Los empleados de hogar cobrar¨¢n en efectivo al menos el salario m¨ªnimo
El Gobierno aumenta los derechos del colectivo y obliga a formalizar los contratos por escrito
Los empleados de hogar cobrar¨¢n en efectivo al menos el salario m¨ªnimo interprofesional, seg¨²n un real decreto aprobado hoy por el Consejo de Ministros que regula las relaciones laborales de este colectivo. Por debajo de esta cantidad no ser¨¢ posible realizar descuento alguno por pagos en especies o en concepto de manutenci¨®n y alojamiento, retribuciones que en cualquier caso no podr¨¢n superar el 30% del total. La nueva normativa, que en esencia acerca los derechos de estos trabajadores a los del resto, estar¨¢ vigente a partir del 1 de enero de 2012.
Hasta ahora, se les pod¨ªa descontar hasta el 45% del salario m¨ªnimo, que asciende a 641,40 euros al mes, en concepto de manutenci¨®n y alojamiento.
El real decreto aprobado hoy complementa la ley aprobada el pasado 1 de agosto que integraba en el r¨¦gimen general a los empleados de hogar, tal y como se contemplaba en el acuerdo social y econ¨®mico suscrito por el Gobierno, los sindicatos y los empresarios en febrero de 2011. Gracias a ello, los empleadores de los trabajadores dom¨¦sticos est¨¢n obligados a cotizar por ellos desde la primera hora mientras, hasta ese momento, solo deb¨ªan hacerlo si superaban las 20 horas semanales.
Sin embargo, desde 2007 a¨²n est¨¢ pendiente que este colectivo pueda acceder a un sistema de protecci¨®n por desempleo. Para este fin, el Ministerio de Trabajo recuerda que un grupo de expertos analizar¨¢ la cuesti¨®n a lo largo de 2012 y, tras oir sus conclusiones, se tomar¨¢ una decisi¨®n en 2013.
Seg¨²n ha explicado el responsable de esta cartera, Valeriano G¨®mez, "se acomete una actualizaci¨®n sustantiva de la relaci¨®n laboral para propiciar una mejora de las condiciones de trabajo de las personas trabajadoras del sector". Tal y como defiende el Ministerio, este trabajo "necesita un reconocimiento efectivo y una mayor valoraci¨®n" de lo que aportan los empleados de hogar a las familias y a la sociedad en su conjunto. La actual regulaci¨®n de esta relaci¨®n laboral se remonta a 1985 por lo que el Gobierno ha considerado que era necesaria una revisi¨®n de la normativa.
Contrato por escrito
Entre otras novedades, el contrato con los trabajadores del hogar se formalizar¨¢ por escrito, frente a la regulaci¨®n actual que permite el contrato verbal, lo que supondr¨¢ mejor informaci¨®n de los derechos laborales del colectivo. Tambi¨¦n se establece el derecho a dos pagas extraordinarias al a?o, de modo que se garantice la percepci¨®n del salario m¨ªnimo en c¨®mputo anual, y se ampl¨ªa la duraci¨®n del descanso, que hasta ahora era de 36 horas semanales. Sobre la duraci¨®n de la jornada laboral, se mantiene el m¨¢ximo de 9 horas al d¨ªa del r¨¦gimen general.
Seg¨²n destaca el Ministerio, tambi¨¦n se modifica la regulaci¨®n del tiempo de presencia para tener en cuenta cu¨¢ndo el trabajador est¨¢ a disposici¨®n del empleador pero sin prestar trabajo efectivo ya que hasta ahora se pod¨ªa obligar a estos trabajadores y trabajadoras a permanecer en el domicilio "a disposici¨®n" de la familia empleadora durante otras siete u ocho horas.
Por otra parte, se mantiene como causa de extinci¨®n del contrato el desistimiento del empleador, pero se deber¨¢ comunicar de forma expresa. Cuando se produzca, se ampl¨ªa de 7 a 12 d¨ªas de salario por a?o de servicio la indemnizaci¨®n a que tiene derecho la persona trabajadora en los nuevos contratos. Tras su incorporaci¨®n al r¨¦gimen general disfrutan de baja por enfermedad retribuida a partir del tercer d¨ªa de ausencia del puesto.
Seg¨²n la ¨²ltima Encuesta de Poblaci¨®n Activa (EPA), en Espa?a hay 686.100 personas, de las que 618.300 son mujeres, que est¨¢n empleadas en esta actividad. Su n¨²mero, seg¨²n ha recordado G¨®mez, se ha reducido en . Sin embargo, las cifras cambian si se atiende a los datos de cotizaci¨®n. A cierre de octubre hab¨ªa 297.257 personas afiliadas en el r¨¦gimen especial de empleados de hogar la Seguridad Social, de las que 182.774 tienen nacionalidad extranjera.
Las novedades m¨¢s importantes que contempla este Real Decreto son las siguientes:
- El acceso al empleo en el hogar familiar se realizar¨¢ mediante contrataci¨®n directa o a trav¨¦s de los servicios p¨²blicos de empleo o de las agencias de colocaci¨®n debidamente autorizadas, con garant¨ªa plena de la no discriminaci¨®n (por raz¨®n de sexo, origen racial o ¨¦tnico, edad).
- Mejor informaci¨®n de los derechos laborales de las trabajadoras y trabajadores, porque el contrato se formalizar¨¢ por escrito, frente a la regulaci¨®n actual que permite el contrato verbal.
- Se garantiza, como m¨ªnimo, el pago en met¨¢lico del salario m¨ªnimo interprofesional en c¨®mputo anual, por debajo de cuya cuant¨ªa no ser¨¢ posible realizar descuento alguno por salario en especie por manutenci¨®n o alojamiento. Cuando exista salario en especie ¨¦ste no podr¨¢ superar el 30% de las percepciones salariales.
- La trabajadora o trabajador tendr¨¢ derecho a dos pagas extraordinarias al a?o, de modo que se garantice la percepci¨®n del SMI en c¨®mputo anual.
- Ampliaci¨®n de la duraci¨®n del descanso entre jornadas.
- Mejor regulaci¨®n del tiempo de presencia, en el que el trabajador est¨¢ a disposici¨®n del empleador pero sin prestar trabajo efectivo.
- Se mantiene como causa de extinci¨®n del contrato el desistimiento del empleador, pero se deber¨¢ comunicar de forma expresa. En los nuevos contratos, se ampl¨ªa de 7 a 12 d¨ªas de salario por a?o de servicio la indemnizaci¨®n a que tiene derecho la persona trabajadora en este caso.
- Se prev¨¦n mecanismos de asistencia y colaboraci¨®n por parte de la Administraci¨®n para ayudar a los empleadores al cumplimiento de las obligaciones.
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