipo de infraci¨®n, desde los 3.000 euros, que deber¨¢ abonar 11888 Servicios de Consulta Telef¨®nica, a los 80.000 euros de sanci¨®n a los que se enfrentar¨¢ la filial espa?ola de TeliaSonera, Yoigo.
Por su parte, la sanci¨®n a Orange y a Telef¨®nica ascender¨¢ a 40.000 euros, mientras que Vodafone deber¨¢ hacer frente a una multa de 30.000 euros. La multa de estas ¨²ltimas compa?¨ªas es menor ya que la CMT considera que no incluyen algunos de los datos de los abonados de car¨¢cter obligatorio y no la totalidad de los mismos.
Algunas de las operadoras alegaron que no aportaron datos por falta de consentimiento del abonado. No obstante, la CMT recuerda que deben proporcionar esta informaci¨®n para la prestaci¨®n de los servicios de emergencia aun cuando el abonado exprese su voluntad para excluirse de gu¨ªas telef¨®nicas.
Esta resoluci¨®n pone fin a la v¨ªa administrativa por lo que podr¨¢ interponerse recurso de reposici¨®n ante la CMT en el plazo de un mes o directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde su notificaci¨®n, precisa la CMT.
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