Las retenciones a los profesionales pasan del 15% al 21% hasta 2014
El nuevo ajuste del Gobierno incluye m¨¢s subidas de impuestos y modifica el de Sociedades
Hab¨ªa letra peque?a en el paquete de ajuste del Gobierno y, a¨²n dentro de esta, m¨¢s letra peque?a todav¨ªa. Tras el anuncio de Mariano Rajoy el mi¨¦rcoles en el Parlamento y la rueda de prensa del ministro de Hacienda, Crist¨®bal Montoro, al t¨¦rmino del Consejo de Ministros de este viernes, el Ejecutivo difundi¨® la referencia de la reuni¨®n en la que se incluyen recortes muy importantes tanto para profesionales como para las grandes empresas.
As¨ª, las retenciones por rendimientos profesionales pasan del 15% al 21% desde el 1 de agosto hasta finales de 2013. Los colectivos que se ver¨¢n afectados por esta medida son aut¨®nomos y trabajadores dedicados a actividades profesionales como abogados, arquitectos o consultores, que ejercen las llamadas profesiones liberales.
Tambi¨¦n se eleva temporalmente el ingreso a cuenta por rentas del trabajo derivados de impartir cursos, seminarios o conferencias, obtenidos desde el 1 de agosto de este a?o hasta el 31 de diciembre de 2013, es decir, aquellos trabajadores que espor¨¢dicamente realizan este tipo de actividades y lo incluyen luego en su declaraci¨®n de la Renta. La medida tambi¨¦n afecta a los periodistas que colaboran espor¨¢dicamente con los medios y a los tertulianos.
Este pago a Hacienda se retrae del importe total de cualquier factura por actividad profesional, salvo en los sectores agr¨ªcolas, ganaderas y forestales, donde la retenci¨®n es del 2%. Adem¨¢s, siguiendo con el cap¨ªtulo de excepciones, el tipo se reduce al 7% durante el primer ejercicio de actividad y en los dos siguientes, ¡°siempre y cuando no hubieran ejercido actividad profesional alguna en el a?o anterior a la fecha de inicio de las actividades¡±.
En realidad, con esta norma no se persigue tanto un aumento de la recaudaci¨®n como adelantar el cobro. A final de cada ejercicio, tal y como sucede con las retenciones que se realizan en el IRPF, el profesional pasa cuentas con la Agencia Tributaria. Pero hasta entonces Hacienda dispondr¨¢ del dinero retenido asegur¨¢ndose una mayor liquidez sin tener que esperar a cerrar el ejercicio. Tambi¨¦n se blinda ante posibles impagos o discrepancias en la liquidaci¨®n de impuestos.
Las grandes empresas tambi¨¦n van a sufrir un ajuste adicional al de la subida del IVA. El Ejecutivo ha aprobado una modificaci¨®n del impuesto de sociedades para impedir que las compa?¨ªas que tengan una cifra de negocios superior a los 20 millones de euros puedan aplicarse cr¨¦ditos fiscales en 2012 y 2013, es decir, deducciones del impuesto a cuenta de las p¨¦rdidas de ejercicios anteriores.
De esta forma, este a?o y el que viene solo las peque?as y medianas empresas podr¨¢n compensar las bases imponibles negativas. La medida supone un fuerte varapalo para muchas grandes compa?¨ªas que han incurrido en grandes p¨¦rdidas tanto por la depreciaci¨®n de activos o fuertes amortizaciones, que pod¨ªan compensar parcialmente en el impuesto de sociedades en los ejercicios siguientes donde registraban beneficios.
La reforma no queda ah¨ª. Hacienda introduce un nuevo gravamen del 10% ¡°sobre rentas de fuente extranjera¡±, pero que solo se aplicar¨¢ hasta el 30 de noviembre de 2012. Aunque la referencia no aclara a qu¨¦ tipo de rentas se trata de una ampliaci¨®n de la amnist¨ªa fiscal para las empresas que repatrien dividendos o beneficios de para¨ªsos fiscales.
El Ejecutivo ya aprob¨® un gravamen del 8% para la repatriaci¨®n de beneficios de pa¨ªses con baja tributaci¨®n que no ten¨ªan las exenciones de los beneficios logrados en el resto de pa¨ªses. La creaci¨®n del nuevo gravamen al 10%, con el mismo plazo que la amnist¨ªa general, da a entender que el Gobierno da barra libre a las empresas para que regularicen cualquier tipo de renta repatriada, incluyendo las de dudosa procedencia.
Y es que los defraudadores que se acojan a esa amnist¨ªa tiene hasta el pr¨®ximo 30 de noviembre para presentar la declaraci¨®n de regularizaci¨®n tributaria.
Otra modificaci¨®n es un incremento transitorio de los pagos fraccionados. El importe m¨ªnimo se eleva del 8% al 12%. El tipo tambi¨¦n se incrementa para entidades con un volumen de operaciones superior a los 10 millones. Asimismo, se ampl¨ªa la limitaci¨®n de la deducci¨®n por gastos financieros, haci¨¦ndola extensiva a todas las empresas, independientemente del grupo mercantil.
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